Suministro de licencia de sofware de terminales L300 y licencias de uso para terminales RX420 de la marca NCOMPUTING
Alcaldía del Ayuntamiento de Alhama de Murcia
Id licitación: 2025000033; Órgano de Contratación: Alcaldía del Ayuntamiento de Alhama de Murcia; Importe: 5050 EUR; Estado: PUB
Documentos oficiales del expediente
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|---|---|
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Requisitos extraídos del pliego
36 requisitos · extraídos automáticamente del PCAP y el PPT publicados
Lectura del pliego: 37 elementos extraídos · 37 con pasaje localizado.
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Criterio de adjudicación confianza alta
Criterio de adjudicación: Oferta económica hasta 10 puntos, valorada conforme a la fórmula Puntuación = 10 * (L - Pi) / (L - Pmin), donde L es el precio base de licitación, Pi el precio de la oferta a valorar y Pmin el precio mínimo ofertado en la licitación.
Ver citas del pliego (2)
…Desempate. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en relación calidad-precio, se atenderá a los criterios objetivos establecidos en la Cláusula 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos.
PCAP · págs. 7–8Fragmento #788360 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T Autónoma que corresponda, en el caso de que el licitador esté inscrito en alguno de estos Registros Autonómicos, habida cuenta de la no posibilidad de la comprobación inmediata de esta inscripción por parte de la Mesa de Contratación. 5. ANEXO IV. Obligatoriamente, la oferta económica se presentará conforme al ANEXO IV. CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional. No se exige. CLÁUSULA NOVENA. Criterios objetivos de Adjudicación. Desempate. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en relación calidad-precio, se atenderá a los criterios objetivos establecidos en la Cláusula 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos. La documentación necesaria para acreditar y evaluar este criterio de desempate, deberá ser aportada por los licitadores afectados por esta situación, en el momento en que se produzca el eventual empate, a requerimiento de la Mesa u órgano. CLÁUSULA DÉCIMA. Ofertas anormalmente bajas. Se regula en la Cláusula 9 del Pliego de Prescripciones Técnicas. El órgano de contratación, deberá identificar las ofertas que se encuentren en presunción de anormalidad, de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en esta cláusula y de acuerdo con el procedimiento que se establece en el art. 149 de la LCSP. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada anormalmente…
…145 y 146 de la LCSP: OFERTA ECONÓMICA: hasta 10 puntos Se aplicará la siguiente formula para calcular la puntuación: Puntuación = 10 * (L -Pi) / (L – Pmin) Donde los valores corresponden a: L – Precio base de licitación Pi – Precio de la oferta a valorar Pmin – Precio mínimo ofertado en la licitación Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV:
PPT · págs. 1–3Fragmento #788425 Ver contexto
…de las posibles prórrogas. La duración del contrato será de 4 años naturales desde el inicio del contrato que será a partir de la finalización de las actuales licencias activas, alineándose el fin de todas las licencias a 31 de diciembre de 2030. 7.- PERIODICIDAD del pago del precio (mensual, trimestral, un solo pago, etc) La periodicidad del pago será anual, al inicio de cada anualidad. El importe de cada anualidad será de 5.050 € más el 21% de IVA. 8.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (para cada Lote, en su caso) CON SU PONDERACION. CRITERIOS DE DESEMPATE. Se aplicará el siguiente criterio objetivo en la valoración de las ofertas presentadas, de conformidad con lo establecido en los arts. 145 y 146 de la LCSP: OFERTA ECONÓMICA: hasta 10 puntos Se aplicará la siguiente formula para calcular la puntuación: Puntuación = 10 * (L -Pi) / (L – Pmin) Donde los valores corresponden a: L – Precio base de licitación Pi – Precio de la oferta a valorar Pmin – Precio mínimo ofertado en la licitación Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 9.- CRITERIOS PARA DETERMINAR OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. Se aplica el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratación de las Administraciones Públicas. 10- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION DEL CONTRATO. (art. 202 LCSP) De carácter medioambiental: La empresa adjudicataria ha de tener en cuenta que en las relaciones mantenidas con el Ayuntamiento se hará habitual y generalmente a través de las nuevas tecnologías, limitando al máximo el uso del papel, que de ser necesario su uso, se tratará de papel reciclado.
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Criterio de adjudicación confianza alta
Criterios de desempate: Al no establecerse criterios de desempate en el pliego, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Ver citas del pliego (1)
…Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos. La documentación necesaria para acreditar y evaluar este criterio de desempate, deberá ser aportada por los licitadores afectados por esta situación, en el momento en que se produzca el eventual empate, a requerimiento de la Mesa u órgano. CLÁUSULA DÉCIMA. Ofertas anormalmente bajas. Se regula en la Cláusula 9 del Pliego de Prescripciones Técnicas.
PCAP · págs. 7–8Fragmento #788360 Ver contexto
…Expediente: 2025/9228T Autónoma que corresponda, en el caso de que el licitador esté inscrito en alguno de estos Registros Autonómicos, habida cuenta de la no posibilidad de la comprobación inmediata de esta inscripción por parte de la Mesa de Contratación. 5. ANEXO IV. Obligatoriamente, la oferta económica se presentará conforme al ANEXO IV. CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional. No se exige. CLÁUSULA NOVENA. Criterios objetivos de Adjudicación. Desempate. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en relación calidad-precio, se atenderá a los criterios objetivos establecidos en la Cláusula 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos. La documentación necesaria para acreditar y evaluar este criterio de desempate, deberá ser aportada por los licitadores afectados por esta situación, en el momento en que se produzca el eventual empate, a requerimiento de la Mesa u órgano. CLÁUSULA DÉCIMA. Ofertas anormalmente bajas. Se regula en la Cláusula 9 del Pliego de Prescripciones Técnicas. El órgano de contratación, deberá identificar las ofertas que se encuentren en presunción de anormalidad, de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en esta cláusula y de acuerdo con el procedimiento que se establece en el art. 149 de la LCSP. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada anormalmente baja, se estará a lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP, y a la vista de su resultado la Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo. De conformidad con el apartado 3 del mencionado artículo 149 de la LCSP, cuando se hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido del…
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Criterio de adjudicación confianza alta
Identificación de ofertas anormalmente bajas: se aplicará el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el procedimiento del artículo 149 de la LCSP.
Ver citas del pliego (2)
…149 de la LCSP. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada anormalmente baja, se estará a lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP, y a la vista de su resultado la Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo. De conformidad con el apartado 3 del mencionado artículo 149 de la LCSP, cuando se hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un…
PCAP · págs. 7–8Fragmento #788360 Ver contexto
…Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos. La documentación necesaria para acreditar y evaluar este criterio de desempate, deberá ser aportada por los licitadores afectados por esta situación, en el momento en que se produzca el eventual empate, a requerimiento de la Mesa u órgano. CLÁUSULA DÉCIMA. Ofertas anormalmente bajas. Se regula en la Cláusula 9 del Pliego de Prescripciones Técnicas. El órgano de contratación, deberá identificar las ofertas que se encuentren en presunción de anormalidad, de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en esta cláusula y de acuerdo con el procedimiento que se establece en el art. 149 de la LCSP. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada anormalmente baja, se estará a lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP, y a la vista de su resultado la Mesa de Contratación propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo. De conformidad con el apartado 3 del mencionado artículo 149 de la LCSP, cuando se hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, y ello con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T CLÁUSULA UNDÉCIMA. Valoración automática de ofertas.…
…Expediente: 2025/9228T 9.- CRITERIOS PARA DETERMINAR OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. Se aplica el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratación de las Administraciones Públicas. 10- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION DEL CONTRATO. (art. 202 LCSP) De carácter medioambiental: La empresa adjudicataria ha de tener en cuenta que en las relaciones mantenidas con el Ayuntamiento se hará habitual y generalmente a…
PPT · págs. 1–3Fragmento #788425 Ver contexto
…CRITERIOS DE DESEMPATE. Se aplicará el siguiente criterio objetivo en la valoración de las ofertas presentadas, de conformidad con lo establecido en los arts. 145 y 146 de la LCSP: OFERTA ECONÓMICA: hasta 10 puntos Se aplicará la siguiente formula para calcular la puntuación: Puntuación = 10 * (L -Pi) / (L – Pmin) Donde los valores corresponden a: L – Precio base de licitación Pi – Precio de la oferta a valorar Pmin – Precio mínimo ofertado en la licitación Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 9.- CRITERIOS PARA DETERMINAR OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. Se aplica el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratación de las Administraciones Públicas. 10- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION DEL CONTRATO. (art. 202 LCSP) De carácter medioambiental: La empresa adjudicataria ha de tener en cuenta que en las relaciones mantenidas con el Ayuntamiento se hará habitual y generalmente a través de las nuevas tecnologías, limitando al máximo el uso del papel, que de ser necesario su uso, se tratará de papel reciclado.
