Obras de construcción de la Ronda Sur De Badajoz. Tramo II: EX310 a EX107 .2 LOTES OBR160426003.
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Valor estimado (sin IVA)
- 36.923.239,07 €
- Duración del contrato
- 26 meses
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinaria
- Tipo de administración
- Autoridad regional
- Códigos CPV
- 45233120
- País
- España
- Actualizada en la fuente
- 08/10/2026 11:56
- Registrada en Licia
- 04/10/2026 11:15
Id licitación: PRC/2026/0000087210; Órgano de Contratación: Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda; Importe: 36923239.07 EUR; Estado: EV
Quién gana aquí
Historial de Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en la familia CPV 45 (Trabajos de construcción)
- GÉVORA CONSTRUCCIONES, SA 5 adjudicaciones
- ASFALTOS Y AGLOMERADOS SANTANO, S.A. 5 adjudicaciones
- Grupo Empresarial Magenta, S.A. 5 adjudicaciones
- Licitaciones adjudicadas
- 100la última, el 14/09/2026
- Baja mediana de la oferta ganadora
- 5,2 %sobre 108 adjudicaciones con precio comparable
- Con una sola oferta
- 28 %31 de 111 procedimientos que publican cuántas ofertas recibieron
116 adjudicaciones con adjudicatario identificado y 2 con adjudicatario sin identificar, que no se atribuyen a nadie. De las resoluciones publicadas en PLACSP, sin contratos menores; un adjudicatario que es una persona física no se nombra.
Con el plan Equipo: la ficha de cada competidor, avisos cuando gana y el simulador de precio con las bajas de este mercado.
Ver planesDocumentos oficiales del expediente
Abrir en PLACSP ↗| Tipo de pliego | Documento |
|---|---|
| PCAP · administrativo | DOC20260901122109PCAP subsanado 27 07 2026.PDF Abrir en la fuente oficial ↗ |
| PPT · técnico | DOC20260901132052Pliego de prescripciones tecnicas.PDF Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901122144Anexo CRC I PCAP.PDF Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901124406ANEXO VI UTE.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901124245ANEXO II BIS Criterios Cuantificables.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901124259ANEXO II Proposicion Economica.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901124344ANEXO III Declaracion Responsable.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901124321ANEXO VII Medios Externos.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901124434ANEXO IV Rolece.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901124229ANEXO II A VIII 87210.doc Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC2026090112421007 ANEXO II A VIII 87210.pdf Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Respuesta del órgano | DOC20260909110552BC3 Obra Ronda.pdf Abrir en la fuente oficial ↗ |
| PCAP · administrativo | Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC_CN2026-000479791.html Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC_CD2026-000482156.html Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | Resolucion Inicio del expediente.PDF Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | Memoria Justificativa del gasto articulo 116 28 07 2026.PDF Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | Resolucion de aprobacion del expediente.PDF Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC2026082810275505 RES MIEMBROS MESA DE CONTRATACION 87210.pdf Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC2026082810531506 DIA Ronda Sur Badajoz.pdf Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260901114621RES AMPLI PLAZO PRESENTACION 87210.pdf Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC20260909110419BC3_RSBTII.zip Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Respuesta del órgano | DOC20260909110552BC3 Obra Ronda.pdf Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANUL_CN2026-000478632.html Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC_CN2026-000463754.html Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANUL_CD2026-000478606.html Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | DOC_CD2026-000466711.html Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | Enlace al Anuncio Anterior Abrir en la fuente oficial ↗ |
| PPT · técnico | Pliego Prescripciones Técnicas Abrir en la fuente oficial ↗ |
| PCAP · administrativo | Pliego Cláusulas Administrativas Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | 07 ANEXO II A VIII 87210.pdf Abrir en la fuente oficial ↗ |
| PCAP · administrativo | Anexo CRC I PCAP subsanado 27 07 2026.PDF Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANEXO II A VIII 87210.doc Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANEXO II BIS Criterios Cuantificables.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANEXO II Proposicion Economica.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANEXO III Declaracion Responsable.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANEXO IV Rolece.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANEXO VI UTE.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANEXO VII Medios Externos.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | ANEXO VIII Declaracion Responsable PRTR.docx Abrir en la fuente oficial ↗ |
| Adicional | Enlace al Anuncio Anterior Abrir en la fuente oficial ↗ |
Lotes del expediente
2 lotes publicados por el órgano de contratación
| Lote | CPV | Presupuesto base (sin IVA) |
|---|---|---|
| 1 Ex – 310 – pk 6+140. | 45233120 | 18.773.123,23 € |
| 2 pk 6+140 – Ex 107. | 45233120 | 18.150.115,84 € |
| 2 lotes | 36.923.239,07 € en total | |
Importes sin IVA tal y como los publica la fuente. El presupuesto de la cabecera es el del expediente completo y no es comparable con el de un lote.
Requisitos extraídos del pliego
80 requisitos · extraídos automáticamente del PCAP y el PPT publicados
Lectura del pliego: 85 elementos extraídos · 84 con pasaje localizado · 4 con la frase literal comprobada.
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Criterio de adjudicación confianza alta
Evaluación de la oferta económica (criterio cuantificable de forma automática): hasta 60 puntos, calculada mediante la Fórmula C acordada por el Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de 27 de noviembre de 2025
Ver citas del pliego (2)
…1.2.-Fórmulas matemáticas a utilizar para valorar el criterio precio. Fórmula C: (Acordada por el Pleno de la junta Consultiva de Co ntratación Administrativa de 27 de noviembre de 202 5, informada por la Intervención General con fecha 26 de enero de 2026 y por la Abogacía General con fech a 30 de enero de 2026) Para determinar la puntuación económica de una oferta (P i) se procederá del siguiente modo:
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
…ejecutarse el contrato. 8 Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: abierto. IMPORTANTE: La apertura del Sobre-Archivo 1 se realizará en la primera sesión de la Mesa de contratación. En el caso de que ninguna empresa tuviera que realizar subsanaciones, y por tanto todas fuesen admitidas en la licitación, se procederá, en el acto de esta primera sesión, a la apertura del Sobre- Archivo 2 ó 3 según proceda. 8.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 8.1.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN ES AUTOMÁTICA: HASTA 75 PUNTOS. 1.- Evaluación de la oferta económica: Hasta 60 puntos. 1.1.- Puntuación máxima y mínima aplicable al criterio precio. Puntuación (P eco ) 60 puntos 1.2.-Fórmulas matemáticas a utilizar para valorar el criterio precio. Fórmula C: (Acordada por el Pleno de la junta Consultiva de Co ntratación Administrativa de 27 de noviembre de 202 5, informada por la Intervención General con fecha 26 de enero de 2026 y por la Abogacía General con fech a 30 de enero de 2026) Para determinar la puntuación económica de una oferta (P i) se procederá del siguiente modo: En función de la proposición económica, las ofertas se puntuarán entre 0 y 60 puntos de acuerdo con lo s criterios que a continuación se indican: Donde: P i = Puntuación a calcular para la oferta i-ésima. Peco = Puntuación máxima destinada al criterio precio = 60 puntos. Bi = Baja de la oferta económica i-ésima. Medida en % con relación al presupuesto base de licitación (IVA excluido) Bmáx = “Baja máxima”. En caso de que ningún B i supere el umbral para considerarlas anormalmente b ajas, B máx coincidirá con ese umbral, el cual será calculado una vez conocidas las proposiciones económicas. Si alguna/s oferta/s Fórmula A Fórmula B Fórmula C X
…Anexos II.A «MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA » y II.BIS «MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA» debidamente cumplimentado. 8.1.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN D EPENDE DE UN JUICIO DE VALOR: HASTA 25 PUNTOS. La distribución de la puntuación se hará de manera proporcional en todos los aspectos de valoración, atribuyendo la puntuación en consideración el conte nido sustancial de la documentación que en cada…
Documento adicional · pág. 9Fragmento #71391 Ver contexto
…La validación de los controles adicionales se reali zará por parte de la Dirección Facultativa durante la ejecución de la obra. Se entregará recopilación de los ensayos realizados en la Recepción de la obra. La valoración de este criterio se realizará hasta 5 puntos a la mejor oferta y proporcionalmente al re sto (regla de proporcionalidad directa), fijándose un l ímite máximo del 2 %, es decir, en el PPT se marca la obligatoriedad de gastar un 1% en los ensayos neces arios para el control de calidad, luego la ampliaci ón máxima será del 1% adicional para alcanzar el 2% final. Documentación técnica a presentar para la valoració n de los criterios establecidos en este apartado: Anexos II.A «MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA » y II.BIS «MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA» debidamente cumplimentado. 8.1.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN D EPENDE DE UN JUICIO DE VALOR: HASTA 25 PUNTOS. La distribución de la puntuación se hará de manera proporcional en todos los aspectos de valoración, atribuyendo la puntuación en consideración el conte nido sustancial de la documentación que en cada criterio se relaciona, valorándose las especialidades y peculiaridades diferenciales de cada oferta, a sí como su coherencia, viabilidad o adecuación al objeto del contrato, así como a la normativa aplicable. 1.1 Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo: hasta 20 puntos La memoria descriptiva será la base para explicitar el contenido del Programa de Trabajo. Describirá los procesos de ejecución de las activid ades más significativas de la obra, enumerando los procesos constructivos y los elementos que incorporarán los mismos. Reflejará la planificación de las actuaciones neces arias ordenándolas tanto desde un punto de vista fí sico como temporal.
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Criterio de adjudicación confianza alta
Ampliación de garantía (criterio cuantificable de forma automática): hasta 10 puntos, valorándose las ofertas que incrementen el plazo mínimo fijado en el PPT mediante regla de proporcionalidad directa (máxima puntuación a la de mayor plazo ofertado), con un límite máximo de garantía adicional de 1 AÑO (límite máximo total de DOS AÑOS)
Ver citas del pliego (1)
…Hasta 15 puntos. 2.1. Ampliación de garantía. Hasta 10 puntos Se valorarán las condiciones de la garantía ofertad as que sean superiores a los establecidos en el PCA P, y siempre por encima de unos mínimos concretos fijados en el PPT: • Ampliación plazo de garantía: hasta 10 puntos al de mayor plazo ofertado por encima del mínimo exigido en el PPT, y proporcionalmente al resto (re gla de proporcionalidad directa), fijándose un lími te…
Documento adicional · pág. 9Fragmento #71391 Ver contexto
9 superara/n tal umbral y justificara/n la baja acorde al procedimiento establecido en el artículo 149 d e la LCSP, B máx será reestablecido al alza a la mayor baja B i de entre las que hubieran sido readmitidas. (el valor numérico de los términos de la fórmula se redondeará al alza con dos decimales; sin embargo, no se aplicará el redondeo en los puntos obtenidos por las distintas ofertas, en los que únicamente se tendrá en cuenta el valor numérico resultante con dos decimales) 2.- Otros criterios de adjudicación de valoración automática: Hasta 15 puntos. 2.1. Ampliación de garantía. Hasta 10 puntos Se valorarán las condiciones de la garantía ofertad as que sean superiores a los establecidos en el PCA P, y siempre por encima de unos mínimos concretos fijados en el PPT: • Ampliación plazo de garantía: hasta 10 puntos al de mayor plazo ofertado por encima del mínimo exigido en el PPT, y proporcionalmente al resto (re gla de proporcionalidad directa), fijándose un lími te máximo de garantía de DOS AÑOS, es decir, límite máximo de garantía adicional de 1 AÑO. Durante este plazo de garantía, el contratista estará obligado a la conservación de las obras, de acuerdo con lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas y según las instrucciones que reciba de la dirección de las obras. 2.2. Extensión del control de calidad: hasta 5 puntos Las empresas licitadoras podrán ofertar un porcentaje superior, hasta un máximo del 1% adicional al mínimo del 1% del importe del presupuesto de ejecución material (PEM) establecido con carácter general, es decir, excluyendo IVA, gastos generales y beneficio indust rial, destinado para el control de calidad y asiste…
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Criterio de adjudicación confianza alta
Extensión del control de calidad (criterio cuantificable de forma automática): hasta 5 puntos, mediante regla de proporcionalidad directa a la mejor oferta, por ofertar un porcentaje adicional para control de calidad y asistencia técnica sobre el mínimo obligatorio general del 1% del PEM (excluyendo IVA, gastos generales y beneficio industrial), hasta un máximo del 1% adicional para alcanzar el 2% final
Ver citas del pliego (1)
…Las empresas licitadoras podrán ofertar un porcentaje superior, hasta un máximo del 1% adicional al mínimo del 1% del importe del presupuesto de ejecución material (PEM) establecido con carácter general, es decir, excluyendo IVA, gastos generales y beneficio indust rial, destinado para el control de calidad y asiste ncia técnica de la instalación.
