Licia.
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Prohibición de contratar

Es la circunstancia que impide a una persona o empresa contratar con el sector público aunque sea solvente: una condena firme por determinados delitos, ciertas sanciones administrativas firmes o no estar al corriente con Hacienda o la Seguridad Social, entre otras de la lista del artículo 71. Se declara en el DEUC, y tampoco puede estar incursa en ella la empresa en cuya solvencia se apoye el licitador.