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Clasificación confianza alta
Clasificación empresarial: No será exigible clasificación de los empresarios.
Ver citas del pliego (1)
…No será exigible clasificación de los empresarios. Al tratarse de un procedimiento abierto simplificado, (“supersimplificado” art.159.6 LCSP), de conformidad con lo establecido en el art.
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, deberá acreditar su solvencia mediante los medios establecidos en el artículo 89.1. letra b). Todo ello, sin perjuicio de los efectos de la inscripción obligatoria en ROLECE o Registro CCAA. La capacidad y solvencia quedará acreditada de conformidad a lo establecido en esta cláusula, aunque inicialmente será suficiente la suscripción del DEUC (Documento europeo único de contratación). No será exigible clasificación de los empresarios. Al tratarse de un procedimiento abierto simplificado, (“supersimplificado” art.159.6 LCSP), de conformidad con lo establecido en el art.
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Plazo confianza alta
Plazo de presentación de ofertas: plazo máximo de DIEZ (10 días) hábiles desde la publicación de este procedimiento en la Plataforma de Contratos del Sector Público hasta las 23:59 horas.
Ver citas del pliego (1)
…DIEZ (10 días) hábiles desde la publicación de este procedimiento en la Plataforma de Contratos del Sector Público hasta las 23:59 horas. Por este motivo, para participar en esta licitación, deberán estar inscritos en la Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica que cumpla con los requisitos de la Disposiciones adicionales 16 y 17ª de la LCSP.
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La utilización de estos servicios supone: •La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador. •La custodia electrónica de ofertas por el sistema. •La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma. Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público, según lo dispuesto en el art.159.6.a) de la LCSP, se presentarán en el plazo máximo de DIEZ (10 días) hábiles desde la publicación de este procedimiento en la Plataforma de Contratos del Sector Público hasta las 23:59 horas. Por este motivo, para participar en esta licitación, deberán estar inscritos en la Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica que cumpla con los requisitos de la Disposiciones adicionales 16 y 17ª de la LCSP. La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T Una vez…
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Plazo confianza alta
Duración del contrato: 4 años naturales desde el inicio del contrato que será a partir de la finalización de las actuales licencias activas, alineándose el fin de todas las licencias a 31 de diciembre de 2030.
Ver citas del pliego (2)
…CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato. Se regula en la Cláusula 6 del Pliego de prescripciones Técnicas. No se prevén prórrogas. CLÁUSULA SEXTA. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Capacidad y solvencia del empresario para contratar con el Sector Público. Exención de acreditación de la solvencia. De conformidad con lo dispuesto en el art.
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…El precio del contrato asciende a la cantidad anual de 5.050,00 € en concepto de Base Imponible a los que hay que sumar 1.060,50 € en concepto de 21% de IVA, lo que hace un total de 6.110,50, a la baja. El valor estimado del contrato a los efectos del artículo 101 de la LCSP ascendería a la cantidad de: 20.200,00 euros. Por lo anterior se respeta del límite del “supersimplificado”, establecido en el artículo 159.6 de la LCSP. El precio se abonará con cargo a la partida 491/22799 del vigente Presupuesto Municipal. Al tratarse de un contrato de carácter plurianual, está condicionado a la efectiva consignación presupuestaria de su cuantía en los ejercicios futuros. CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato. Se regula en la Cláusula 6 del Pliego de prescripciones Técnicas. No se prevén prórrogas. CLÁUSULA SEXTA. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Capacidad y solvencia del empresario para contratar con el Sector Público. Exención de acreditación de la solvencia. De conformidad con lo dispuesto en el art. 159.4.a) de la LCSP, todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar obligatoriamente inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del art. 96, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o…
…La duración del contrato será de 4 años naturales desde el inicio del contrato que será a partir de la finalización de las actuales licencias activas, alineándose el fin de todas las licencias a 31 de diciembre de 2030. 7.- PERIODICIDAD del pago del precio (mensual, trimestral, un solo pago, etc) La periodicidad del pago será anual, al inicio de cada anualidad. El importe de cada anualidad será de 5.050 € más el 21% de IVA.
PPT · págs. 1–3Fragmento #788425 Ver contexto
…se gestionan desde una consola centralizada para nuestra organización. 4.- CODIGO CPV. 48000000-8 , Paquetes de software y sistemas de información Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 5.- PRECIO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. - El importe de la anualidad del contrato será de 5.050€ más el 21% de IVA a la baja. El valor estimado del contrato será de 20.200€ por un periodo de total de 4 años. 6.- DURACION DEL CONTRATO, con indicación de las posibles prórrogas. La duración del contrato será de 4 años naturales desde el inicio del contrato que será a partir de la finalización de las actuales licencias activas, alineándose el fin de todas las licencias a 31 de diciembre de 2030. 7.- PERIODICIDAD del pago del precio (mensual, trimestral, un solo pago, etc) La periodicidad del pago será anual, al inicio de cada anualidad. El importe de cada anualidad será de 5.050 € más el 21% de IVA. 8.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (para cada Lote, en su caso) CON SU PONDERACION. CRITERIOS DE DESEMPATE. Se aplicará el siguiente criterio objetivo en la valoración de las ofertas presentadas, de conformidad con lo establecido en los arts. 145 y 146 de la LCSP: OFERTA ECONÓMICA: hasta 10 puntos Se aplicará la siguiente formula para calcular la puntuación: Puntuación = 10 * (L -Pi) / (L – Pmin) Donde los valores corresponden a: L – Precio base de licitación Pi – Precio de la oferta a valorar Pmin – Precio mínimo ofertado en la licitación Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en…
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Plazo confianza alta
Prórrogas: No se prevén prórrogas.
Ver citas del pliego (2)
…No se prevén prórrogas. CLÁUSULA SEXTA. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Capacidad y solvencia del empresario para contratar con el Sector Público. Exención de acreditación de la solvencia. De conformidad con lo dispuesto en el art. 159.4.a) de la LCSP, todos los…
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…hay que sumar 1.060,50 € en concepto de 21% de IVA, lo que hace un total de 6.110,50, a la baja. El valor estimado del contrato a los efectos del artículo 101 de la LCSP ascendería a la cantidad de: 20.200,00 euros. Por lo anterior se respeta del límite del “supersimplificado”, establecido en el artículo 159.6 de la LCSP. El precio se abonará con cargo a la partida 491/22799 del vigente Presupuesto Municipal. Al tratarse de un contrato de carácter plurianual, está condicionado a la efectiva consignación presupuestaria de su cuantía en los ejercicios futuros. CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato. Se regula en la Cláusula 6 del Pliego de prescripciones Técnicas. No se prevén prórrogas. CLÁUSULA SEXTA. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Capacidad y solvencia del empresario para contratar con el Sector Público. Exención de acreditación de la solvencia. De conformidad con lo dispuesto en el art. 159.4.a) de la LCSP, todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar obligatoriamente inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del art. 96, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Documento firmado…
…6.- DURACION DEL CONTRATO, con indicación de las posibles prórrogas. La duración del contrato será de 4 años naturales desde el inicio del contrato que será a partir de la finalización de las actuales licencias activas, alineándose el fin de todas las licencias a 31 de diciembre de 2030. 7.- PERIODICIDAD del pago del precio (mensual, trimestral, un solo pago, etc) La periodicidad del pago será anual, al inicio de cada anualidad.