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…superiores a los establecidos en el PCA P, y siempre por encima de unos mínimos concretos fijados en el PPT: • Ampliación plazo de garantía: hasta 10 puntos al de mayor plazo ofertado por encima del mínimo exigido en el PPT, y proporcionalmente al resto (re gla de proporcionalidad directa), fijándose un lími te máximo de garantía de DOS AÑOS, es decir, límite máximo de garantía adicional de 1 AÑO. Durante este plazo de garantía, el contratista estará obligado a la conservación de las obras, de acuerdo con lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas y según las instrucciones que reciba de la dirección de las obras. 2.2. Extensión del control de calidad: hasta 5 puntos Las empresas licitadoras podrán ofertar un porcentaje superior, hasta un máximo del 1% adicional al mínimo del 1% del importe del presupuesto de ejecución material (PEM) establecido con carácter general, es decir, excluyendo IVA, gastos generales y beneficio indust rial, destinado para el control de calidad y asiste ncia técnica de la instalación. La validación de los controles adicionales se reali zará por parte de la Dirección Facultativa durante la ejecución de la obra. Se entregará recopilación de los ensayos realizados en la Recepción de la obra. La valoración de este criterio se realizará hasta 5 puntos a la mejor oferta y proporcionalmente al re sto (regla de proporcionalidad directa), fijándose un l ímite máximo del 2 %, es decir, en el PPT se marca la obligatoriedad de gastar un 1% en los ensayos neces arios para el control de calidad, luego la ampliaci ón máxima será del 1% adicional para alcanzar el 2% final. Documentación técnica a presentar para la valoració n de los criterios establecidos en este apartado:…
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Criterio de adjudicación confianza alta
Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo (criterio dependiente de un juicio de valor): hasta 20 puntos, valorando la planificación física y temporal, procesos constructivos, elementos y actividades significativas
Ver citas del pliego (2)
…Describirá los procesos de ejecución de las activid ades más significativas de la obra, enumerando los procesos constructivos y los elementos que incorporarán los mismos. Reflejará la planificación de las actuaciones neces arias ordenándolas tanto desde un punto de vista fí sico como temporal.
Documento adicional · pág. 9Fragmento #71391 Ver contexto
…8.1.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN D EPENDE DE UN JUICIO DE VALOR: HASTA 25 PUNTOS. La distribución de la puntuación se hará de manera proporcional en todos los aspectos de valoración, atribuyendo la puntuación en consideración el conte nido sustancial de la documentación que en cada criterio se relaciona, valorándose las especialidades y peculiaridades diferenciales de cada oferta, a sí como su coherencia, viabilidad o adecuación al objeto del contrato, así como a la normativa aplicable. 1.1 Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo: hasta 20 puntos La memoria descriptiva será la base para explicitar el contenido del Programa de Trabajo. Describirá los procesos de ejecución de las activid ades más significativas de la obra, enumerando los procesos constructivos y los elementos que incorporarán los mismos. Reflejará la planificación de las actuaciones neces arias ordenándolas tanto desde un punto de vista fí sico como temporal.
…- La descripción de todas las actividades importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos. - La relación de las fuentes de suministro de materia les y validación de las mismas, con declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa v igente (certificados) de la fabricación de los distintos materiales a emplear en obra, dada la obligatoriedad de tales certificados. - El análisis de las necesidades de acopios y de instalaciones auxiliares.
Documento adicional · pág. 10Fragmento #71392 Ver contexto
10 Expondrá las características de los medios técnicos , haciendo referencia en su caso a las prescripcion es técnicas que sean de obligado cumplimiento. La Memoria deberá contener, al menos: - Un resumen de los medios personales y materiales qu e estiman necesarios para ejecutar el contrato. La relación de medios personales vendrá referida exclusivamente a perfiles profesionales, indicando categoría y formación de las personas a a dscribir a la ejecución del contrato. En este documento se designará al técnico titulado que el contratista propone como Delegado de obra. - La descripción de todas las actividades importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos. - La relación de las fuentes de suministro de materia les y validación de las mismas, con declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa v igente (certificados) de la fabricación de los distintos materiales a emplear en obra, dada la obligatoriedad de tales certificados. - El análisis de las necesidades de acopios y de instalaciones auxiliares. - El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos. - Desvíos provisionales y reposiciones de servicios c on sus medidas de señalización y seguridad previstas. - Las zonas previstas para préstamos y vertederos. El programa de organización del trabajo se redactará de acuerdo con las siguientes instrucciones: - El licitador realizará una planificación de la obra teniendo en cuenta los equipos humanos y materiales ofertados adscritos a cada una de las ac tividades descritas en la Memoria, debiendo justificar los rendimientos medios previstos que ga ranticen el plazo de ejecución. El Programa de trabajo deberá redactarse de modo que el plazo tota l de la obra sea el…
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Criterio de adjudicación confianza alta
Coherencia en la planificación de la obra con los equipos materiales y humanos adscritos a cada una de las actividades descritas en la memoria (juicio de valor): hasta 5 puntos, asignados por comparación otorgando la puntuación máxima a la mejor propuesta y 0 puntos a la que se limite a cumplir con el pliego/proyecto
Ver citas del pliego (1)
…1.1.1 La coherencia en la planificación de la obra con lo s equipos materiales y humanos adscritos a cada una de las actividades descritas en la memoria: hasta 5 puntos La puntuación se asignará por comparación entre las propuestas de los diferentes licitadores otorgando la puntuación máxima a la mejor propuesta y ninguno a aquella que se limite a cumplir con el pliego/proyecto. 1.1.1.1 Deberá realizarse un análisis adecuado, realista y correcto de las actividades del…
Documento adicional · pág. 10Fragmento #71392 Ver contexto
…Como consecuencia de la planificación realizada, el licitador facilitará la información siguiente: - Lista de actividades, suficientemente representativa, que permita analizar el desarrollo de las obras. - Duración estimada de cada actividad, diagrama Gant. - Comienzo y finalización más pronta y más tardía, de cada actividad, referidos al inicio de la obra, con indicación del camino crítico de la planificación. - Las inversiones mensuales previstas expresadas en porcentajes del proyecto. Para valorar la memoria de las proposiciones que hayan sido admitidas a licitación, se analizarán las materias que a continuación se relacionan, siguiendo las pautas que asimismo se detallan: 1.1.1 La coherencia en la planificación de la obra con lo s equipos materiales y humanos adscritos a cada una de las actividades descritas en la memoria: hasta 5 puntos La puntuación se asignará por comparación entre las propuestas de los diferentes licitadores otorgando la puntuación máxima a la mejor propuesta y ninguno a aquella que se limite a cumplir con el pliego/proyecto. 1.1.1.1 Deberá realizarse un análisis adecuado, realista y correcto de las actividades del proyecto que permita analizar el desarrollo de las obras, estableciendo precedencias entre actividades, y describir los procesos constructivos propuestos particularizados a la obra: hasta 3 puntos En este epígrafe, los parámetros de valoración serán:
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Criterio de adjudicación confianza alta
Análisis adecuado, realista y correcto de las actividades del proyecto para analizar el desarrollo de las obras, estableciendo precedencias entre actividades y describiendo procesos constructivos particularizados a la obra (juicio de valor): hasta 3 puntos
Ver citas del pliego (1)
…1.1.1.1 Deberá realizarse un análisis adecuado, realista y correcto de las actividades del proyecto que permita analizar el desarrollo de las obras, estableciendo precedencias entre actividades, y describir los procesos constructivos propuestos particularizados a la obra: hasta 3 puntos En este epígrafe, los parámetros de valoración serán:
Documento adicional · pág. 10Fragmento #71392 Ver contexto
…crítico de la planificación. - Las inversiones mensuales previstas expresadas en porcentajes del proyecto. Para valorar la memoria de las proposiciones que hayan sido admitidas a licitación, se analizarán las materias que a continuación se relacionan, siguiendo las pautas que asimismo se detallan: 1.1.1 La coherencia en la planificación de la obra con lo s equipos materiales y humanos adscritos a cada una de las actividades descritas en la memoria: hasta 5 puntos La puntuación se asignará por comparación entre las propuestas de los diferentes licitadores otorgando la puntuación máxima a la mejor propuesta y ninguno a aquella que se limite a cumplir con el pliego/proyecto. 1.1.1.1 Deberá realizarse un análisis adecuado, realista y correcto de las actividades del proyecto que permita analizar el desarrollo de las obras, estableciendo precedencias entre actividades, y describir los procesos constructivos propuestos particularizados a la obra: hasta 3 puntos En este epígrafe, los parámetros de valoración serán:
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Criterio de adjudicación confianza alta
Régimen de identificación de ofertas incursas en presunción de anormalidad: se calcula mediante la fórmula estadística que selecciona las ofertas cuyas bajas cumplan la condición |BOj - BM| <= sigma para determinar la baja de referencia (BR). Si empresas de un mismo grupo (artículo 42 del Código de Comercio) presentan distintas proposiciones, se tomará para la presunción de anormalidad la oferta que fuere más baja
Ver citas del pliego (2)
9 superara/n tal umbral y justificara/n la baja acorde al procedimiento establecido en el artículo 149 d e la LCSP, B máx será reestablecido al alza a la mayor baja B i de entre las que hubieran sido readmitidas. (el valor numérico de los términos de la fórmula se redondeará al alza con dos decimales;
Documento adicional · pág. 9Fragmento #71391 Ver contexto
9 superara/n tal umbral y justificara/n la baja acorde al procedimiento establecido en el artículo 149 d e la LCSP, B máx será reestablecido al alza a la mayor baja B i de entre las que hubieran sido readmitidas. (el valor numérico de los términos de la fórmula se redondeará al alza con dos decimales; sin embargo, no se aplicará el redondeo en los puntos obtenidos por las distintas ofertas, en los que únicamente se tendrá en cuenta el valor numérico resultante con dos decimales) 2.- Otros criterios de adjudicación de valoración automática: Hasta 15 puntos. 2.1. Ampliación de garantía. Hasta 10 puntos Se valorarán las condiciones de la garantía ofertad as que sean superiores a los establecidos en el PCA P, y siempre por encima de unos mínimos concretos fijados en el PPT: • Ampliación plazo de garantía: hasta 10 puntos al de mayor plazo ofertado por encima del mínimo exigido en el PPT, y proporcionalmente al resto (re gla de proporcionalidad directa), fijándose un lími te…
…En los casos anteriores si empresas pertenecientes a un mismo grupo, en la forma en que se define al grupo de empresas en el artículo 42 del Código de C omercio, presentasen distintas proposiciones se tomará, para aplicar el régimen de identificación d e las ofertas incursas en presunción de anormalidad , aquella que fuere más baja, y ello con independenci a de que presenten su oferta en solitario o…
Documento adicional · págs. 16–17Fragmento #71397 Ver contexto
…aquellas n´ ofertas cuyas bajas cumplan la condición: | BO j− BM |≤ σ o Se calculará el valor de la baja de referencia (BR) teniendo en cuenta exclusivamente las n´ ofertas seleccionadas: BR= 1 n '⋅∑ j= 1 j=n ' BO j Siendo: BOj = Bajas de las ofertas económicas de los licita dores admitidos y seleccionados por cumplir la condición | BO j− BM |≤ σ. n´ = Número total de ofertas económicas admitidas y seleccionadas por cumplir la condición | BO j− BM |≤ σ. Si, conforme a los criterios anteriores, alguna ofe rta presentara valores anormales, se estará a lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato. En los casos anteriores si empresas pertenecientes a un mismo grupo, en la forma en que se define al grupo de empresas en el artículo 42 del Código de C omercio, presentasen distintas proposiciones se tomará, para aplicar el régimen de identificación d e las ofertas incursas en presunción de anormalidad , aquella que fuere más baja, y ello con independenci a de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal, produciéndose la aplicación de los efecto s derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales a las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo. 8.2.2.- EN RELACIÓN CON EL RESTO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. No se establecen. 9.- MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación por Resolución de 14 de julio de 2026 está compuesta por: TITULARES: Presidenta: Ana María López Martín, Jefa de Servicio de Gestió n y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y…
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Criterio de adjudicación confianza alta
Resto de criterios de adjudicación (apartado 8.2.2 del CRC): No se establecen
Ver citas del pliego (1)
…8.2.2.- EN RELACIÓN CON EL RESTO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. No se establecen. 9.- MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación por Resolución de 14 de julio de 2026 está compuesta por: TITULARES: Presidenta: Ana María López Martín, Jefa de Servicio de Gestió n y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
Documento adicional · págs. 16–17Fragmento #71397 Ver contexto
…casos anteriores si empresas pertenecientes a un mismo grupo, en la forma en que se define al grupo de empresas en el artículo 42 del Código de C omercio, presentasen distintas proposiciones se tomará, para aplicar el régimen de identificación d e las ofertas incursas en presunción de anormalidad , aquella que fuere más baja, y ello con independenci a de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal, produciéndose la aplicación de los efecto s derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales a las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo. 8.2.2.- EN RELACIÓN CON EL RESTO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. No se establecen. 9.- MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación por Resolución de 14 de julio de 2026 está compuesta por: TITULARES: Presidenta: Ana María López Martín, Jefa de Servicio de Gestió n y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Secretaria: Sonia López-Carrasco Fernandez, jefa de Negociado de Contratación del Servicio Gestión y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Vocal I: La persona que ocupe la Jefatura de Servicio de Pr oyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Vocal II. Dª. Verónica Granados Rodríguez, Ingeniera de Cami nos, Canales y Puertos del Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Direcc ión General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transporte…
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Criterio de adjudicación confianza alta
Criterio de orden de adjudicación en caso de que un licitador pudiera resultar adjudicatario de ambos lotes: al estar limitada la adjudicación a un máximo de 1 lote por licitador, se asignará en primer lugar el LOTE 1
Ver citas del pliego (1)
…PCAP: Se asignará en primer lugar el LOTE 1. 1.4.- Admisión de variantes: SI NO X 2.- PODER ADJUDICADOR. ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Junta de Extremadura. Identificación: Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Ejercicio de la competencia para contratar: Secreta ría General de la Consejería de Infraestructuras, 4 Transporte y Vivienda por delegación de competencia s de fecha 16 de junio de 2026 publicada en DOE núm.
Documento adicional · págs. 1–4Fragmento #71388 Ver contexto
…1 EX – 310 – PK 6+140 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 2 PK 6+140 – EX 107 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar Sin restricciones . Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario 1 (UNO) No obstante, lo anterior en el caso excepcional de que algún lote pudiera quedar desierto y existiera el menos, un licitador interesado en conc urrir al mismo, se podrá excepcionar la regla anterior Criterio orden de adjudicación si es distinto del e stablecido en la cláusula 1.2, tercer párrafo, del PCAP: Se asignará en primer lugar el LOTE 1. 1.4.- Admisión de variantes: SI NO X 2.- PODER ADJUDICADOR. ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Junta de Extremadura. Identificación: Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Ejercicio de la competencia para contratar: Secreta ría General de la Consejería de Infraestructuras, 4 Transporte y Vivienda por delegación de competencia s de fecha 16 de junio de 2026 publicada en DOE núm. 117 de19 de junio de 2026. Dirección Postal: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz”, Avda. de las Comunidades, s/n. 06800 Mérida (Badajoz) NIF del Órgano de Contratación: S06110011 Dirección Registro General del Órgano de Contrataci ón: Avda. Valhondo, s/n, Edificio III Milenio, Módulo 5 - 06800 Mérida (Badajoz) Fax: 924 332375 E-mail: contratacion.infratv@juntaex.es Perfil de contratante: De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la LCSP 9/17 es accesible a través de la siguiente dirección de internet: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/perfilcontratante 3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN.…
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Criterio de adjudicación confianza alta
Criterios de preferencia en la adjudicación en caso de empate: preferencia para empresas con más de un 2% de trabajadores con discapacidad, empresas de inserción (Ley 44/2007, de 13 de diciembre) o empresas socialmente responsables (Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de Extremadura)
Ver citas del pliego (1)
…- Porcentaje de trabajadores con discapacidad: ____ %. Empresa de inserción, según la Ley 44/2007, de 13 de diciembre. Empresa socialmente responsable, de conformidad con la Ley 15 /2010, de 9 de 41 Indicar el lote en caso de licitación por lotes.
Documento adicional · págs. 22–23Fragmento #71497 Ver contexto
…otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio41. Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio (indicar nombre de las otras empresas): Preferencia en la adjudicación, en caso de empate. Respuesta: 69.- El operador económico cumple los requisitos legales exigidos para que le sea aplicable la preferencia en la adjudicación, en caso de empate: [ ]SI [ ]NO En caso afirmativo, Indicar cuál/cuales de los siguientes criterios cumple: Empresa con más de un 2 % de trabajadores con discapacidad. - Porcentaje de trabajadores con discapacidad: ____ %. Empresa de inserción, según la Ley 44/2007, de 13 de diciembre. Empresa socialmente responsable, de conformidad con la Ley 15 /2010, de 9 de 41 Indicar el lote en caso de licitación por lotes.
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Clasificación confianza alta
Lote 1: Clasificación obligatoria del contratista de obras en el Grupo A (Desmontes y vaciados), Subgrupo 2 (Explanaciones), Categoría 5
Ver citas del pliego (3)
…5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera:
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO EX – 310 – PK 6+140 . 18.773.123,23 € -Costes directos:15.262.70 1,81€ -Costes indirectos: 7.452.777,30 € 3.942.355,88 € 22.715.479,11 € 18.773.123,23 € LOTE Nº 2 PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN, DESGLOSAD O EN: IVA IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO PK 6+140 – EX 107 18.150.115,84 € -Costes directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el…
…Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC.
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”. 3.3.- SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN. T odos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano de contratación en el apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 83 y del 86 al 95 de la LCSP y su normativa de desarrollo. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros , el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras, en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación en el ap artado 5.2 , primer punto del CRC, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio…
…CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de…
PCAP · pág. 18Fragmento #71169 Ver contexto
…según el tipo de persona jurídica de que se trate. B. Documentos que acrediten, en su caso, la representación: Copia auténtica o legitimada notarialmente del DNI /NIE o documento equivalente si no tuviera nacionalidad española del firmante de la proposición económica, así como del poder bastante para obligar a la empresa por la que licita. C. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los licitadores , para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros, deberán acreditar su solvencia mediante su clasificación como contratista en el/los Grupo/s, Subgrupo/s, y Categoría/s mínimas de clasificación especificados en el apartado 5.1 del CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental: si así se prevé en el CRC, motivadamente, al amparo de lo previsto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, en
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Clasificación confianza alta
Lote 1: Clasificación obligatoria del contratista de obras en el Grupo B (Puentes, viaductos y grandes estructuras), Subgrupo 3 (De hormigón armado), Categoría 5
Ver citas del pliego (3)
…5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera:
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO EX – 310 – PK 6+140 . 18.773.123,23 € -Costes directos:15.262.70 1,81€ -Costes indirectos: 7.452.777,30 € 3.942.355,88 € 22.715.479,11 € 18.773.123,23 € LOTE Nº 2 PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN, DESGLOSAD O EN: IVA IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO PK 6+140 – EX 107 18.150.115,84 € -Costes directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el…
…Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC.
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”. 3.3.- SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN. T odos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano de contratación en el apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 83 y del 86 al 95 de la LCSP y su normativa de desarrollo. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros , el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras, en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación en el ap artado 5.2 , primer punto del CRC, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio…
…CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de…
PCAP · pág. 18Fragmento #71169 Ver contexto
…según el tipo de persona jurídica de que se trate. B. Documentos que acrediten, en su caso, la representación: Copia auténtica o legitimada notarialmente del DNI /NIE o documento equivalente si no tuviera nacionalidad española del firmante de la proposición económica, así como del poder bastante para obligar a la empresa por la que licita. C. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los licitadores , para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros, deberán acreditar su solvencia mediante su clasificación como contratista en el/los Grupo/s, Subgrupo/s, y Categoría/s mínimas de clasificación especificados en el apartado 5.1 del CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental: si así se prevé en el CRC, motivadamente, al amparo de lo previsto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, en
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Clasificación confianza alta
Lote 1: Clasificación obligatoria del contratista de obras en el Grupo G (Viales y pistas), Subgrupo 4 (Con firmes de mezclas bituminosas), Categoría 5
Ver citas del pliego (3)
…5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera:
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO EX – 310 – PK 6+140 . 18.773.123,23 € -Costes directos:15.262.70 1,81€ -Costes indirectos: 7.452.777,30 € 3.942.355,88 € 22.715.479,11 € 18.773.123,23 € LOTE Nº 2 PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN, DESGLOSAD O EN: IVA IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO PK 6+140 – EX 107 18.150.115,84 € -Costes directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el…
…Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC.
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”. 3.3.- SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN. T odos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano de contratación en el apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 83 y del 86 al 95 de la LCSP y su normativa de desarrollo. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros , el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras, en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación en el ap artado 5.2 , primer punto del CRC, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio…
…CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de…
PCAP · pág. 18Fragmento #71169 Ver contexto
…según el tipo de persona jurídica de que se trate. B. Documentos que acrediten, en su caso, la representación: Copia auténtica o legitimada notarialmente del DNI /NIE o documento equivalente si no tuviera nacionalidad española del firmante de la proposición económica, así como del poder bastante para obligar a la empresa por la que licita. C. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los licitadores , para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros, deberán acreditar su solvencia mediante su clasificación como contratista en el/los Grupo/s, Subgrupo/s, y Categoría/s mínimas de clasificación especificados en el apartado 5.1 del CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental: si así se prevé en el CRC, motivadamente, al amparo de lo previsto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, en
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Clasificación confianza alta
Lote 2: Clasificación obligatoria del contratista de obras en el Grupo A (Desmontes y vaciados), Subgrupo 2 (Explanaciones), Categoría 5
Ver citas del pliego (3)
…5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera:
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO EX – 310 – PK 6+140 . 18.773.123,23 € -Costes directos:15.262.70 1,81€ -Costes indirectos: 7.452.777,30 € 3.942.355,88 € 22.715.479,11 € 18.773.123,23 € LOTE Nº 2 PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN, DESGLOSAD O EN: IVA IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO PK 6+140 – EX 107 18.150.115,84 € -Costes directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el…
…Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC.
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”. 3.3.- SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN. T odos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano de contratación en el apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 83 y del 86 al 95 de la LCSP y su normativa de desarrollo. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros , el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras, en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación en el ap artado 5.2 , primer punto del CRC, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio…
…CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de…
PCAP · pág. 18Fragmento #71169 Ver contexto
…según el tipo de persona jurídica de que se trate. B. Documentos que acrediten, en su caso, la representación: Copia auténtica o legitimada notarialmente del DNI /NIE o documento equivalente si no tuviera nacionalidad española del firmante de la proposición económica, así como del poder bastante para obligar a la empresa por la que licita. C. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los licitadores , para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros, deberán acreditar su solvencia mediante su clasificación como contratista en el/los Grupo/s, Subgrupo/s, y Categoría/s mínimas de clasificación especificados en el apartado 5.1 del CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental: si así se prevé en el CRC, motivadamente, al amparo de lo previsto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, en
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Clasificación confianza alta
Lote 2: Clasificación obligatoria del contratista de obras en el Grupo B (Puentes, viaductos y grandes estructuras), Subgrupo 3 (De hormigón armado), Categoría 5
Ver citas del pliego (3)
…5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera:
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO EX – 310 – PK 6+140 . 18.773.123,23 € -Costes directos:15.262.70 1,81€ -Costes indirectos: 7.452.777,30 € 3.942.355,88 € 22.715.479,11 € 18.773.123,23 € LOTE Nº 2 PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN, DESGLOSAD O EN: IVA IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO PK 6+140 – EX 107 18.150.115,84 € -Costes directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el…
…Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC.
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”. 3.3.- SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN. T odos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano de contratación en el apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 83 y del 86 al 95 de la LCSP y su normativa de desarrollo. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros , el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras, en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación en el ap artado 5.2 , primer punto del CRC, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio…
…CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de…
PCAP · pág. 18Fragmento #71169 Ver contexto
…según el tipo de persona jurídica de que se trate. B. Documentos que acrediten, en su caso, la representación: Copia auténtica o legitimada notarialmente del DNI /NIE o documento equivalente si no tuviera nacionalidad española del firmante de la proposición económica, así como del poder bastante para obligar a la empresa por la que licita. C. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los licitadores , para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros, deberán acreditar su solvencia mediante su clasificación como contratista en el/los Grupo/s, Subgrupo/s, y Categoría/s mínimas de clasificación especificados en el apartado 5.1 del CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental: si así se prevé en el CRC, motivadamente, al amparo de lo previsto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, en
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Clasificación confianza alta
Clasificación en Uniones Temporales de Empresas: todas las empresas que concurran agrupadas deben estar clasificadas como empresa de obras, siendo la clasificación resultante la acumulación de las mismas conforme al artículo 69.6 de la LCSP y artículo 52 del RGLCAP
Ver citas del pliego (1)
…Si concurrieran varios licitadores en unión temporal la clasificación de esta será la resultante de su acumulación, de conformidad con el artículo 69.6 de la LCSP y el artículo 52 del RGLCAP . En todo caso, todas las empresas que concurran agrupadas deben estar clasificadas como empresa de obras, sin perjuicio de lo previsto para empresas que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de un…
PCAP · pág. 7Fragmento #71158 Ver contexto
…debiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 211.1. f) de la LCSP, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.1 de la LCSP y artículo 16 de la LCPSREx, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. En los supuestos en los que los licitadores concurran bajo la forma de Unión T emporal de Empresas o promesa de constitución de la misma, de resultar adjudicatarios, la solvencia acreditada por cada uno de sus miembros se acumulará a la de los restantes, a efectos de valorar si reúnen los requisitos mínimos exigidos en el correspondiente apartado del CRC. Si concurrieran varios licitadores en unión temporal la clasificación de esta será la resultante de su acumulación, de conformidad con el artículo 69.6 de la LCSP y el artículo 52 del RGLCAP . En todo caso, todas las empresas que concurran agrupadas deben estar clasificadas como empresa de obras, sin perjuicio de lo previsto para empresas que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo conforme al artículo 69.5 de la LCSP. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y gestión medioambiental. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes u otras pruebas de medidas equivalentes, si así se prevé en el apartado 5.3 del CRC, que acrediten que el licitador cumple determinadas normas de garantía de la calidad o de gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado…
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Plazo confianza alta
Plazo de presentación de proposiciones: TREINTA Y SEIS (36) DÍAS NATURALES contados desde el envío del anuncio a la oficina de publicaciones del DOUE, con hora límite de presentación a las 15:00 horas (prorrogándose hasta las 15:00 horas del primer día hábil siguiente si el último día fuera inhábil)
Ver citas del pliego (2)
… Plazo de presentación de proposiciones: TREINTA Y SEIS (36) DÍAS NATURALES desde el envío del anuncio a la oficina de publicaciones del DOUE, Hora lími3a para su presentación a las 15:00 horas. No obstante, si el último día del plazo fuera inhábil, este se entenderá prorrogado hasta las 15:00 horas del primer día hábil siguiente. Plazo de adjudicación: el establecido en el artículo 158.2 de la LCSP. 16.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y RECEPCIÓN.