PPT · págs. 1–3Fragmento #788425 Ver contexto
…no es recomendable realizar la separación de servicios en lotes, pues se gestionan desde una consola centralizada para nuestra organización. 4.- CODIGO CPV. 48000000-8 , Paquetes de software y sistemas de información Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 5.- PRECIO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. - El importe de la anualidad del contrato será de 5.050€ más el 21% de IVA a la baja. El valor estimado del contrato será de 20.200€ por un periodo de total de 4 años. 6.- DURACION DEL CONTRATO, con indicación de las posibles prórrogas. La duración del contrato será de 4 años naturales desde el inicio del contrato que será a partir de la finalización de las actuales licencias activas, alineándose el fin de todas las licencias a 31 de diciembre de 2030. 7.- PERIODICIDAD del pago del precio (mensual, trimestral, un solo pago, etc) La periodicidad del pago será anual, al inicio de cada anualidad. El importe de cada anualidad será de 5.050 € más el 21% de IVA. 8.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (para cada Lote, en su caso) CON SU PONDERACION. CRITERIOS DE DESEMPATE. Se aplicará el siguiente criterio objetivo en la valoración de las ofertas presentadas, de conformidad con lo establecido en los arts. 145 y 146 de la LCSP: OFERTA ECONÓMICA: hasta 10 puntos Se aplicará la siguiente formula para calcular la puntuación: Puntuación = 10 * (L -Pi) / (L – Pmin) Donde los valores corresponden a: L – Precio base de licitación Pi – Precio de la oferta a valorar Pmin – Precio mínimo ofertado en la licitación Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento…
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Solvencia económica confianza alta
Solvencia económica y financiera: volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que se refiere el contrato referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, de al menos una vez y media el valor anual medio del contrato (30.300,00 €).
Ver citas del pliego (1)
…La solvencia económica y financiera se acreditará de conformidad al art. 87, 1 a) de la LCSP, debiendo disponer de un volumen anual de negocio referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, de al menos, una vez y media el valor anual medio del contrato. Por lo tanto, teniendo en cuenta que el valor estimado del contrato es de: 20.200,00 € * 1,5 = 30.300,00 € 3.2.
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 1.La capacidad de obrar del empresario se acreditará de conformidad a los arts. 65 a 69 de la LCSP. 2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar se llevará a cabo de conformidad con la regulación del artículo 71 y siguientes del la LCSP. 3. La solvencia del empresario: 3.1 La Solvencia económica y financiera: Según requerimiento técnico, la solvencia económica exigida para la correcta prestación del contrato que nos ocupa es el volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que se refiere el contrato. La solvencia económica y financiera se acreditará de conformidad al art. 87, 1 a) de la LCSP, debiendo disponer de un volumen anual de negocio referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, de al menos, una vez y media el valor anual medio del contrato. Por lo tanto, teniendo en cuenta que el valor estimado del contrato es de: 20.200,00 € * 1,5 = 30.300,00 € 3.2. La solvencia técnica: En relación a la solvencia técnica o profesional exigida a los licitadores, según informe técnico, deberá acreditarse la misma, conforme a los criterios establecidos en al artículo 89.1. letras a) y b), Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando sean requerido para ello por parte del órgano de contratación, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador. Cuando el contratista sea una empresa de…
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Exclusión confianza alta
Prohibiciones para contratar: no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 71 y siguientes de la LCSP.
Ver citas del pliego (2)
…65 a 69 de la LCSP. 2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar se llevará a cabo de conformidad con la regulación del artículo 71 y siguientes del la LCSP. 3. La solvencia del empresario: 3.1 La Solvencia económica y financiera:
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…96, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 1.La capacidad de obrar del empresario se acreditará de conformidad a los arts. 65 a 69 de la LCSP. 2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar se llevará a cabo de conformidad con la regulación del artículo 71 y siguientes del la LCSP. 3. La solvencia del empresario: 3.1 La Solvencia económica y financiera: Según requerimiento técnico, la solvencia económica exigida para la correcta prestación del contrato que nos ocupa es el volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que se refiere el contrato. La solvencia económica y financiera se acreditará de conformidad al art. 87, 1 a) de la LCSP, debiendo disponer de un volumen anual de negocio referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, de al menos, una vez y media el valor anual medio del contrato. Por lo tanto, teniendo en cuenta que el valor estimado del contrato es de: 20.200,00 € * 1,5 = 30.300,00 € 3.2. La solvencia técnica: En relación a la solvencia técnica o profesional exigida a los licitadores,…
…La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad. CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA. Confidencialidad y tratamiento de datos. 1. Confidencialidad La adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad, en su caso, deben…
PCAP · págs. 14–15Fragmento #788364 Ver contexto
…ser superior al 10% del precio del contrato IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato. CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA. Resolución del Contrato Las causas de resolución de los contratos y sus efectos se regulan en los art. 211 a 213 de la LCSP y se acordarán por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. Especialmente serán causa de resolución: El incumplimiento de los trámites fijados en el artículo 215 de la LCSP y en el presente pliego sobre el régimen de subcontratación. La realización por el contratista de actuaciones que impliquen la modificación del contrato, sin autorización previa de la Administración contratante. La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad. CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA. Confidencialidad y tratamiento de datos. 1. Confidencialidad La adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad, en su caso, deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas
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Exclusión confianza alta
Causa de exclusión por falta de DEUC: la no presentación del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) disponible en la Plataforma de Contratación del Estado constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la licitación.
Ver citas del pliego (1)
…1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento. La no presentación de este documento constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación.
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…del presente Pliego. Deberán ir firmadas por quien las presenta, así como la autorización al órgano de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un estado miembro de la Unión Europea. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del I.V.A. que deba ser repercutido. No se admitirán variantes. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un UNICO archivo electrónico, que contendrá: Los documentos fechados y firmados, por el licitador o su representante legal relacionados a continuación: 1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento. La no presentación de este documento constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 3. ANEXO III. En su caso. La no presentación de este anexo , siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 4.Por tratarse de un procedimiento abierto simplificado, las empresas licitadoras (sólo para aquellas que no inscritas además en el R.O.L.E.C.E) aportarán en este sobre, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION de en el registro de licitadores de la Comunidad
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Exclusión confianza alta
Causa de exclusión por falta del Anexo II: la no presentación del Anexo II (Compromiso de formalización de Unión Temporal de Empresarios), siendo necesario en su caso, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la licitación.
Ver citas del pliego (1)
…2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 3. ANEXO III. En su caso. La no presentación de este anexo , siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación.
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…económicos de un estado miembro de la Unión Europea. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del I.V.A. que deba ser repercutido. No se admitirán variantes. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un UNICO archivo electrónico, que contendrá: Los documentos fechados y firmados, por el licitador o su representante legal relacionados a continuación: 1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento. La no presentación de este documento constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 3. ANEXO III. En su caso. La no presentación de este anexo , siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 4.Por tratarse de un procedimiento abierto simplificado, las empresas licitadoras (sólo para aquellas que no inscritas además en el R.O.L.E.C.E) aportarán en este sobre, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION de en el registro de licitadores de la Comunidad
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Exclusión confianza alta
Causa de exclusión por falta del Anexo III: la no presentación del Anexo III (Declaración de pertenecer a un grupo empresarial), siendo necesario en su caso, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la licitación.
Ver citas del pliego (1)
…2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 3. ANEXO III. En su caso. La no presentación de este anexo , siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación.
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…económicos de un estado miembro de la Unión Europea. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del I.V.A. que deba ser repercutido. No se admitirán variantes. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un UNICO archivo electrónico, que contendrá: Los documentos fechados y firmados, por el licitador o su representante legal relacionados a continuación: 1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento. La no presentación de este documento constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 3. ANEXO III. En su caso. La no presentación de este anexo , siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 4.Por tratarse de un procedimiento abierto simplificado, las empresas licitadoras (sólo para aquellas que no inscritas además en el R.O.L.E.C.E) aportarán en este sobre, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION de en el registro de licitadores de la Comunidad
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Exclusión confianza alta
Causa especial de resolución del contrato: la incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad.
Ver citas del pliego (1)
…La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad. CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA. Confidencialidad y tratamiento de datos. 1. Confidencialidad La adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad, en su caso, deben…
PCAP · págs. 14–15Fragmento #788364 Ver contexto
…ser superior al 10% del precio del contrato IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato. CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA. Resolución del Contrato Las causas de resolución de los contratos y sus efectos se regulan en los art. 211 a 213 de la LCSP y se acordarán por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. Especialmente serán causa de resolución: El incumplimiento de los trámites fijados en el artículo 215 de la LCSP y en el presente pliego sobre el régimen de subcontratación. La realización por el contratista de actuaciones que impliquen la modificación del contrato, sin autorización previa de la Administración contratante. La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad. CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA. Confidencialidad y tratamiento de datos. 1. Confidencialidad La adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad, en su caso, deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas
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Garantía confianza alta
Garantía provisional: No se exige.