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…3: Los documentos que puede presentar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.1 de este CRC. La proposición económica se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo II.«MODELO DE PROPOSICIÒN ECONÓMICA». Los criterios de adjudicación de valoración automática conforme al modelo establecido en el Anexo II BIS. « MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA». En caso de licitación por lotes del objeto de contr ato: Se presentará un sobre-archivo 3 por cada uno de los lotes a los que presente oferta. 15.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DE ADJUDICACIÓN. Plazo de presentación de proposiciones: TREINTA Y SEIS (36) DÍAS NATURALES desde el envío del anuncio a la oficina de publicaciones del DOUE, Hora lími3a para su presentación a las 15:00 horas. No obstante, si el último día del plazo fuera inhábil, este se entenderá prorrogado hasta las 15:00 horas del primer día hábil siguiente. Plazo de adjudicación: el establecido en el artículo 158.2 de la LCSP. 16.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y RECEPCIÓN.
…Los sobres -archivos se firmarán electrónicamente y, se enviarán a través del módulo de licitación electrónica de la PLACSP, dentro del plazo y hora fijados en el anuncio de licitación y en el apartado 15 del CRC, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 156 de la LCSP. En el caso de contrato financiado con el PRTR por tramitación de urgencia, se estará a lo dispuesto en el artículo 50 del RDL 36/2020 y, en los artículos 29 y 30 del DL 3/2021.
PCAP · pág. 11Fragmento #71162 Ver contexto
…claros, según el model o correspondiente fijado en el Anexo II y deberá ir debidamente firmada (firma electrónica avanzada) por el licitador o persona que lo represente. Si fuera el licitador una unión de empresarios la oferta debe ser firmada por los representantes de las mismas. 2. Además, se adjuntará la DOCUMENTACIÓN que haya de servir PARA LA VALORACIÓN del resto DE CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA , especificados en el apartado 8.1.1 del CRC. El órgano de c ontratación deberá señalar la fórmula elegida para la valoración de la oferta económica de entre las establecidas en el CRC, eliminando las que no correspondan. 4.6.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Los sobres -archivos se firmarán electrónicamente y, se enviarán a través del módulo de licitación electrónica de la PLACSP, dentro del plazo y hora fijados en el anuncio de licitación y en el apartado 15 del CRC, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 156 de la LCSP. En el caso de contrato financiado con el PRTR por tramitación de urgencia, se estará a lo dispuesto en el artículo 50 del RDL 36/2020 y, en los artículos 29 y 30 del DL 3/2021. El cierre de la oferta en el equipo del licitador no supondrá el envío a ningún efecto y si no se hubiere remitido la oferta a la PLACSP se tendrá por no presentada. Una vez remitida electrónicamente la documentación, ésta no podrá ser retirada salvo que la retirada sea justificada. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres-archivos hasta el momento de su apertura, el órgano de contratación a través de la configuración de los mismos en la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas de la PLACSP cifrará dichos sobres-archivos en el envío. Una vez realizada la presentación, dicha herramienta proporcionará a l licitador un justificante de envío,…
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Plazo confianza alta
Lote 1: Plazo de ejecución total de VEINTISEIS (26) MESES, computados a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación de replanteo
Ver citas del pliego (1)
… Lote 1: VEINTISEIS (26) MESES. Lote 2: VEINTISEIS (26) MESES. Plazos de ejecución parciales: No se establecen. Plazo de recepción total: No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS.
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
20 Plazo de ejecución total: La duración para este contrato de obras ser á de, a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación de replanteo. Lote 1: VEINTISEIS (26) MESES. Lote 2: VEINTISEIS (26) MESES. Plazos de ejecución parciales: No se establecen. Plazo de recepción total: No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto…
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Plazo confianza alta
Lote 2: Plazo de ejecución total de VEINTISEIS (26) MESES, computados a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación de replanteo
Ver citas del pliego (1)
… Lote 1: VEINTISEIS (26) MESES. Lote 2: VEINTISEIS (26) MESES. Plazos de ejecución parciales: No se establecen. Plazo de recepción total: No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS.
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
20 Plazo de ejecución total: La duración para este contrato de obras ser á de, a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación de replanteo. Lote 1: VEINTISEIS (26) MESES. Lote 2: VEINTISEIS (26) MESES. Plazos de ejecución parciales: No se establecen. Plazo de recepción total: No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto…
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Plazo confianza alta
Plazos de ejecución parciales: No se establecen
Ver citas del pliego (1)
…No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP.
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
20 Plazo de ejecución total: La duración para este contrato de obras ser á de, a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación de replanteo. Lote 1: VEINTISEIS (26) MESES. Lote 2: VEINTISEIS (26) MESES. Plazos de ejecución parciales: No se establecen. Plazo de recepción total: No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los…
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Plazo confianza alta
Plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato: el contratista comunicará por escrito a la Dirección facultativa la fecha prevista para la terminación de las obras con una antelación mínima de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES
Ver citas del pliego (2)
…CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
20 Plazo de ejecución total: La duración para este contrato de obras ser á de, a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación de replanteo. Lote 1: VEINTISEIS (26) MESES. Lote 2: VEINTISEIS (26) MESES. Plazos de ejecución parciales: No se establecen. Plazo de recepción total: No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad…
…20.1.- AVISO DE TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contratista, con una antelación de cuarenta y cinco días hábiles, comunicará por escrito a la Dirección facultativa de la obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción, debiendo seguirse los trámites relacionados en el artículo 163 del RGLCAP,…
PCAP · pág. 38Fragmento #71189 Ver contexto
…o mal ejecutados a que hace referencia el apartado anterior no decae por el hecho de que estos defectos hayan sido conocidos por representantes de la Administración. La recepción del objeto del contrato no exonera al contratista o a los funcionarios con facultades de dirección de los defectos e improvisaciones en que hayan podido incurrir. 19.3.- De advertirse por la Dirección facultativa, vicios o defec tos en el trabajo o en parte del trabajo realizado, podrá rechazar motivadamente los que no estime satisfactorios. El contratista en el plazo de diez días podrá alegar lo que estime oportuno al respecto. CLÁUSULA 20. ACTUACIONES RELATIVAS A LA TERMINACIÓN DE LAS OBRAS. 20.1.- AVISO DE TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contratista, con una antelación de cuarenta y cinco días hábiles, comunicará por escrito a la Dirección facultativa de la obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción, debiendo seguirse los trámites relacionados en el artículo 163 del RGLCAP, salvo en aquellos casos en los que la duración del contrato no permita cumplir con los plazos de los trámites indicados en el citado artículo 163, siéndoles de aplicación los señalados en el apartado 16 del CRC. Si llegado el fin del plazo de ejecución del contrato señalado en el apartado 1 6 del CRC el contratista no hubiera realizado la comunicación indicada en el párrafo anterior para proceder a la recepción de las obras, incurrirá automáticamente en mora, pudiendo entonces el órgano de contratación acordar la resolución del contrato o imponer las penalidades que se indican en la cláusula 28 de este pliego. Cuando los retrasos no fueran imputables al contratista y éste…
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Plazo confianza alta
Plazo de presentación del programa de trabajo: TREINTA (30) DÍAS NATURALES a contar desde la formalización del contrato
Ver citas del pliego (1)
…SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) :
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA. Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) : SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de A a D deben cumplimentarse: A B C D Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1: No se establece. Si en el apartado 19.2 del CRC se establece la obli gación de indicar por el licitador la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, se debe aportar declaración en que manifieste su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de finido por referencia a las condiciones de…
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Solvencia económica confianza alta
Lote 1: Para empresas exentas de la exigencia de clasificación (artículo 78 de la LCSP), volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior al 50% del valor anual medio: 4.332.259,21 €. Se acreditará mediante cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente, o libros de inventarios y cuentas anuales legalizados para empresarios individuales no inscritos
Ver citas del pliego (1)
…5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas…
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercanti l. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: No se establecen. Acreditación de la solvencia…
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Solvencia económica confianza alta
Lote 2: Para empresas exentas de la exigencia de clasificación (artículo 78 de la LCSP), volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior al 50% del valor anual medio: 4.188.488,27 €. Se acreditará mediante cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente, o libros de inventarios y cuentas anuales legalizados para empresarios individuales no inscritos
Ver citas del pliego (1)
…5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas…
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercanti l. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: No se establecen. Acreditación de la solvencia…
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Solvencia económica confianza alta
Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: No se establecen
Ver citas del pliego (1)
… Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: No se establecen. Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercanti l. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: No se establecen. Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
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Solvencia económica confianza alta
Integración de la solvencia económica y financiera con medios externos: compromiso por escrito de las entidades a las que se recurra (artículo 75.2 de la LCSP) demostrando que dispone efectivamente de los medios para la ejecución del contrato, empleando el modelo del Anexo VII
Ver citas del pliego (2)
…Integración de la solvencia con medios externos: si el licitador recurre a otras empresas para acreditar la solvencia, deberá aportar el compromiso (artículo 75.2 de la LCSP) por escrito de dichas entidades, que demuestre que dispone efectivamente para la ejecución del contrato de la solvencia y medios declarados, para lo cual se empleará el modelo de declaración del Anexo VII.
PCAP · pág. 19Fragmento #71170 Ver contexto
19 los contratos sujetos a regulación armonizada, el licitador deberá aportar los certificados u otras pruebas de medidas equivalentes indicados en el apartado 5.3 del CRC, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación. Integración de la solvencia con medios externos: si el licitador recurre a otras empresas para acreditar la solvencia, deberá aportar el compromiso (artículo 75.2 de la LCSP) por escrito de dichas entidades, que demuestre que dispone efectivamente para la ejecución del contrato de la solvencia y medios declarados, para lo cual se empleará el modelo de declaración del Anexo VII. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán justificar documentalmente los apartados A, B, C, D, G y H. D. Habilitación empresarial o profesional. En el caso que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial o profesional de acuerdo con el apartado 6 del CRC, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma en la forma indicada en dicho apartado del CRC. E. Adscripción de medios personales y materiales. La documentación acreditativa, si procede, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (artículo 76.2 de la LCSP) , de la forma indicada en el apartado 7 del CRC. F.…
…En ambos casos habrá que estar a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP. No obstante, se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, si así se establece en el apartado 20.1 del CRC con indicación de los trabajos a los que se refiera.
PCAP · pág. 7Fragmento #71158 Ver contexto
7 prohibición de contratar, mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. En ambos casos habrá que estar a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP. No obstante, se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, si así se establece en el apartado 20.1 del CRC con indicación de los trabajos a los que se refiera. En caso de resultar adjudicatario, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración. El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este pliego, podrá exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, que deberán concretar en su oferta (artículo 76.2 de la LCSP), según el modelo…
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Exclusión confianza alta
Prohibición de contratar por condena en sentencia firme dictada en los cinco años anteriores o plazo aplicable por delitos de participación en organización delictiva, corrupción, fraude, terrorismo, blanqueo de capitales o trata de seres humanos (artículo 71 de la LCSP y artículo 57.1 de la Directiva 2014/24/UE)
Ver citas del pliego (2)
…• No estar incursas en alguna de las prohibiciones para contratar comprendidas en el artículo 71 de la LCSP, con los efectos establecidos en el artículo 73 de la citada norma.
PCAP · pág. 5Fragmento #71156 Ver contexto
…preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, cuando el órgano de contratación, después de adoptar las medidas adecuadas, no pueda garantizar que dicha participación no falsee la competencia o que no se le ha dispensado un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras; previa audiencia a dichas empresas. • No se encuentren dentro de ninguna de las causas de incompatibilidad y/o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. • No estar incursas en alguna de las prohibiciones para contratar comprendidas en el artículo 71 de la LCSP, con los efectos establecidos en el artículo 73 de la citada norma.
…El artículo 71 de la LCSP establece las prohibiciones de contratar , y, para los contratos sujetos a regulación armonizada, tener también en cuenta el artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE que establece los siguientes motivos de exclusión: 1. Participación en una organización delictiva11. 2. Corrupción12. 3. Fraude13. 4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas14. 5. Blanqueo de capitales o financiación de terrorismo15.
Documento adicional · págs. 9–10Fragmento #71491 Ver contexto
9 PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN. A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. El artículo 71 de la LCSP establece las prohibiciones de contratar , y, para los contratos sujetos a regulación armonizada, tener también en cuenta el artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE que establece los siguientes motivos de exclusión: 1. Participación en una organización delictiva11. 2. Corrupción12. 3. Fraude13. 4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas14. 5. Blanqueo de capitales o financiación de terrorismo15. 6. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos16. Motivos referidos a condenas penales por los motivos enunciados en el artículo 71 de la LCSP y 57, apartado 1, de la Directiva: Respuesta: 36.- ¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable? [ ]SI [ ]NO…
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Exclusión confianza alta
Prohibición de contratar por estar incurso en causas de incompatibilidad o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Ver citas del pliego (2)
…• No se encuentren dentro de ninguna de las causas de incompatibilidad y/o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. • No estar incursas en alguna de las prohibiciones para contratar comprendidas en el artículo 71 de la LCSP, con los efectos establecidos en el artículo 73 de la citada norma.
PCAP · pág. 5Fragmento #71156 Ver contexto
…plena capacidad de obrar: • No se hallen incursas en las circunstancias del artículo 70 de la LCSP. Por tanto, solo podrán ser excluidas de las licitaciones las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, cuando el órgano de contratación, después de adoptar las medidas adecuadas, no pueda garantizar que dicha participación no falsee la competencia o que no se le ha dispensado un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras; previa audiencia a dichas empresas. • No se encuentren dentro de ninguna de las causas de incompatibilidad y/o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. • No estar incursas en alguna de las prohibiciones para contratar comprendidas en el artículo 71 de la LCSP, con los efectos establecidos en el artículo 73 de la citada norma.
…14 50.- ¿Está el operador económico incurso en alguna de las causas de incompatibilidad y/o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura? En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO…
Documento adicional · págs. 13–15Fragmento #71493 Ver contexto
…en el procedimiento de contratación? En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………] 26 No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en uno de los supuestos contemplados en las letras a) a f) tiene carácter obligatorio en virtud de la legislación nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato. 27 En su caso, véanse las definiciones en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación. 28 Según lo señalado en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación. 14 50.- ¿Está el operador económico incurso en alguna de las causas de incompatibilidad y/o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura? En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………] 51.- ¿Ha asesorado el operador económico o alguna empresa relacion ada con él al poder adjudicador o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación? (a rtículo 70 de la LCSP) En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………] 52.- ¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior ? En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………] En caso afirmativo , ¿ha adoptado el operador…
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Exclusión confianza alta
Exclusión por participación o asesoramiento previo: haber participado en la elaboración de especificaciones técnicas o documentos preparatorios del contrato o asesorado al órgano de contratación cuando no pueda garantizarse el cumplimiento del principio de igualdad de trato y la no distorsión de la competencia (artículo 70 de la LCSP)
Ver citas del pliego (2)
…Por tanto, solo podrán ser excluidas de las licitaciones las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, cuando el órgano de contratación, después de adoptar las medidas adecuadas, no pueda garantizar que dicha…
PCAP · pág. 5Fragmento #71156 Ver contexto
…sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en el PCAP para poder participar en el procedimiento de adjudicación. 3.2.- CONDICIONES ESPECIALES DE COMPATIBILIDAD Y PROHIBICIONES DE CONTRATAR. Estarán facultadas para contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar: • No se hallen incursas en las circunstancias del artículo 70 de la LCSP. Por tanto, solo podrán ser excluidas de las licitaciones las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, cuando el órgano de contratación, después de adoptar las medidas adecuadas, no pueda garantizar que dicha participación no falsee la competencia o que no se le ha dispensado un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras; previa audiencia a dichas empresas. • No se encuentren dentro de ninguna de las causas de incompatibilidad y/o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. • No estar incursas en alguna de las prohibiciones para contratar comprendidas en el artículo 71 de la LCSP, con los efectos establecidos en el artículo 73 de la citada norma.
…Extremadura? En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………] 51.- ¿Ha asesorado el operador económico o alguna empresa relacion ada con él al poder adjudicador o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación? (a rtículo 70 de la LCSP) En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………]…
Documento adicional · págs. 13–15Fragmento #71493 Ver contexto
…obligatorio en virtud de la legislación nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato. 27 En su caso, véanse las definiciones en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación. 28 Según lo señalado en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación. 14 50.- ¿Está el operador económico incurso en alguna de las causas de incompatibilidad y/o conflicto de intereses previstos en la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura? En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………] 51.- ¿Ha asesorado el operador económico o alguna empresa relacion ada con él al poder adjudicador o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación? (a rtículo 70 de la LCSP) En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………] 52.- ¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior ? En caso afirmativo, especifíquese: [ ]SI [ ]NO [……………] En caso afirmativo , ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras? [ ]SI [ ]NO Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas : [……………] 53.- ¿El operador económico: a) Ha sido declarado culpable de falsedad grave al proporcionar la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o el cumplimiento…
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Exclusión confianza alta
Prohibición de contratar por sanción con carácter firme por infracción muy grave en materia laboral o social de acuerdo con el TRLISOS (Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto), o por la infracción grave prevista en su artículo 22.2
Ver citas del pliego (1)
…Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, así como por la infracción grave prevista en el artículo 22.2 del citado texto legal. Tampoco podrán contratar, en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, las que no cumplan el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de…
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
6 En particular, no podrán contratar con la Administración ni participar en la licitación las personas naturales o jurídicas que hubieran sido sancionadas con carácter firme por infracción muy grave en materia laboral o social, de acuerdo con lo dispuesto en el T exto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, así como por la infracción grave prevista en el artículo 22.2 del citado texto legal. Tampoco podrán contratar, en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, las que no cumplan el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, o no hayan adoptado las medidas alternativas, desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. Así mismo y, en el caso de empresas de cincuenta o más trabajadores, no podrán contratar con la Administración, cuando aquellas no cumplan la…
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Exclusión confianza alta
Prohibición de contratar para empresas de 50 o más trabajadores que no cumplan la cuota de reserva legal de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013) o las medidas alternativas autorizadas (Real Decreto 364/2005)
Ver citas del pliego (1)
…conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, o no hayan adoptado las medidas alternativas, desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 364/2005, de 8 de…
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
6 En particular, no podrán contratar con la Administración ni participar en la licitación las personas naturales o jurídicas que hubieran sido sancionadas con carácter firme por infracción muy grave en materia laboral o social, de acuerdo con lo dispuesto en el T exto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, así como por la infracción grave prevista en el artículo 22.2 del citado texto legal. Tampoco podrán contratar, en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, las que no cumplan el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, o no hayan adoptado las medidas alternativas, desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. Así mismo y, en el caso de empresas de cincuenta o más trabajadores, no podrán contratar con la Administración, cuando aquellas no cumplan la obligación de contar con un plan de igualdad. • No hayan sido sancionados con la prohibición de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, que establece que “la autoridad sancionadora competente podrá acordar, además, en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad…
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Exclusión confianza alta
Prohibición de contratar para empresas de 50 o más trabajadores que no cumplan la obligación legal de contar con un plan de igualdad
Ver citas del pliego (1)
…Así mismo y, en el caso de empresas de cincuenta o más trabajadores, no podrán contratar con la Administración, cuando aquellas no cumplan la obligación de contar con un plan de igualdad. • No hayan sido sancionados con la prohibición de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, que establece que “la autoridad sancionadora…
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…de 50 o más trabajadores, las que no cumplan el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, o no hayan adoptado las medidas alternativas, desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. Así mismo y, en el caso de empresas de cincuenta o más trabajadores, no podrán contratar con la Administración, cuando aquellas no cumplan la obligación de contar con un plan de igualdad. • No hayan sido sancionados con la prohibición de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, que establece que “la autoridad sancionadora competente podrá acordar, además, en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”. 3.3.- SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN. T odos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano de contratación en el apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 83 y del 86 al 95 de la…
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Exclusión confianza alta
Prohibición de contratar por sanción con prohibición de contratar conforme al artículo 34.3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (hasta dos años en infracciones graves y hasta cinco años en muy graves)
Ver citas del pliego (1)
…34.3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, que establece que “la autoridad sancionadora competente podrá acordar, además, en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”.
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, o no hayan adoptado las medidas alternativas, desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. Así mismo y, en el caso de empresas de cincuenta o más trabajadores, no podrán contratar con la Administración, cuando aquellas no cumplan la obligación de contar con un plan de igualdad. • No hayan sido sancionados con la prohibición de contratar, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, que establece que “la autoridad sancionadora competente podrá acordar, además, en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”. 3.3.- SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN. T odos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano de contratación en el apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 83 y del 86 al 95 de la LCSP y su normativa de desarrollo. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los…
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Exclusión confianza alta
Prohibición de presentación de proposiciones múltiples: cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir proposiciones en unión temporal si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal; la infracción dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones suscritas
Ver citas del pliego (1)
…Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad de las cláusulas del presente PCAP, del CRC anexo y del proyecto de obras, sin reserva ni salvedad alguna.
PCAP · pág. 11Fragmento #71162 Ver contexto
…Una vez realizada la presentación, dicha herramienta proporcionará a l licitador un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo de la PLACSP. T odas las proposiciones recibidas electrónicamente a través de la PLACSP serán custodiadas y encriptadas sin posibilidad de acceder a su contenido en ningún caso hast a que se constituya la Mesa de c ontratación para realizar las actuaciones correspondientes, siendo el procedimiento a seguir para la apertura electrónica de las proposiciones el establecido en la cláusula 7 del presente pliego. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad de las cláusulas del presente PCAP, del CRC anexo y del proyecto de obras, sin reserva ni salvedad alguna. 4.7.- La adjudicación se realizará en los términos establecidos en el presente pliego y en lo previsto en los artículos 156 a 158 de la LCSP. 4.8.- Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los que se establecen en el CRC, y con la ponderación que en el mismo se recoge, de conformidad con el artículo 146.2 de la LCSP. En dicho apartado se indicará igualmente qué criterios se valorarán de forma automática y cuáles necesitan para su valoración de un juicio de valor. En el caso de que el procedimiento de adjudicación establezca unos requisitos mínimos para valorar los aspectos técnicos de la oferta o se articule en fases sucesivas, se indicará igualmente en el CRC cómo…
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Exclusión confianza alta
Causa de exclusión por infracción del secreto de las proposiciones: en el Sobre-Archivo 2 no se admitirá ningún dato que ponga de manifiesto información relevante sobre los criterios de adjudicación de valoración automática del Sobre-Archivo 3; de concurrir, la Mesa de contratación podrá determinar la exclusión del licitador
Ver citas del pliego (2)
… (*) IMPORTANTE: En este sobre-archivo no se admitirá ningún dato qu e ponga de manifiesto información relevante sobre los criterios de adjudi cación de valoración automática del Sobre- Archivo 3. De concurrir dicha circunstancia, la Mes a de contratación podrá determinar la exclusión del licitador correspondiente. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 3:
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…o técnica, de los subcontrati stas a los que se vaya a encomendar su realización. En caso de licitación por lotes del objeto de contrato: Un (1) solo sobre-archivo 1 indicando el lote o números de lotes a los que licite, para ello deberá cumplimentar de acuerdo con su oferta el apartado 25 del Anexo III «DECLARACIÓN RESPONSABLE» A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 2: Los documentos no excluyentes (*) que puede present ar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.2 de este CRC. En caso de licitación por lotes del objeto de contr ato: Se presentará un sobre-archivo 2 por cada uno de los lotes a los que presente oferta. (*) IMPORTANTE: En este sobre-archivo no se admitirá ningún dato qu e ponga de manifiesto información relevante sobre los criterios de adjudi cación de valoración automática del Sobre- Archivo 3. De concurrir dicha circunstancia, la Mes a de contratación podrá determinar la exclusión del licitador correspondiente. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 3: Los documentos que puede presentar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.1 de este CRC. La proposición económica se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo II.«MODELO DE PROPOSICIÒN ECONÓMICA». Los criterios de adjudicación de valoración automática conforme al modelo establecido en el Anexo II BIS. « MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA». En caso de licitación por lotes del objeto de contr ato: Se presentará un sobre-archivo 3 por cada uno de los lotes a los que presente oferta. 15.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DE ADJUDICACIÓN. Plazo de…
…SOBRE-ARCHIVO 3: OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN PARA VALORACIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA (en los supuestos de licitación por lotes, en cuanto al Sobre-Archivo 3, se estará a lo que indique el apartado 14 del CRC). Se adjuntará en el Sobre-Archivo 3:
PCAP · pág. 10Fragmento #71161 Ver contexto
…de perfección del contrato. SOBRE-ARCHIVO 2: DOCUMENTACIÓN PARA VALORACIÓN DE CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR (en los supuestos de licitación por lotes, en cuanto al Sobre-Archivo 2, se estará a lo que indique el apartado 14 del CRC). Cuando se haya optado por utilizar más de un criterio de adjudicación, y uno o más dependan de un juicio de valor, en este Sobre-Archivo 2 se adjuntará: 1. La DOCUMENTACIÓN necesaria PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR. Éstos serán determinados en el apartado 8.1.2 del CRC. En ningún caso deberán incluirse en este sobre-archivo documentos propios del Sobre-Archivo 3. SOBRE-ARCHIVO 3: OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN PARA VALORACIÓN DE CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA (en los supuestos de licitación por lotes, en cuanto al Sobre-Archivo 3, se estará a lo que indique el apartado 14 del CRC). Se adjuntará en el Sobre-Archivo 3:
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Garantía confianza alta
Garantía provisional: NO procede (marcado NO)
Ver citas del pliego (3)
…10.- GARANTÍA PROVISIONAL. Procede: SI NO X 11.- GARANTÍA DEFINITIVA. Procede: SI X NO Importe: X 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 5 por 100 del presupuesto base de licitaci ón, IVA excluido. Garantía definitiva de los lotes: LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido.
Documento adicional · págs. 16–17Fragmento #71397 Ver contexto
…Transporte y Vivienda. Vocal Interventor : Dª. Antonia López Aguilera, Interventora Delgada de las secciones presupuestarias de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. Vocal Jurídico: D. Javier Laso Aparicio, Asesor Jurídico del Servicio de Gestión y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaría Genera l de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Dª. Ana Belén Murillo Caballero, Asesora Jurídica d el Servicio de Gestión y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaria Genera l de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. 10.- GARANTÍA PROVISIONAL. Procede: SI NO X 11.- GARANTÍA DEFINITIVA. Procede: SI X NO Importe: X 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 5 por 100 del presupuesto base de licitaci ón, IVA excluido. Garantía definitiva de los lotes: LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido.