Ver citas del pliego (1)
…CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional. No se exige. CLÁUSULA NOVENA. Criterios objetivos de Adjudicación. Desempate. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en relación calidad-precio, se atenderá a los criterios objetivos establecidos en la Cláusula 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos.
PCAP · págs. 7–8Fragmento #788360 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T Autónoma que corresponda, en el caso de que el licitador esté inscrito en alguno de estos Registros Autonómicos, habida cuenta de la no posibilidad de la comprobación inmediata de esta inscripción por parte de la Mesa de Contratación. 5. ANEXO IV. Obligatoriamente, la oferta económica se presentará conforme al ANEXO IV. CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional. No se exige. CLÁUSULA NOVENA. Criterios objetivos de Adjudicación. Desempate. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en relación calidad-precio, se atenderá a los criterios objetivos establecidos en la Cláusula 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos. La documentación necesaria para acreditar y evaluar este criterio de desempate, deberá ser aportada por los licitadores afectados por esta situación, en el momento en que se produzca el eventual empate, a requerimiento de la Mesa u órgano. CLÁUSULA DÉCIMA. Ofertas anormalmente bajas. Se regula en la Cláusula 9 del Pliego de Prescripciones Técnicas. El órgano de contratación, deberá identificar las ofertas que se encuentren en presunción de anormalidad, de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en esta cláusula y de acuerdo con el procedimiento que se establece en el art. 149 de la LCSP. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada anormalmente…
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Garantía confianza alta
Garantía definitiva: No se establece, de conformidad con el art. 159.6.f) de la LCSP.
Ver citas del pliego (1)
…CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- No exigencia de Garantía Definitiva. No se establece, de conformidad con el art.159.6.f) de la LCSP. CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- Derechos y Obligaciones del Adjudicatario.- Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV:
PCAP · págs. 9–10Fragmento #788361 Ver contexto
…el licitador clasificado en primer lugar no cumpliera el requerimiento del Ayuntamiento de Alhama de Murcia para presentar en plazo, toda la documentación requerida en esta Cláusula, se tendrá por retirada su oferta y, además, afrontará el pago de las penalidades establecidas en el art. 150.2 de la LCSP. En este caso se procederá a recabar la documentación que corresponda al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. CLÁUSULA DECIMOTERCERA.- Formalización del Contrato. De conformidad con el art.159.6.g) de la LCS, la formalización del contrato, consistirá en la mera firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación. CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- No exigencia de Garantía Definitiva. No se establece, de conformidad con el art.159.6.f) de la LCSP. CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- Derechos y Obligaciones del Adjudicatario.- Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T A) Derechos: Pago del precio. Revisión. El pago del precio se regula en la Cláusula 7 del Pliego de Prescripciones Técnicas y se efectuará previa presentación de la factura expedida por el adjudicatario y previamente conformada por el responsable del contrato. El pago se realizará mediante transferencia en el plazo previsto legalmente. En caso de demora en el pago, se aplicará lo establecido en a legislación vigente. En aplicación de lo dispuesto en la Ley 2/2015 de 30 de marzo de desindexación de la economía española, no procede la revisión de…
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Otro confianza alta
Exención de acreditación de la solvencia: al tratarse de un procedimiento abierto simplificado ('supersimplificado' art. 159.6 LCSP), de conformidad con el art. 159.6, letra b), se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
Ver citas del pliego (2)
…Al tratarse de un procedimiento abierto simplificado, (“supersimplificado” art.159.6 LCSP), de conformidad con lo establecido en el art.
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, deberá acreditar su solvencia mediante los medios establecidos en el artículo 89.1. letra b). Todo ello, sin perjuicio de los efectos de la inscripción obligatoria en ROLECE o Registro CCAA. La capacidad y solvencia quedará acreditada de conformidad a lo establecido en esta cláusula, aunque inicialmente será suficiente la suscripción del DEUC (Documento europeo único de contratación). No será exigible clasificación de los empresarios. Al tratarse de un procedimiento abierto simplificado, (“supersimplificado” art.159.6 LCSP), de conformidad con lo establecido en el art.
…Expediente: 2025/9228T 159.6, letra b), se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. CLÁUSULA SÉPTIMA.-Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa. 1.- Condiciones previas. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y resto de documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación…
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 159.6, letra b), se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. CLÁUSULA SÉPTIMA.-Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa. 1.- Condiciones previas. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y resto de documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. 2.- Lugar y plazo de presentación de ofertas. Presentación electrónica. Notificaciones. La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La utilización de estos servicios supone: •La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador. •La custodia electrónica de…
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Otro confianza alta
Requisitos técnicos del suministro de licencias: suministro de licencias software y mantenimiento de la empresa NComputing, emitidas por el fabricante NComputing, desglosadas en: para terminales L300, 127 licencias AMP for vSpace Pro; para terminales RX420RDP, 25 licencias Device AMP for firmware update & PMC y 25 licencias vSpace Pro Software client.
Ver citas del pliego (1)
…Suministro de licencias software y mantenimiento de la empresa NComputing, destinadas al soporte y mantenimiento de los terminales L300 y RX420RDP que tiene en propiedad el Ayuntamiento de Alhama de Murcia. Estas licencias aseguran el mantenimiento y soporte dentro de la infraestructura del Ayuntamiento, lo que asegura su correcto funcionamiento en los puestos de trabajo donde están instalados.
PPT · págs. 1–3Fragmento #788425 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS DE UN SUMINISTRO DE LICENCIAS DE SOFTWARE MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO. Suministro de licencias software y mantenimiento de la empresa NComputing, destinadas al soporte y mantenimiento de los terminales L300 y RX420RDP que tiene en propiedad el Ayuntamiento de Alhama de Murcia. Estas licencias aseguran el mantenimiento y soporte dentro de la infraestructura del Ayuntamiento, lo que asegura su correcto funcionamiento en los puestos de trabajo donde están instalados. Las licencias suministradas deberán estar emitidas por el fabricante NComputing, y podrán ser activadas bien de forma anual, o por la totalidad de la duración del presente contrato. 2.- DETALLE, LISTADO CONCRETO Y CARACTERISTICAS DEL SUMINISTRO. El adjudicatario deberá suministrar las siguientes licencias validas para los terminales L300 y RX420RDP que dispone este Ayuntamiento. En concreto, para los terminales L300 se deben de suministrar: * 127 licencias AMP for vSpace Pro Para los terminales RX420RDP se deben de suministrar: * 25 licencias Device AMP for firmware update & PMC * 25 licencias vSpace Pro Software client 3.- LOTES DEL CONTRATO, en su caso El objeto de este contrato no…
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Otro confianza alta
Activación de licencias: las licencias suministradas podrán ser activadas bien de forma anual, o por la totalidad de la duración del presente contrato.
Ver citas del pliego (1)
…Las licencias suministradas deberán estar emitidas por el fabricante NComputing, y podrán ser activadas bien de forma anual, o por la totalidad de la duración del presente contrato. 2.- DETALLE, LISTADO CONCRETO Y CARACTERISTICAS DEL SUMINISTRO. El adjudicatario deberá suministrar las siguientes licencias validas para los terminales L300 y RX420RDP que dispone este Ayuntamiento. En concreto, para los terminales L300 se deben de suministrar:
PPT · págs. 1–3Fragmento #788425 Ver contexto
…ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS DE UN SUMINISTRO DE LICENCIAS DE SOFTWARE MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO. Suministro de licencias software y mantenimiento de la empresa NComputing, destinadas al soporte y mantenimiento de los terminales L300 y RX420RDP que tiene en propiedad el Ayuntamiento de Alhama de Murcia. Estas licencias aseguran el mantenimiento y soporte dentro de la infraestructura del Ayuntamiento, lo que asegura su correcto funcionamiento en los puestos de trabajo donde están instalados. Las licencias suministradas deberán estar emitidas por el fabricante NComputing, y podrán ser activadas bien de forma anual, o por la totalidad de la duración del presente contrato. 2.- DETALLE, LISTADO CONCRETO Y CARACTERISTICAS DEL SUMINISTRO. El adjudicatario deberá suministrar las siguientes licencias validas para los terminales L300 y RX420RDP que dispone este Ayuntamiento. En concreto, para los terminales L300 se deben de suministrar: * 127 licencias AMP for vSpace Pro Para los terminales RX420RDP se deben de suministrar: * 25 licencias Device AMP for firmware update & PMC * 25 licencias vSpace Pro Software client 3.- LOTES DEL CONTRATO, en su caso El objeto de este contrato no acepta lotes, pues por la propia naturaleza del suministro no es recomendable realizar la separación de servicios en lotes, pues se gestionan desde una consola centralizada para nuestra organización. 4.- CODIGO CPV. 48000000-8 , Paquetes de software y sistemas de información Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en…
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Otro confianza alta
División en lotes: el contrato no se divide en lotes ('sin lotes'). El objeto de este contrato no acepta lotes por gestionarse desde una consola centralizada para la organización.