…En el procedimiento de contratación no procederá la exigencia de garantía provisional, salvo cuando de forma excepcional el órgano de contratación, por motivos de interés público , lo considere necesario y lo justifique motivadamente en el expediente. La garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en la cláusula 10 del presente pliego. En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse…
PCAP · pág. 10Fragmento #71161 Ver contexto
…ha de ostentar la plena representación de todo s ante la Administración (artículo 69 de la LCSP y 24 del RGLCAP) . El citado documento deberá estar firmado por los rep resentantes de cada una de las e mpresas componentes de la Unión, según el modelo establecido en el Anexo VI del presente pliego. 3. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS, si procede. En el caso de que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.2 de la LCSP, se hubiera establecido en el apartado 7 del CRC, la exigencia de adscripción de medios personales y/o materiales a la ejecución del contrato, se deberá aportar el modelo de compromiso del Anexo V. 4. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA GARANTÍA PROVISIONAL. En el procedimiento de contratación no procederá la exigencia de garantía provisional, salvo cuando de forma excepcional el órgano de contratación, por motivos de interés público , lo considere necesario y lo justifique motivadamente en el expediente. La garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en la cláusula 10 del presente pliego. En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar, que se declaren en los documentos relacionados en este Sobre -Archivo 1, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. SOBRE-ARCHIVO 2: DOCUMENTACIÓN PARA VALORACIÓN DE CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR (en los supuestos de licitación por lotes, en cuanto al Sobre-Archivo 2, se estará a lo que indique el apartado 14…
…Cuando el licitador opte a un solo lote o a varios de los establecidos, deberá constituir la garantía provisional correspondiente a los lotes a que opte, cuyos importes se indican, en su caso, en el apartado 10 del CRC. La garantía provisional se extinguirá y será devuelta a los licitadores después de la perfección del contrato. En todo caso, la garantía provisional se devolverá al licitador seleccionado como adjudicatario cuando haya constituido la garantía definitiva.
PCAP · pág. 23Fragmento #71174 Ver contexto
23 En el apartado 10 del CRC podrá exigirse, de forma excepcional, a los licitadores la constitución de una garantía previa que responda del mantenimiento de sus ofertas hasta la perfección del contrato, solo cuando se considere necesario y se justifique, por motivos de interés público, en el expediente. Esta garantía no podrá ser superior a un 3% del presupuesto base de licitación del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y podrá prestarse en alguna o algunas de las formas previstas en el artículo 108.1 de la LCSP. Cuando el licitador opte a un solo lote o a varios de los establecidos, deberá constituir la garantía provisional correspondiente a los lotes a que opte, cuyos importes se indican, en su caso, en el apartado 10 del CRC. La garantía provisional se extinguirá y será devuelta a los licitadores después de la perfección del contrato. En todo caso, la garantía provisional se devolverá al licitador seleccionado como adjudicatario cuando haya constituido la garantía definitiva. La información sobre donde constituir los depósitos, medios, modelos y trámites se encuentran publicados en la web de la Junta de Extremadura: https://www.
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Garantía confianza alta
Lote 1: Garantía definitiva obligatoria por importe del 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido
Ver citas del pliego (3)
… Procede: SI X NO Importe: X 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 5 por 100 del presupuesto base de licitaci ón, IVA excluido. Garantía definitiva de los lotes: LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido.
Documento adicional · págs. 16–17Fragmento #71397 Ver contexto
…Delgada de las secciones presupuestarias de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. Vocal Jurídico: D. Javier Laso Aparicio, Asesor Jurídico del Servicio de Gestión y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaría Genera l de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Dª. Ana Belén Murillo Caballero, Asesora Jurídica d el Servicio de Gestión y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaria Genera l de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. 10.- GARANTÍA PROVISIONAL. Procede: SI NO X 11.- GARANTÍA DEFINITIVA. Procede: SI X NO Importe: X 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 5 por 100 del presupuesto base de licitaci ón, IVA excluido. Garantía definitiva de los lotes: LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido.
…(hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación:
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…PK 6+140 – EX 107 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA. Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) : SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de…
…10.2.- DEFINITIVA. El licitador que, por presentar la mejor oferta de conformidad con el artículo 145 de la LCSP, resulte propuesto como adjudicatario por la Mesa de contratación deberá acreditar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento , la constitución de la garantía definitiva, la cual queda afecta a las responsabilidades contenidas en el artículo 110 de la LCSP, por el…
PCAP · pág. 24Fragmento #71175 Ver contexto
24 La tramitación de depósito de fianza mediante seguro de caución en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se podrá realizar de forma presencial en los Servicios Centrales de Mérida, en la Sucursal de Badajoz o en la Sucursal de Cáceres, o por medios telemáticos en los Servicios Centrales de Mérida. El certificado de seguro de caución deberá bastantearse por la Abogacía General de la Junta de Extremadura, y se entregará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía provisional. 10.2.- DEFINITIVA. El licitador que, por presentar la mejor oferta de conformidad con el artículo 145 de la LCSP, resulte propuesto como adjudicatario por la Mesa de contratación deberá acreditar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento , la constitución de la garantía definitiva, la cual queda afecta a las responsabilidades contenidas en el artículo 110 de la LCSP, por el importe expresado en el apartado 11 del CRC, en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en sus sucursales, debiendo el contratista acreditar su constitución mediante la entrega al órgano de contratación del resguardo expedido por aquellos. No procederá la exigencia de la garantía definitiva en los contratos reservados a los que se refiere la disposición adicional cuarta de la LCSP, salvo en los casos en los que el órgano de contratación, por motivos excepcionales, lo considere necesario y así lo justifique motivadamente en el expediente. La información sobre donde constituir los depósitos, medios, modelos y trámites se encuentran publicados en la…
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Garantía confianza alta
Lote 2: Garantía definitiva obligatoria por importe del 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido
Ver citas del pliego (3)
… Procede: SI X NO Importe: X 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 5 por 100 del presupuesto base de licitaci ón, IVA excluido. Garantía definitiva de los lotes: LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido.
Documento adicional · págs. 16–17Fragmento #71397 Ver contexto
…Delgada de las secciones presupuestarias de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. Vocal Jurídico: D. Javier Laso Aparicio, Asesor Jurídico del Servicio de Gestión y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaría Genera l de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Dª. Ana Belén Murillo Caballero, Asesora Jurídica d el Servicio de Gestión y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaria Genera l de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. 10.- GARANTÍA PROVISIONAL. Procede: SI NO X 11.- GARANTÍA DEFINITIVA. Procede: SI X NO Importe: X 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 5 por 100 del presupuesto base de licitaci ón, IVA excluido. Garantía definitiva de los lotes: LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido.
18 LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026.
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
18 LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA. Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO …
…10.2.- DEFINITIVA. El licitador que, por presentar la mejor oferta de conformidad con el artículo 145 de la LCSP, resulte propuesto como adjudicatario por la Mesa de contratación deberá acreditar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento , la constitución de la garantía definitiva, la cual queda afecta a las responsabilidades contenidas en el artículo 110 de la LCSP, por el…
PCAP · pág. 24Fragmento #71175 Ver contexto
24 La tramitación de depósito de fianza mediante seguro de caución en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se podrá realizar de forma presencial en los Servicios Centrales de Mérida, en la Sucursal de Badajoz o en la Sucursal de Cáceres, o por medios telemáticos en los Servicios Centrales de Mérida. El certificado de seguro de caución deberá bastantearse por la Abogacía General de la Junta de Extremadura, y se entregará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía provisional. 10.2.- DEFINITIVA. El licitador que, por presentar la mejor oferta de conformidad con el artículo 145 de la LCSP, resulte propuesto como adjudicatario por la Mesa de contratación deberá acreditar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento , la constitución de la garantía definitiva, la cual queda afecta a las responsabilidades contenidas en el artículo 110 de la LCSP, por el importe expresado en el apartado 11 del CRC, en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en sus sucursales, debiendo el contratista acreditar su constitución mediante la entrega al órgano de contratación del resguardo expedido por aquellos. No procederá la exigencia de la garantía definitiva en los contratos reservados a los que se refiere la disposición adicional cuarta de la LCSP, salvo en los casos en los que el órgano de contratación, por motivos excepcionales, lo considere necesario y así lo justifique motivadamente en el expediente. La información sobre donde constituir los depósitos, medios, modelos y trámites se encuentran publicados en la…
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Garantía confianza alta
Constitución de garantía definitiva mediante retención en el precio: NO se admite (marcado NO)
Ver citas del pliego (2)
… Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA.
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
18 LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA. Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.…
…De conformidad con el artículo 108.2 de la LCSP, en aquellos casos en que así se establezca expresamente en el apartado 11 del CRC, la garantía podrá constituirse mediante retención en el precio del importe de la misma, si el adjudicatario así lo solicita por escrito en el plazo de diez días hábiles desde que recibe la notificación de ser propuesto como adjudicatario.
PCAP · pág. 25Fragmento #71176 Ver contexto
…con la misma extensión y garantías que las resultantes de la póliza. La tramitación de depósito de fianza mediante seguro de caución en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se podrá realizar de forma presencial en los Servicios Centrales de Mérida, en la Sucursal de Badajoz o en la Sucursal de Cáceres, o por medios telemáticos en los Servicios Centrales de Mérida. El certificado de seguro de caución deberá bastantearse por la Abogacía General de la Junta de Extremadura, y se entregará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía definitiva. 4. Mediante retención en el precio. De conformidad con el artículo 108.2 de la LCSP, en aquellos casos en que así se establezca expresamente en el apartado 11 del CRC, la garantía podrá constituirse mediante retención en el precio del importe de la misma, si el adjudicatario así lo solicita por escrito en el plazo de diez días hábiles desde que recibe la notificación de ser propuesto como adjudicatario. En este caso, la retención se practicará sobre el pago de la primera certificación y, en el caso de que no sea suficiente, sobre el pago de las siguientes certificaciones que hayan de realizarse al adjudicatario. La garantía definitiva se devolverá o cancelará cuando, haya vencido el plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o cuando se declare la resolución del contrato sin culpa del contratista, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 de la LCSP. 10.3.- GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS. De establecerse en el apartado 12 del CRC las garantías complementarias, que podrán alcanzar hasta un 5 por 100 del precio final ofertado por el…
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Garantía confianza alta
Formas de constitución de la garantía definitiva: en efectivo mediante ingreso en cuentas de la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante aval bancario, o mediante certificado de seguro de caución debidamente bastanteados con carácter previo por la Abogacía General de la Junta de Extremadura y depositados en la Caja General de Depósitos (Mérida, Badajoz o Cáceres)
Ver citas del pliego (2)
…telemáticos en los Servicios Centrales de Mérida. El certificado de seguro de caución deberá bastantearse por la Abogacía General de la Junta de Extremadura, y se entregará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía provisional. 10.2.- DEFINITIVA. El licitador que, por presentar la mejor oferta de conformidad con el artículo 145 de la LCSP, resulte…
PCAP · pág. 24Fragmento #71175 Ver contexto
24 La tramitación de depósito de fianza mediante seguro de caución en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se podrá realizar de forma presencial en los Servicios Centrales de Mérida, en la Sucursal de Badajoz o en la Sucursal de Cáceres, o por medios telemáticos en los Servicios Centrales de Mérida. El certificado de seguro de caución deberá bastantearse por la Abogacía General de la Junta de Extremadura, y se entregará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía provisional. 10.2.- DEFINITIVA. El licitador que, por presentar la mejor oferta de conformidad con el artículo 145 de la LCSP, resulte propuesto como adjudicatario por la Mesa de contratación deberá acreditar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento , la constitución de la garantía definitiva, la cual queda afecta a las responsabilidades contenidas en el artículo 110 de la LCSP, por el importe expresado en el apartado 11 del CRC, en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en sus sucursales, debiendo el contratista acreditar su constitución mediante la entrega al órgano de contratación del resguardo expedido por aquellos. No procederá la exigencia de la garantía definitiva en los contratos reservados a los que se…
…telemáticos en los Servicios Centrales de Mérida. El certificado de seguro de caución deberá bastantearse por la Abogacía General de la Junta de Extremadura, y se entregará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía definitiva. 4. Mediante retención en el precio. De conformidad con el artículo 108.2 de la LCSP, en aquellos…
PCAP · pág. 25Fragmento #71176 Ver contexto
…cumplan los requisitos expresados en el artículo 57 del RGLCAP y constituidos según los modelos oficiales publicados por la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma en la página web de la Junta de Extremadura. En este supuesto, se entregará la garantía, que deberá constituirse en forma de certificado individual de seguro, con la misma extensión y garantías que las resultantes de la póliza. La tramitación de depósito de fianza mediante seguro de caución en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se podrá realizar de forma presencial en los Servicios Centrales de Mérida, en la Sucursal de Badajoz o en la Sucursal de Cáceres, o por medios telemáticos en los Servicios Centrales de Mérida. El certificado de seguro de caución deberá bastantearse por la Abogacía General de la Junta de Extremadura, y se entregará en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma para que ésta emita el resguardo de constitución de garantía definitiva. 4. Mediante retención en el precio. De conformidad con el artículo 108.2 de la LCSP, en aquellos casos en que así se establezca expresamente en el apartado 11 del CRC, la garantía podrá constituirse mediante retención en el precio del importe de la misma, si el adjudicatario así lo solicita por escrito en el plazo de diez días hábiles desde que recibe la notificación de ser propuesto como adjudicatario. En este caso, la retención se practicará sobre el pago de la primera certificación y, en el caso de que no sea suficiente, sobre el pago de las siguientes certificaciones que hayan de realizarse al adjudicatario. La garantía definitiva se devolverá o cancelará cuando, haya vencido el plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o cuando se declare…
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Garantía confianza alta
Lote 1: Garantía complementaria por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad por importe del 1 por 100 del precio final ofertado por el licitador, IVA excluido
Ver citas del pliego (2)
…(hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación:
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…PK 6+140 – EX 107 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA. Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) : SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de…
…En particular, se podrá prever en caso de ofertas que inicialmente resulten incursas en presunción de anormalidad, de acuerdo co n lo previsto en la cláusula 7.5, lo que se deberá concretar en el apartado 12 del CRC. 10.4.- En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista o se proceda a la modificación del contrato, éste deberá reponer o ampliar aquella,…
PCAP · pág. 25Fragmento #71176 Ver contexto
…en el apartado 12 del CRC las garantías complementarias, que podrán alcanzar hasta un 5 por 100 del precio final ofertado por el licitador que presentó la mejor oferta, para supuestos especiales, se ajustarán a lo dispuesto para la garantía definitiva, en los términos que prevé el artículo 107.2 de la LCSP. A estos efectos, tienen la consideración de casos especiales, aquellos contratos en los que, en virtud del riesgo que asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato, resulte aconsejable incrementar el porcentaje de la garantía definitiva ordinaria, lo que deberá acordarse mediante resolución motivada . En particular, se podrá prever en caso de ofertas que inicialmente resulten incursas en presunción de anormalidad, de acuerdo co n lo previsto en la cláusula 7.5, lo que se deberá concretar en el apartado 12 del CRC. 10.4.- En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista o se proceda a la modificación del contrato, éste deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
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Garantía confianza alta
Lote 2: Garantía complementaria por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad por importe del 1 por 100 del precio final ofertado por el licitador, IVA excluido
Ver citas del pliego (2)