Ver citas del pliego (2)
…Se propone técnicamente la tramitación ordinaria de este expediente y la no división en lotes, cuestiones estas que se argumentan y se justifican en el informe de necesidad. Las características concretas del objeto de este contrato se explicitan en el Pliego de Prescripciones Técnicas que han elaborado, al efecto, los servicios técnicos municipales de la Concejalía de Nuevas Tecnologías.
PCAP · págs. 1–2Fragmento #788357 Ver contexto
…parque de terminales L300 de la marca NComputing que dispone este Ayuntamiento. También se disponen de terminales RX 420 de la misma marca, los cuales necesitan de una licencia de mantenimiento y otra licencia de uso para conectar con VSpace Pro Console. Estas licencias las suministra directamente el fabricante, por lo que queda fuera del alcance de los medios propios del Ayuntamiento que carece de medios personales, mecánicos y materiales especializados para la fabricación y/o producción de los materiales a suministrar y para la prestación del contrato que se pretende llevar a cabo de una forma eficiente, se debe recurrir a su contratación, con una empresa especializada. Se propone técnicamente la tramitación ordinaria de este expediente y la no división en lotes, cuestiones estas que se argumentan y se justifican en el informe de necesidad. Las características concretas del objeto de este contrato se explicitan en el Pliego de Prescripciones Técnicas que han elaborado, al efecto, los servicios técnicos municipales de la Concejalía de Nuevas Tecnologías. Se trata de un contrato de suministro con instalación, tramitado por procedimiento abierto simplificado (“supersimplificado” art.159.6 LCSP), tramitación ordinaria, un solo criterio objetivo de adjudicación y sin lotes. Según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007), el código CPV es el siguiente: - 48000000-8- Mantenimiento “Paquetes de Software y sistemas de Información” El contrato a que se refiere el presente pliego de cláusulas administrativas particulares tiene carácter administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 a) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del…
…El objeto de este contrato no acepta lotes, pues por la propia naturaleza del suministro no es recomendable realizar la separación de servicios en lotes, pues se gestionan desde una consola centralizada para nuestra organización. 4.- CODIGO CPV. 48000000-8 , Paquetes de software y sistemas de información Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV:
PPT · págs. 1–3Fragmento #788425 Ver contexto
…trabajo donde están instalados. Las licencias suministradas deberán estar emitidas por el fabricante NComputing, y podrán ser activadas bien de forma anual, o por la totalidad de la duración del presente contrato. 2.- DETALLE, LISTADO CONCRETO Y CARACTERISTICAS DEL SUMINISTRO. El adjudicatario deberá suministrar las siguientes licencias validas para los terminales L300 y RX420RDP que dispone este Ayuntamiento. En concreto, para los terminales L300 se deben de suministrar: * 127 licencias AMP for vSpace Pro Para los terminales RX420RDP se deben de suministrar: * 25 licencias Device AMP for firmware update & PMC * 25 licencias vSpace Pro Software client 3.- LOTES DEL CONTRATO, en su caso El objeto de este contrato no acepta lotes, pues por la propia naturaleza del suministro no es recomendable realizar la separación de servicios en lotes, pues se gestionan desde una consola centralizada para nuestra organización. 4.- CODIGO CPV. 48000000-8 , Paquetes de software y sistemas de información Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 5.- PRECIO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. - El importe de la anualidad del contrato será de 5.050€ más el 21% de IVA a la baja. El valor estimado del contrato será de 20.200€ por un periodo de total de 4 años. 6.- DURACION DEL CONTRATO, con indicación de las posibles prórrogas. La duración del contrato será de 4 años naturales desde el inicio del contrato que será a partir de la finalización de las actuales licencias activas, alineándose el fin de todas las licencias a 31 de diciembre de 2030. 7.- PERIODICIDAD del pago del precio (mensual,…
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Otro confianza alta
Condición especial de ejecución de carácter medioambiental (art. 202 LCSP): en las relaciones mantenidas con el Ayuntamiento se hará habitual y generalmente a través de las nuevas tecnologías, limitando al máximo el uso del papel, que de ser necesario su uso, se tratará de papel reciclado.
Ver citas del pliego (2)
…192 a 196 de la LCSP. Para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o incumplimiento del compromiso o condiciones especiales de ejecución del contrato se establecen penalidades que se recogen en este pliego y que deben de cumplir las condiciones requeridas en el art. 192. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato la Administración podrá…
PCAP · págs. 14–15Fragmento #788364 Ver contexto
…por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de una penalidad diaria en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Estas penalidades se establecerán de forma proporcional al tipo de incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del precio del contrato IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato, todo ello sin perjuicio de lo que, en su caso, haya podido ser establecido en esta materia (PENALIDADES), en el pliego de prescripciones Técnicas y/o en la Ley. CLÁUSULA DECIMONOVENA.- Penalidades por Incumplimiento parcial o incumplimiento defectuoso. Daños y perjuicios. Se regulan por los arts. 192 a 196 de la LCSP. Para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o incumplimiento del compromiso o condiciones especiales de ejecución del contrato se establecen penalidades que se recogen en este pliego y que deben de cumplir las condiciones requeridas en el art. 192. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades recogidas en este pliego. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con…
…La empresa adjudicataria ha de tener en cuenta que en las relaciones mantenidas con el Ayuntamiento se hará habitual y generalmente a través de las nuevas tecnologías, limitando al máximo el uso del papel, que de ser necesario su uso, se tratará de papel reciclado.
PPT · págs. 1–3Fragmento #788425 Ver contexto
…= 10 * (L -Pi) / (L – Pmin) Donde los valores corresponden a: L – Precio base de licitación Pi – Precio de la oferta a valorar Pmin – Precio mínimo ofertado en la licitación Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350510062664137076 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 9.- CRITERIOS PARA DETERMINAR OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. Se aplica el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratación de las Administraciones Públicas. 10- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION DEL CONTRATO. (art. 202 LCSP) De carácter medioambiental: La empresa adjudicataria ha de tener en cuenta que en las relaciones mantenidas con el Ayuntamiento se hará habitual y generalmente a través de las nuevas tecnologías, limitando al máximo el uso del papel, que de ser necesario su uso, se tratará de papel reciclado.
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Otro confianza alta
Penalidad por incumplimiento de las condiciones esenciales y especiales de ejecución: penalidad diaria en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, no pudiendo ser superior al 10% del precio del contrato IVA excluido ni el total superar el 50% del precio del contrato.
Ver citas del pliego (1)
…euros del precio del contrato. Estas penalidades se establecerán de forma proporcional al tipo de incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del precio del contrato IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato. CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA. Resolución del Contrato Las causas de resolución de los contratos y sus efectos se regulan en los art.
PCAP · págs. 14–15Fragmento #788364 Ver contexto
…LCSP. Todo ello sin perjuicio de lo que pudiera ser establecido, en su caso, en esta materia (PENALIDADES), en el pliego de prescripciones Técnicas. CLÁUSULA VIGESIMA. Condiciones Especiales de ejecución del contrato. Se regulará por lo establecido en el art. 202 de la LCSP. En aplicación del artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y por lo dispuesto en la Cláusula 10 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Estas condiciones esenciales de ejecución del contrato y su incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de una penalidad diaria en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Estas penalidades se establecerán de forma proporcional al tipo de incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del precio del contrato IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato. CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA. Resolución del Contrato Las causas de resolución de los contratos y sus efectos se regulan en los art. 211 a 213 de la LCSP y se acordarán por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. Especialmente serán causa de resolución: El incumplimiento de los trámites fijados en el artículo 215 de la LCSP y en el presente pliego sobre el régimen de subcontratación. La realización por el contratista de actuaciones que impliquen la modificación del contrato, sin autorización previa de la Administración contratante. La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad. CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA.…
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Otro confianza alta
Penalidades por demora en el cumplimiento del plazo total: penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
Ver citas del pliego (1)
…Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5%…
PCAP · págs. 14–15Fragmento #788364 Ver contexto
…Penalidades por Incumplimiento parcial o incumplimiento defectuoso. Daños y perjuicios. Se regulan por los arts. 192 a 196 de la LCSP. Para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o incumplimiento del compromiso o condiciones especiales de ejecución del contrato se establecen penalidades que se recogen en este pliego y que deben de cumplir las condiciones requeridas en el art. 192. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades recogidas en este pliego. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos. En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento…
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Otro confianza alta
Presentación de ofertas: obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público en un único archivo electrónico.