18 LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026.
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
18 LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA. Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO …
…En particular, se podrá prever en caso de ofertas que inicialmente resulten incursas en presunción de anormalidad, de acuerdo co n lo previsto en la cláusula 7.5, lo que se deberá concretar en el apartado 12 del CRC. 10.4.- En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista o se proceda a la modificación del contrato, éste deberá reponer o ampliar aquella,…
PCAP · pág. 25Fragmento #71176 Ver contexto
…en el apartado 12 del CRC las garantías complementarias, que podrán alcanzar hasta un 5 por 100 del precio final ofertado por el licitador que presentó la mejor oferta, para supuestos especiales, se ajustarán a lo dispuesto para la garantía definitiva, en los términos que prevé el artículo 107.2 de la LCSP. A estos efectos, tienen la consideración de casos especiales, aquellos contratos en los que, en virtud del riesgo que asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato, resulte aconsejable incrementar el porcentaje de la garantía definitiva ordinaria, lo que deberá acordarse mediante resolución motivada . En particular, se podrá prever en caso de ofertas que inicialmente resulten incursas en presunción de anormalidad, de acuerdo co n lo previsto en la cláusula 7.5, lo que se deberá concretar en el apartado 12 del CRC. 10.4.- En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista o se proceda a la modificación del contrato, éste deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
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Garantía confianza alta
Garantía complementaria por riesgo asumido por el órgano de contratación: NO procede (casilla no seleccionada)
Ver citas del pliego (1)
… Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido.
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
18 LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 5 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. Constitución mediante retención en el precio. Se admite: SI NO X Para constituir la garantía se estará a lo establ ecido en la cláusula 10.2 del PCAP. 12.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA . Procede: SI X NO En caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA. Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) : SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del…
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Garantía confianza alta
Reposición o ampliación de la garantía definitiva: en caso de hacerse efectivas penalidades o indemnizaciones sobre la garantía o de modificarse el contrato, el contratista deberá reponer o ampliar la fianza en la cuantía correspondiente en el plazo de quince días desde la ejecución, bajo apercibimiento de incurrir en causa de resolución
Ver citas del pliego (1)
…10.4.- En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista o se proceda a la modificación del contrato, éste deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
PCAP · pág. 25Fragmento #71176 Ver contexto
…dispuesto para la garantía definitiva, en los términos que prevé el artículo 107.2 de la LCSP. A estos efectos, tienen la consideración de casos especiales, aquellos contratos en los que, en virtud del riesgo que asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato, resulte aconsejable incrementar el porcentaje de la garantía definitiva ordinaria, lo que deberá acordarse mediante resolución motivada . En particular, se podrá prever en caso de ofertas que inicialmente resulten incursas en presunción de anormalidad, de acuerdo co n lo previsto en la cláusula 7.5, lo que se deberá concretar en el apartado 12 del CRC. 10.4.- En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista o se proceda a la modificación del contrato, éste deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
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Garantía confianza alta
Devolución o cancelación de la garantía definitiva: procederá cuando haya vencido el plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o cuando se declare la resolución del contrato sin culpa del contratista, conforme al artículo 111.1 de la LCSP
Ver citas del pliego (1)
…La garantía definitiva se devolverá o cancelará cuando, haya vencido el plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o cuando se declare la resolución del contrato sin culpa del contratista, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 de la LCSP. 10.3.- GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS. De establecerse en el apartado 12 del CRC las garantías complementarias, que podrán alcanzar hasta un 5…
PCAP · pág. 25Fragmento #71176 Ver contexto
…que ésta emita el resguardo de constitución de garantía definitiva. 4. Mediante retención en el precio. De conformidad con el artículo 108.2 de la LCSP, en aquellos casos en que así se establezca expresamente en el apartado 11 del CRC, la garantía podrá constituirse mediante retención en el precio del importe de la misma, si el adjudicatario así lo solicita por escrito en el plazo de diez días hábiles desde que recibe la notificación de ser propuesto como adjudicatario. En este caso, la retención se practicará sobre el pago de la primera certificación y, en el caso de que no sea suficiente, sobre el pago de las siguientes certificaciones que hayan de realizarse al adjudicatario. La garantía definitiva se devolverá o cancelará cuando, haya vencido el plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato de que se trate, o cuando se declare la resolución del contrato sin culpa del contratista, de conformidad con lo establecido en el artículo 111.1 de la LCSP. 10.3.- GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS. De establecerse en el apartado 12 del CRC las garantías complementarias, que podrán alcanzar hasta un 5 por 100 del precio final ofertado por el licitador que presentó la mejor oferta, para supuestos especiales, se ajustarán a lo dispuesto para la garantía definitiva, en los términos que prevé el artículo 107.2 de la LCSP. A estos efectos, tienen la consideración de casos especiales, aquellos contratos en los que, en virtud del riesgo que asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato, resulte aconsejable incrementar el porcentaje de la garantía definitiva ordinaria, lo que deberá acordarse mediante resolución motivada . En particular, se podrá prever en caso de ofertas que inicialmente resulten incursas en…
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Otro confianza alta
Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar: Sin restricciones
Ver citas del pliego (1)
… Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar Sin restricciones . Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario 1 (UNO) No obstante, lo anterior en el caso excepcional de que algún lote pudiera quedar desierto y existiera el menos, un licitador interesado en conc urrir al mismo, se podrá excepcionar la regla anterior Criterio orden de adjudicación si es distinto del e stablecido en la cláusula 1.2, tercer párrafo, del…
Documento adicional · págs. 1–4Fragmento #71388 Ver contexto
…LCSP, el objeto del contrato viene constituido por: Obra s que permiten la construcción de la Ronda Sur de Badajoz en el Tamo II: EX -310 – EX 107 (2 lotes) . Tipo de obra: Obras de primer establecimiento, reforma, restaurac ión, rehabilitación o gran reparación . 1.2.- CÓDIGO/S CPV/S: 45233120-6 - Trabajos de construcción de carreteras 1.3.- División en lotes: SI X NO LOTE nº DENOMINACIÓN DESCRIPCIÓN DEL ANEXO I DE LA LCSP CÓDIGO/S CPV/S 1 EX – 310 – PK 6+140 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 2 PK 6+140 – EX 107 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar Sin restricciones . Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario 1 (UNO) No obstante, lo anterior en el caso excepcional de que algún lote pudiera quedar desierto y existiera el menos, un licitador interesado en conc urrir al mismo, se podrá excepcionar la regla anterior Criterio orden de adjudicación si es distinto del e stablecido en la cláusula 1.2, tercer párrafo, del PCAP: Se asignará en primer lugar el LOTE 1. 1.4.- Admisión de variantes: SI NO X 2.- PODER ADJUDICADOR. ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Junta de Extremadura. Identificación: Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Ejercicio de la competencia para contratar: Secreta ría General de la Consejería de Infraestructuras, 4 Transporte y Vivienda por delegación de competencia s de fecha 16 de junio de 2026 publicada en DOE núm. 117 de19 de junio de 2026. Dirección Postal: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz”, Avda. de las Comunidades, s/n. 06800 Mérida (Badajoz) NIF del Órgano de Contratación: S06110011 Dirección Registro General del Órgano de…
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Otro confianza alta
Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario: 1 (UNO), salvo supuesto excepcional de que algún lote pudiera quedar desierto
Ver citas del pliego (1)
… Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario 1 (UNO) No obstante, lo anterior en el caso excepcional de que algún lote pudiera quedar desierto y existiera el menos, un licitador interesado en conc urrir al mismo, se podrá excepcionar la regla anterior Criterio orden de adjudicación si es distinto del e stablecido en la cláusula 1.2, tercer párrafo, del PCAP: Se asignará en primer lugar el LOTE 1. 1.4.- Admisión de variantes:
Documento adicional · págs. 1–4Fragmento #71388 Ver contexto
…de la Ronda Sur de Badajoz en el Tamo II: EX -310 – EX 107 (2 lotes) . Tipo de obra: Obras de primer establecimiento, reforma, restaurac ión, rehabilitación o gran reparación . 1.2.- CÓDIGO/S CPV/S: 45233120-6 - Trabajos de construcción de carreteras 1.3.- División en lotes: SI X NO LOTE nº DENOMINACIÓN DESCRIPCIÓN DEL ANEXO I DE LA LCSP CÓDIGO/S CPV/S 1 EX – 310 – PK 6+140 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 2 PK 6+140 – EX 107 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar Sin restricciones . Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario 1 (UNO) No obstante, lo anterior en el caso excepcional de que algún lote pudiera quedar desierto y existiera el menos, un licitador interesado en conc urrir al mismo, se podrá excepcionar la regla anterior Criterio orden de adjudicación si es distinto del e stablecido en la cláusula 1.2, tercer párrafo, del PCAP: Se asignará en primer lugar el LOTE 1. 1.4.- Admisión de variantes: SI NO X 2.- PODER ADJUDICADOR. ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Junta de Extremadura. Identificación: Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Ejercicio de la competencia para contratar: Secreta ría General de la Consejería de Infraestructuras, 4 Transporte y Vivienda por delegación de competencia s de fecha 16 de junio de 2026 publicada en DOE núm. 117 de19 de junio de 2026. Dirección Postal: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz”, Avda. de las Comunidades, s/n. 06800 Mérida (Badajoz) NIF del Órgano de Contratación: S06110011 Dirección Registro General del Órgano de Contrataci ón: Avda. Valhondo, s/n, Edificio III Milenio, Módulo 5 - 06800…
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Otro confianza alta
Admisión de variantes: NO procede (marcado NO)
Ver citas del pliego (2)
…1.4.- Admisión de variantes: SI NO X 2.- PODER ADJUDICADOR. ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Junta de Extremadura. Identificación: Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Ejercicio de la competencia para contratar: Secreta ría General de la Consejería de Infraestructuras, 4 Transporte y Vivienda por delegación de competencia s de fecha 16 de junio de 2026 publicada en DOE núm. 117 de19 de junio de 2026.
Documento adicional · págs. 1–4Fragmento #71388 Ver contexto
…de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 2 PK 6+140 – EX 107 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar Sin restricciones . Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario 1 (UNO) No obstante, lo anterior en el caso excepcional de que algún lote pudiera quedar desierto y existiera el menos, un licitador interesado en conc urrir al mismo, se podrá excepcionar la regla anterior Criterio orden de adjudicación si es distinto del e stablecido en la cláusula 1.2, tercer párrafo, del PCAP: Se asignará en primer lugar el LOTE 1. 1.4.- Admisión de variantes: SI NO X 2.- PODER ADJUDICADOR. ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Junta de Extremadura. Identificación: Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Ejercicio de la competencia para contratar: Secreta ría General de la Consejería de Infraestructuras, 4 Transporte y Vivienda por delegación de competencia s de fecha 16 de junio de 2026 publicada en DOE núm. 117 de19 de junio de 2026. Dirección Postal: Edificio de Servicios Administrativos “La Paz”, Avda. de las Comunidades, s/n. 06800 Mérida (Badajoz) NIF del Órgano de Contratación: S06110011 Dirección Registro General del Órgano de Contrataci ón: Avda. Valhondo, s/n, Edificio III Milenio, Módulo 5 - 06800 Mérida (Badajoz) Fax: 924 332375 E-mail: contratacion.infratv@juntaex.es Perfil de contratante: De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la LCSP 9/17 es accesible a través de la siguiente dirección de internet: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/perfilcontratante 3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN. Presupuesto base…
…Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.