Ver citas del pliego (1)
…Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La utilización de estos servicios supone: •La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador. •La custodia electrónica de ofertas por el sistema. •La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma.
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. CLÁUSULA SÉPTIMA.-Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa. 1.- Condiciones previas. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y resto de documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. 2.- Lugar y plazo de presentación de ofertas. Presentación electrónica. Notificaciones. La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La utilización de estos servicios supone: •La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador. •La custodia electrónica de ofertas por el sistema. •La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma. Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público, según lo dispuesto en el art.159.6.a) de la LCSP, se presentarán en el plazo máximo de DIEZ (10 días) hábiles desde la publicación de este procedimiento en la Plataforma de Contratos del Sector Público hasta las 23:59 horas. Por este motivo, para participar en esta licitación, deberán estar inscritos en la Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica…
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Otro confianza alta
Inscripción en plataforma electrónica: para participar en la licitación, los licitadores deberán estar inscritos en la Plataforma de Contratación del Sector Público, sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma u otra herramienta de licitación electrónica conforme a las DA 16ª y 17ª de la LCSP.
Ver citas del pliego (1)
…Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica que cumpla con los requisitos de la Disposiciones adicionales 16 y 17ª de la LCSP. La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo…
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…por el licitador. •La custodia electrónica de ofertas por el sistema. •La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma. Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público, según lo dispuesto en el art.159.6.a) de la LCSP, se presentarán en el plazo máximo de DIEZ (10 días) hábiles desde la publicación de este procedimiento en la Plataforma de Contratos del Sector Público hasta las 23:59 horas. Por este motivo, para participar en esta licitación, deberán estar inscritos en la Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica que cumpla con los requisitos de la Disposiciones adicionales 16 y 17ª de la LCSP. La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo. Se garantizará mediante un dispositivo electrónico, que la apertura de…
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Firma electrónica: la oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015.
Ver citas del pliego (1)
…La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío.
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público, según lo dispuesto en el art.159.6.a) de la LCSP, se presentarán en el plazo máximo de DIEZ (10 días) hábiles desde la publicación de este procedimiento en la Plataforma de Contratos del Sector Público hasta las 23:59 horas. Por este motivo, para participar en esta licitación, deberán estar inscritos en la Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica que cumpla con los requisitos de la Disposiciones adicionales 16 y 17ª de la LCSP. La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo. Se garantizará mediante un dispositivo electrónico, que la apertura de las proposiciones no se realizará hasta que haya finalizado el plazo de presentación de ofertas, ya que no se realizará acto público de apertura de las mismas. Las notificaciones y…
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Límite de ofertas: cada licitador no podrá presentar más de una oferta.
Ver citas del pliego (1)
…Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. 2.- Lugar y plazo de presentación de ofertas. Presentación electrónica. Notificaciones. La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La utilización de estos servicios supone:
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 159.6, letra b), se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. CLÁUSULA SÉPTIMA.-Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa. 1.- Condiciones previas. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y resto de documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. 2.- Lugar y plazo de presentación de ofertas. Presentación electrónica. Notificaciones. La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La utilización de estos servicios supone: •La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador. •La custodia electrónica de ofertas por el sistema. •La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma. Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público, según lo dispuesto en el art.159.6.a) de la LCSP, se presentarán en el plazo máximo de DIEZ (10 días) hábiles desde la publicación de este procedimiento en la Plataforma de Contratos del Sector Público hasta las 23:59 horas. Por este motivo, para…
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Variantes: no se admitirán variantes.
Ver citas del pliego (1)
…No se admitirán variantes. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un UNICO archivo electrónico, que contendrá: Los documentos fechados y firmados, por el licitador o su representante legal relacionados a continuación: 1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento.
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…fuera de este cauce no será admitida. Las proposiciones y la documentación que las acompañe deberán venir redactadas en castellano, sin enmiendas, ni tachaduras y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Deberán ir firmadas por quien las presenta, así como la autorización al órgano de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un estado miembro de la Unión Europea. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del I.V.A. que deba ser repercutido. No se admitirán variantes. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un UNICO archivo electrónico, que contendrá: Los documentos fechados y firmados, por el licitador o su representante legal relacionados a continuación: 1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento. La no presentación de este documento constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 3. ANEXO III. En su caso. La no presentación de este anexo , siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 4.Por tratarse de un procedimiento abierto simplificado, las empresas licitadoras (sólo para aquellas que no inscritas además en el R.O.L.E.C.E) aportarán en este sobre, el CERTIFICADO DE…
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Idioma: las proposiciones y la documentación que las acompañe deberán venir redactadas en castellano, sin enmiendas ni tachaduras.
Ver citas del pliego (1)
…Las proposiciones y la documentación que las acompañe deberán venir redactadas en castellano, sin enmiendas, ni tachaduras y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Deberán ir firmadas por quien las presenta, así como la autorización al órgano de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y…
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…sello de tiempo. Se garantizará mediante un dispositivo electrónico, que la apertura de las proposiciones no se realizará hasta que haya finalizado el plazo de presentación de ofertas, ya que no se realizará acto público de apertura de las mismas. Las notificaciones y requerimientos de cualquier tipo que se deriven de la presente licitación serán realizadas a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. En caso de solicitar contestación formal mediante la elaboración de un sobre electrónico sólo y exclusivamente se admitirá su presentación mediante la Plataforma de Contratación del Sector Público. Advirtiendo que su presentación fuera de este cauce no será admitida. Las proposiciones y la documentación que las acompañe deberán venir redactadas en castellano, sin enmiendas, ni tachaduras y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Deberán ir firmadas por quien las presenta, así como la autorización al órgano de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un estado miembro de la Unión Europea. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del I.V.A. que deba ser repercutido. No se admitirán variantes. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un UNICO archivo electrónico, que contendrá: Los documentos fechados y firmados, por el licitador o su representante legal relacionados a continuación: 1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento. La no presentación de este documento constituye un defecto no…
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Formato de oferta económica e IVA: obligatoriamente la oferta económica se presentará conforme al ANEXO IV, indicándose como partida independiente el importe del IVA (21%) repercutido.
Ver citas del pliego (4)
…Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV:
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Capacidad y solvencia del empresario para contratar con el Sector Público. Exención de acreditación de la solvencia. De conformidad con lo dispuesto en el art. 159.4.a) de la LCSP, todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar obligatoriamente inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del art. 96, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T 1.La capacidad de obrar del empresario se acreditará de conformidad a los arts. 65 a 69 de la LCSP. 2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar se llevará a cabo de conformidad con la regulación del artículo 71 y siguientes del la LCSP. 3. La solvencia del empresario: 3.1 La Solvencia económica y financiera: Según requerimiento técnico, la solvencia económica exigida para la correcta prestación del contrato que nos ocupa es el volumen anual de negocios del licitador en el ámbito al que…
…económicos de un estado miembro de la Unión Europea. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del I.V.A. que deba ser repercutido. No se admitirán variantes. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un UNICO archivo electrónico, que contendrá: Los documentos fechados y firmados, por el licitador o su representante legal relacionados a continuación:
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…de un sobre electrónico sólo y exclusivamente se admitirá su presentación mediante la Plataforma de Contratación del Sector Público. Advirtiendo que su presentación fuera de este cauce no será admitida. Las proposiciones y la documentación que las acompañe deberán venir redactadas en castellano, sin enmiendas, ni tachaduras y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Deberán ir firmadas por quien las presenta, así como la autorización al órgano de Contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un estado miembro de la Unión Europea. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del I.V.A. que deba ser repercutido. No se admitirán variantes. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un UNICO archivo electrónico, que contendrá: Los documentos fechados y firmados, por el licitador o su representante legal relacionados a continuación: 1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento. La no presentación de este documento constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 3. ANEXO III. En su caso. La no presentación de este anexo , siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 4.Por tratarse de un procedimiento abierto simplificado, las…
…5. ANEXO IV. Obligatoriamente, la oferta económica se presentará conforme al ANEXO IV. CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional. No se exige. CLÁUSULA NOVENA. Criterios objetivos de Adjudicación. Desempate. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en relación calidad-precio, se atenderá a los criterios objetivos establecidos en la Cláusula 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas.
PCAP · págs. 7–8Fragmento #788360 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T Autónoma que corresponda, en el caso de que el licitador esté inscrito en alguno de estos Registros Autonómicos, habida cuenta de la no posibilidad de la comprobación inmediata de esta inscripción por parte de la Mesa de Contratación. 5. ANEXO IV. Obligatoriamente, la oferta económica se presentará conforme al ANEXO IV. CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional. No se exige. CLÁUSULA NOVENA. Criterios objetivos de Adjudicación. Desempate. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en relación calidad-precio, se atenderá a los criterios objetivos establecidos en la Cláusula 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos. La documentación necesaria para acreditar y evaluar este criterio de desempate, deberá ser aportada por los licitadores afectados por esta situación, en el momento en que se produzca el eventual empate, a requerimiento de la Mesa u órgano. CLÁUSULA DÉCIMA. Ofertas anormalmente bajas. Se regula en la Cláusula 9 del Pliego de Prescripciones Técnicas. El órgano de contratación, deberá identificar las ofertas que se encuentren en presunción de anormalidad, de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en esta cláusula y de acuerdo con el procedimiento que se establece en el art.…
…Expediente: 2025/9228T ANEXO IV. OFERTA ECONÓMICA. «D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en nombre propio y/o en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la contratación del SUMINISTRO DE LICENCIAS DE USO Y MANTENIMIENTO DE TERMINALES L300 Y LICENCIAS DE…
PCAP · págs. 19–21Fragmento #788366 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T ANEXO IV. OFERTA ECONÓMICA. «D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en nombre propio y/o en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la contratación del SUMINISTRO DE LICENCIAS DE USO Y MANTENIMIENTO DE TERMINALES L300 Y LICENCIAS DE USO PARA TERMINALES RX420 DE LA MARCA NCOMPUTING” PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO “Supersimplificado” (Art.159.6 DE LA L.C.S.P), TRAMITACION ORDINARIA, SIN LOTES, CON BASE EN UN SOLO CRITERIO OBJETIVO DE ADJUDICACIÓN, EXPTE. ELECTRONICO: 2025/ 9228T, hago constar que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que sirven de base al contrato y los acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ……………………€ ( expresar en letras y números), en concepto de Base Imponible, más la cantidad de ,,,,,,,,,,,, €( expresar…
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Otro confianza alta
Consultas e información sobre la licitación: las preguntas o informaciones dirigidas al órgano de contratación deberán realizarse única y exclusivamente a través de la Plataforma de Contratación del Estado, en el sitio del anuncio (art. 138.3 LCSP).
Ver citas del pliego (1)
…en el sitio del anuncio. Asimismo se advierte a los licitadores que única y exclusivamente en este emplazamiento se colgarán las respuestas a las preguntas realizadas por los licitadores, con el objeto de que la información sea accesible a todos los licitadores. Tales solicitudes se tramitarán de conformidad con lo establecido en el art. 138.3 de la LCSP. CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto base de licitación, valor estimado del contrato y financiación.
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T En especial se indica a los licitadores que las preguntas o informaciones que pretendan realizar respecto de este contrato al órgano de contratación deberán realizarse sólo y exclusivamente a través de la Plataforma de Contratación del Estado, en el sitio del anuncio. Asimismo se advierte a los licitadores que única y exclusivamente en este emplazamiento se colgarán las respuestas a las preguntas realizadas por los licitadores, con el objeto de que la información sea accesible a todos los licitadores. Tales solicitudes se tramitarán de conformidad con lo establecido en el art. 138.3 de la LCSP. CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto base de licitación, valor estimado del contrato y financiación. Se regula en la Cláusula 5 del Pliego de prescripciones Técnicas. El precio del contrato asciende a la cantidad anual de 5.050,00 € en concepto de Base Imponible a los que hay que sumar 1.060,50 € en concepto de 21% de IVA, lo que hace un total de 6.110,50, a la baja. El valor estimado del contrato a los efectos del artículo 101 de la LCSP ascendería a la cantidad de: 20.200,00 euros. Por lo anterior se respeta del límite del “supersimplificado”, establecido en el artículo 159.6 de la LCSP. El precio se abonará con cargo a la partida 491/22799 del vigente Presupuesto Municipal. Al tratarse de un contrato de carácter plurianual, está condicionado a la efectiva…
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Otro confianza alta
Régimen de subcontratación: la subcontratación no debería ser superior al 90% del contrato y en todo caso el personal técnico, los encargados y capataces deberán pertenecer a la empresa adjudicataria. El contratista deberá comunicar por escrito su intención de celebrar subcontratos y acreditar que el subcontratista no incurre en prohibición de contratar (art. 71 LCSP).
Ver citas del pliego (1)
…referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a la Administración del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 LCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista.
PCAP · pág. 13Fragmento #788363 Ver contexto
…refiere el artículo 201 de la LCSP. Los subcontratistas no tendrán acción directa frente a la Administración contratante por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos. El contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, al órgano de contratación su intención de celebrar subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a la Administración del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 LCSP. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista. El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas. El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral. De conformidad con el artículo 217.1de la LCSP, el contratista deberá remitir al órgano de contratación, cuando éste lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o…
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Revisión de precios: no procede la revisión de precios en este contrato, en aplicación de la Ley 2/2015 de 30 de marzo de desindexación de la economía española.
Ver citas del pliego (1)
…En aplicación de lo dispuesto en la Ley 2/2015 de 30 de marzo de desindexación de la economía española, no procede la revisión de precios, en este contrato. B) Obligaciones del adjudicatario. 1.- El adjudicatario queda obligado a la observancia de la legislación social y laboral en todos sus aspectos de los cuales será directamente responsable. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en…
PCAP · págs. 9–10Fragmento #788361 Ver contexto
…Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T A) Derechos: Pago del precio. Revisión. El pago del precio se regula en la Cláusula 7 del Pliego de Prescripciones Técnicas y se efectuará previa presentación de la factura expedida por el adjudicatario y previamente conformada por el responsable del contrato. El pago se realizará mediante transferencia en el plazo previsto legalmente. En caso de demora en el pago, se aplicará lo establecido en a legislación vigente. En aplicación de lo dispuesto en la Ley 2/2015 de 30 de marzo de desindexación de la economía española, no procede la revisión de precios, en este contrato. B) Obligaciones del adjudicatario. 1.- El adjudicatario queda obligado a la observancia de la legislación social y laboral en todos sus aspectos de los cuales será directamente responsable. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra el Ayuntamiento ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los organismos…
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Otro confianza alta
Confidencialidad y protección de datos: obligación del adjudicatario de garantizar una seguridad adecuada de los datos personales conforme a la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), subsistiendo el deber de secreto tras finalizar el contrato.
Ver citas del pliego (2)
…1. Confidencialidad La adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad, en su caso, deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas
PCAP · págs. 14–15Fragmento #788364 Ver contexto
…el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. Especialmente serán causa de resolución: El incumplimiento de los trámites fijados en el artículo 215 de la LCSP y en el presente pliego sobre el régimen de subcontratación. La realización por el contratista de actuaciones que impliquen la modificación del contrato, sin autorización previa de la Administración contratante. La incursión del contratista, durante la vigencia del contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la normativa vigente o en incompatibilidad, sin la obtención inmediata de la correspondiente compatibilidad. CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA. Confidencialidad y tratamiento de datos. 1. Confidencialidad La adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad, en su caso, deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas
…Expediente: 2025/9228T técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE nº 294 de 06/12/2018). Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
PCAP · págs. 16–18Fragmento #788365 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE nº 294 de 06/12/2018). Esta obligación es complementaria de los deberes de secreto profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento). 2. Tratamiento de Datos En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato. Alhama de Murcia, EL SECRETARIO, Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en…
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Otro confianza alta
Cumplimiento de la legislación social y laboral: obligación del adjudicatario de cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales (RDL 1/2013, Ley Orgánica 3/2007, Ley 31/1995 y RD 39/1997).
Ver citas del pliego (1)
…El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del…
PCAP · págs. 9–10Fragmento #788361 Ver contexto
…del Pliego de Prescripciones Técnicas y se efectuará previa presentación de la factura expedida por el adjudicatario y previamente conformada por el responsable del contrato. El pago se realizará mediante transferencia en el plazo previsto legalmente. En caso de demora en el pago, se aplicará lo establecido en a legislación vigente. En aplicación de lo dispuesto en la Ley 2/2015 de 30 de marzo de desindexación de la economía española, no procede la revisión de precios, en este contrato. B) Obligaciones del adjudicatario. 1.- El adjudicatario queda obligado a la observancia de la legislación social y laboral en todos sus aspectos de los cuales será directamente responsable. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra el Ayuntamiento ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los organismos competentes. En cualquier caso, el contratista, indemnizará al Ayuntamiento de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de…
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Solvencia técnica confianza alta
Inscripción obligatoria en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) o, cuando proceda de conformidad con el apartado 2 del art. 96 de la LCSP, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma.
Ver citas del pliego (4)
…CLÁUSULA SEXTA. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Capacidad y solvencia del empresario para contratar con el Sector Público. Exención de acreditación de la solvencia. De conformidad con lo dispuesto en el art. 159.4.a) de la LCSP, todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento…
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…€ en concepto de 21% de IVA, lo que hace un total de 6.110,50, a la baja. El valor estimado del contrato a los efectos del artículo 101 de la LCSP ascendería a la cantidad de: 20.200,00 euros. Por lo anterior se respeta del límite del “supersimplificado”, establecido en el artículo 159.6 de la LCSP. El precio se abonará con cargo a la partida 491/22799 del vigente Presupuesto Municipal. Al tratarse de un contrato de carácter plurianual, está condicionado a la efectiva consignación presupuestaria de su cuantía en los ejercicios futuros. CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato. Se regula en la Cláusula 6 del Pliego de prescripciones Técnicas. No se prevén prórrogas. CLÁUSULA SEXTA. Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Capacidad y solvencia del empresario para contratar con el Sector Público. Exención de acreditación de la solvencia. De conformidad con lo dispuesto en el art. 159.4.a) de la LCSP, todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar obligatoriamente inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del art. 96, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante…
…4.Por tratarse de un procedimiento abierto simplificado, las empresas licitadoras (sólo para aquellas que no inscritas además en el R.O.L.E.C.E) aportarán en este sobre, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION de en el registro de licitadores de la Comunidad
PCAP · págs. 5–6Fragmento #788359 Ver contexto
…o su representante legal relacionados a continuación: 1. DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) disponible en la plataforma de contratación del Estado para este procedimiento. La no presentación de este documento constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 2. ANEXO II. En su caso. La no presentación de este anexo, siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 3. ANEXO III. En su caso. La no presentación de este anexo , siendo necesario, constituye un defecto no subsanable y producirá la exclusión de la empresa de la presente licitación. 4.Por tratarse de un procedimiento abierto simplificado, las empresas licitadoras (sólo para aquellas que no inscritas además en el R.O.L.E.C.E) aportarán en este sobre, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION de en el registro de licitadores de la Comunidad
…Expediente: 2025/9228T Autónoma que corresponda, en el caso de que el licitador esté inscrito en alguno de estos Registros Autonómicos, habida cuenta de la no posibilidad de la comprobación inmediata de esta inscripción por parte de la Mesa de Contratación. 5. ANEXO IV. Obligatoriamente, la oferta económica se presentará conforme al ANEXO IV. CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional. No se exige. CLÁUSULA NOVENA. Criterios objetivos de Adjudicación.
PCAP · págs. 7–8Fragmento #788360 Ver contexto
Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T Autónoma que corresponda, en el caso de que el licitador esté inscrito en alguno de estos Registros Autonómicos, habida cuenta de la no posibilidad de la comprobación inmediata de esta inscripción por parte de la Mesa de Contratación. 5. ANEXO IV. Obligatoriamente, la oferta económica se presentará conforme al ANEXO IV. CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional. No se exige. CLÁUSULA NOVENA. Criterios objetivos de Adjudicación. Desempate. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta en relación calidad-precio, se atenderá a los criterios objetivos establecidos en la Cláusula 8 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Al no establecerse criterios de desempate, se aplicará el artículo 147.2 de la Ley de Contratos. La documentación necesaria para acreditar y evaluar este criterio de desempate, deberá ser aportada por los licitadores afectados por esta situación, en el momento en que se produzca el eventual empate, a requerimiento de la Mesa u órgano. CLÁUSULA DÉCIMA. Ofertas anormalmente bajas. Se regula en la Cláusula 9 del Pliego de Prescripciones Técnicas. El órgano de…
…150.2 de la LCSP. En este caso se procederá a recabar la documentación que corresponda al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. CLÁUSULA DECIMOTERCERA.- Formalización del Contrato. De conformidad con el art.159.6.g) de la LCS, la formalización del contrato, consistirá en la mera firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación. CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- No exigencia de Garantía Definitiva.
PCAP · págs. 9–10Fragmento #788361 Ver contexto
…10 del Pliego de Prescripciones Técnicas, , en relación con lo establecido en el Cláusula Vigésima de este Pliego. f) Será obligatorio cumplimentar una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) para el contratista, de acuerdo con el modelo anexo II del Plan de Medidas Antifraude aprobado por el Ayuntamiento de Alhama de Murcia y que se incorpora como ANEXO VIII a este Pliego. Si el licitador clasificado en primer lugar no cumpliera el requerimiento del Ayuntamiento de Alhama de Murcia para presentar en plazo, toda la documentación requerida en esta Cláusula, se tendrá por retirada su oferta y, además, afrontará el pago de las penalidades establecidas en el art. 150.2 de la LCSP. En este caso se procederá a recabar la documentación que corresponda al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. CLÁUSULA DECIMOTERCERA.- Formalización del Contrato. De conformidad con el art.159.6.g) de la LCS, la formalización del contrato, consistirá en la mera firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación. CLÁUSULA DECIMOCUARTA.- No exigencia de Garantía Definitiva. No se establece, de conformidad con el art.159.6.f) de la LCSP. CLÁUSULA DECIMOQUINTA.- Derechos y Obligaciones del Adjudicatario.- Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16350511411471072437 en https://sedeelectronica.alhamademurcia.es Ayuntamiento de Alhama de Murcia Ref. Expediente: 2025/9228T A) Derechos: Pago del precio. Revisión. El pago del precio se regula en la Cláusula 7 del Pliego de Prescripciones Técnicas y se efectuará previa…
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Solvencia técnica confianza alta
Solvencia técnica o profesional: acreditación conforme a los criterios del artículo 89.1 letras a) y b) de la LCSP. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente (sector público) o certificado/declaración del empresario (sector privado). Para empresas de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años), acreditación mediante los medios del artículo 89.1 letra b).
Ver citas del pliego (1)
…Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, deberá acreditar su solvencia mediante los medios establecidos en el artículo 89.1. letra b). Todo ello, sin perjuicio de los efectos de la inscripción obligatoria en ROLECE o Registro CCAA.
PCAP · págs. 3–4Fragmento #788358 Ver contexto
…de: 20.200,00 € * 1,5 = 30.300,00 € 3.2. La solvencia técnica: En relación a la solvencia técnica o profesional exigida a los licitadores, según informe técnico, deberá acreditarse la misma, conforme a los criterios establecidos en al artículo 89.1. letras a) y b), Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando sean requerido para ello por parte del órgano de contratación, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, deberá acreditar su solvencia mediante los medios establecidos en el artículo 89.1. letra b). Todo ello, sin perjuicio de los efectos de la inscripción obligatoria en ROLECE o Registro CCAA. La capacidad y solvencia quedará acreditada de conformidad a lo establecido en esta cláusula, aunque inicialmente será suficiente la suscripción del DEUC (Documento europeo único de contratación). No será exigible clasificación de los empresarios. Al tratarse de un procedimiento abierto simplificado, (“supersimplificado” art.159.6 LCSP), de conformidad con lo establecido en el art.
Lectura automática de los pliegos publicados, con la cita del fragmento de origen en cada requisito. Ante cualquier discrepancia prevalece el documento oficial.
Cómo se convierte el cuadro de criterios de un pliego en el índice de la memoria técnica, con un ejemplo real: modelo y ejemplo de memoria técnica.
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