PCAP · pág. 11Fragmento #71162 Ver contexto
…de Preparación y Presentación de ofertas de la PLACSP cifrará dichos sobres-archivos en el envío. Una vez realizada la presentación, dicha herramienta proporcionará a l licitador un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo de la PLACSP. T odas las proposiciones recibidas electrónicamente a través de la PLACSP serán custodiadas y encriptadas sin posibilidad de acceder a su contenido en ningún caso hast a que se constituya la Mesa de c ontratación para realizar las actuaciones correspondientes, siendo el procedimiento a seguir para la apertura electrónica de las proposiciones el establecido en la cláusula 7 del presente pliego. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad de las cláusulas del presente PCAP, del CRC anexo y del proyecto de obras, sin reserva ni salvedad alguna. 4.7.- La adjudicación se realizará en los términos establecidos en el presente pliego y en lo previsto en los artículos 156 a 158 de la LCSP. 4.8.- Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los que se establecen en el CRC, y con la ponderación que en el mismo se recoge, de conformidad con el artículo 146.2 de la LCSP. En dicho apartado se indicará igualmente qué criterios se valorarán de forma automática y cuáles necesitan para su valoración de un juicio de…
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Otro confianza alta
Contrato reservado a centros especiales de empleo o empresas de inserción: NO (marcado NO)
Ver citas del pliego (1)
…SI □ NO X CONTRATO RESERVADO . SI NO X CONTRATO PRECEDIDO DE UNA CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO: SI NO X 1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- Incluido en el artículo 13 de la LCSP, el objeto del contrato viene constituido por: Obra s que permiten la construcción de la Ronda Sur de Badajoz en el Tamo II: EX -310 – EX 107 (2 lotes) .
Documento adicional · págs. 1–4Fragmento #71388 Ver contexto
…PREVISTAS DEL CONTRATO. 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 21.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. 22.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y PENALIDADES. 23.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. 24.- RÉGIMEN DE PAGOS Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS. 25.- INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO CUYO CARÁCTER CONFIDENCIAL DEBE RESPETAR EL CONTRATISTA. 26.- PLAZO DE GARANTÍA. 2 27.- OTRAS ESPECIFICACIONES. 28.- RÉGIMEN DE RECURSOS. 29.- CUADRO DE SEGUIMIENTO. 3 TÍTULO: CONTRATO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE LA RONDA SUR DE BADAJOZ. TRAMO II: EX 310-EX 107 (2 LOTES) OBR160426003 Nº EXPEDIENTE: PRC/2026/0000087210 CONTRATO FINANCIADO CON FONDOS PRTR: SI □ NO X CONTRATO RESERVADO . SI NO X CONTRATO PRECEDIDO DE UNA CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO: SI NO X 1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- Incluido en el artículo 13 de la LCSP, el objeto del contrato viene constituido por: Obra s que permiten la construcción de la Ronda Sur de Badajoz en el Tamo II: EX -310 – EX 107 (2 lotes) . Tipo de obra: Obras de primer establecimiento, reforma, restaurac ión, rehabilitación o gran reparación . 1.2.- CÓDIGO/S CPV/S: 45233120-6 - Trabajos de construcción de carreteras 1.3.- División en lotes: SI X NO LOTE nº DENOMINACIÓN DESCRIPCIÓN DEL ANEXO I DE LA LCSP CÓDIGO/S CPV/S 1 EX – 310 – PK 6+140 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 2 PK 6+140 – EX 107 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar Sin restricciones . Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario 1…
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Otro confianza alta
Contrato precedido de una consulta preliminar al mercado: NO (marcado NO)
Ver citas del pliego (1)
…SI NO X CONTRATO PRECEDIDO DE UNA CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO: SI NO X 1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- Incluido en el artículo 13 de la LCSP, el objeto del contrato viene constituido por: Obra s que permiten la construcción de la Ronda Sur de Badajoz en el Tamo II: EX -310 – EX 107 (2 lotes) . Tipo de obra: Obras de primer establecimiento, reforma, restaurac ión, rehabilitación o gran reparación .
Documento adicional · págs. 1–4Fragmento #71388 Ver contexto
…Y SUBCONTRATACIÓN. 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 21.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. 22.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y PENALIDADES. 23.- OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. 24.- RÉGIMEN DE PAGOS Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS. 25.- INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO CUYO CARÁCTER CONFIDENCIAL DEBE RESPETAR EL CONTRATISTA. 26.- PLAZO DE GARANTÍA. 2 27.- OTRAS ESPECIFICACIONES. 28.- RÉGIMEN DE RECURSOS. 29.- CUADRO DE SEGUIMIENTO. 3 TÍTULO: CONTRATO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE LA RONDA SUR DE BADAJOZ. TRAMO II: EX 310-EX 107 (2 LOTES) OBR160426003 Nº EXPEDIENTE: PRC/2026/0000087210 CONTRATO FINANCIADO CON FONDOS PRTR: SI □ NO X CONTRATO RESERVADO . SI NO X CONTRATO PRECEDIDO DE UNA CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO: SI NO X 1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. 1.1.- Incluido en el artículo 13 de la LCSP, el objeto del contrato viene constituido por: Obra s que permiten la construcción de la Ronda Sur de Badajoz en el Tamo II: EX -310 – EX 107 (2 lotes) . Tipo de obra: Obras de primer establecimiento, reforma, restaurac ión, rehabilitación o gran reparación . 1.2.- CÓDIGO/S CPV/S: 45233120-6 - Trabajos de construcción de carreteras 1.3.- División en lotes: SI X NO LOTE nº DENOMINACIÓN DESCRIPCIÓN DEL ANEXO I DE LA LCSP CÓDIGO/S CPV/S 1 EX – 310 – PK 6+140 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 2 PK 6+140 – EX 107 Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil 45233120 -6 Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar Sin restricciones . Número máximo de lotes respecto de los que se puede ser adjudicatario 1 (UNO) No obstante, lo anterior en el caso excepcional de que algún lote pudiera quedar desierto y existiera el…
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Otro confianza alta
Obligación de presentar un programa de trabajo de la obra: SI procede (marcado SI), conforme a las instrucciones del pliego
Ver citas del pliego (2)
… Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan.
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…caso afirmativo, en virtud de la Resolución de fecha 14 de julio de 2026. X Por ofertas inicialmente incursas en presunción de anormalidad: 1% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA. Por el riesgo que en virtud del contrato asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) : SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de A a D deben cumplimentarse: A B C D Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1: No se establece. Si en el apartado 19.2 del CRC se establece la obli gación de indicar por el licitador la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, se debe aportar…
…El programa de organización del trabajo se redactará de acuerdo con las siguientes instrucciones: - El licitador realizará una planificación de la obra teniendo en cuenta los equipos humanos y materiales ofertados adscritos a cada una de las ac tividades descritas en la Memoria, debiendo justificar los rendimientos medios previstos que ga ranticen el plazo de ejecución.
Documento adicional · pág. 10Fragmento #71392 Ver contexto
…de todas las actividades importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos. - La relación de las fuentes de suministro de materia les y validación de las mismas, con declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa v igente (certificados) de la fabricación de los distintos materiales a emplear en obra, dada la obligatoriedad de tales certificados. - El análisis de las necesidades de acopios y de instalaciones auxiliares. - El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos. - Desvíos provisionales y reposiciones de servicios c on sus medidas de señalización y seguridad previstas. - Las zonas previstas para préstamos y vertederos. El programa de organización del trabajo se redactará de acuerdo con las siguientes instrucciones: - El licitador realizará una planificación de la obra teniendo en cuenta los equipos humanos y materiales ofertados adscritos a cada una de las ac tividades descritas en la Memoria, debiendo justificar los rendimientos medios previstos que ga ranticen el plazo de ejecución. El Programa de trabajo deberá redactarse de modo que el plazo tota l de la obra sea el reseñado en el Cuadro de características. Se aporta el Programa de trabajo del Proyecto a título informativo. - El Programa de trabajo deberá redactarse de modo que el plazo total de la obra sea el reseñado en este Cuadro de características y de modo que conten ga las inversiones de ejecución por contrata mensuales correspondientes a las obras a ejecutar e n cada mes expresadas en porcentajes del proyecto. Las citadas inversiones mensuales del Pro grama deberán ser compatibles con las anualidades reseñadas en el cuadro de características. Como consecuencia de la planificación realizada, el…
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Otro confianza alta
Revisión de precios: SI procede (marcado SI), con arreglo al artículo 103 de la LCSP mediante la fórmula e índice oficial '141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas'
Ver citas del pliego (1)
…Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar:
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…acta de comprobación de replanteo. Lote 1: VEINTISEIS (26) MESES. Lote 2: VEINTISEIS (26) MESES. Plazos de ejecución parciales: No se establecen. Plazo de recepción total: No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y…
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Otro confianza alta
Modificaciones previstas del contrato: NO proceden (marcado NO)
Ver citas del pliego (1)
…18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores:
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…MESES. Plazos de ejecución parciales: No se establecen. Plazo de recepción total: No se establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa…
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Otro confianza alta
Cesión del contrato: SI procede (marcado SI)
Ver citas del pliego (1)
…19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas:
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del…
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Otro confianza alta
Subcontratación: SI procede (marcado SI)
Ver citas del pliego (1)
…19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas:
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del…
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Otro confianza alta
Obligación de que los licitadores indiquen en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: NO (marcado NO)
Ver citas del pliego (2)
…Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un…
…No se establece. Si en el apartado 19.2 del CRC se establece la obli gación de indicar por el licitador la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, se debe aportar declaración en que manifieste su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de finido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontrati stas a los que se vaya a encomendar su realización. En caso de licitación por lotes del objeto de contrato:
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) : SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de A a D deben cumplimentarse: A B C D Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1: No se establece. Si en el apartado 19.2 del CRC se establece la obli gación de indicar por el licitador la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, se debe aportar declaración en que manifieste su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de finido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontrati stas a los que se vaya a encomendar su realización. En caso de licitación por lotes del objeto de contrato: Un (1) solo sobre-archivo 1 indicando el lote o números de lotes a los que licite, para ello deberá cumplimentar de acuerdo con su oferta el apartado 25 del Anexo III «DECLARACIÓN RESPONSABLE» A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 2: Los documentos no excluyentes (*) que puede present ar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.2 de este CRC. En caso de licitación por lotes del objeto de contr ato: Se presentará un sobre-archivo 2 por cada uno de los lotes a los que presente oferta. (*) IMPORTANTE: En este sobre-archivo no se admitirá ningún dato qu e ponga de manifiesto información relevante sobre los criterios de…
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Otro confianza alta
Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen
Ver citas del pliego (1)
…SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE:
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe r elativo al cumplimiento de las condiciones especial es de ejecución precedentes que le fueran exigibles legal o contractualmente.
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Otro confianza alta
Régimen económico de la subcontratación: Procede la comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores (marcado SI) y proceden pagos directos a los subcontratistas (marcado SI)
Ver citas del pliego (1)
…No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato:
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe r elativo al cumplimiento de las condiciones especial es de ejecución precedentes que le fueran exigibles legal o contractualmente.
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Otro confianza alta
Obligación de ejecutar determinadas partes o trabajos directamente por el propio licitador o participante en la UTE: NO procede (marcado NO)
Ver citas del pliego (2)
…20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda…
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe r elativo al cumplimiento de las condiciones especial es de ejecución precedentes que le fueran exigibles legal o contractualmente.
…No obstante, se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, si así se establece en el apartado 20.1 del CRC con indicación de los trabajos a los que se refiera.
PCAP · pág. 7Fragmento #71158 Ver contexto
7 prohibición de contratar, mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. En ambos casos habrá que estar a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP. No obstante, se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, si así se establece en el apartado 20.1 del CRC con indicación de los trabajos a los que se refiera. En caso de resultar adjudicatario, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración. El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este pliego, podrá exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, que deberán concretar en su oferta (artículo 76.2 de la LCSP), según el modelo…
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Otro confianza alta
Obligación de informe previo a la finalización del contrato: la empresa adjudicataria deberá presentar con carácter previo a la finalización del contrato un informe relativo al cumplimiento de las cláusulas y condiciones especiales de ejecución de carácter social, medioambiental y otras políticas públicas
Ver citas del pliego (2)
…C on carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe r elativo al cumplimiento de las condiciones especial es de ejecución precedentes que le fueran exigibles legal o contractualmente.
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe r elativo al cumplimiento de las condiciones especial es de ejecución precedentes que le fueran exigibles legal o contractualmente.
…20.2.- Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de las cláusulas de carácter social, medioambiental y relativas a otras políticas públicas que le fueran exigibles legal o contractualmente. En caso de incumplimientos de estas cláusulas, el Director facultativo de la obra deberá informar al órgano…
PCAP · pág. 38Fragmento #71189 Ver contexto
…16 del CRC. Si llegado el fin del plazo de ejecución del contrato señalado en el apartado 1 6 del CRC el contratista no hubiera realizado la comunicación indicada en el párrafo anterior para proceder a la recepción de las obras, incurrirá automáticamente en mora, pudiendo entonces el órgano de contratación acordar la resolución del contrato o imponer las penalidades que se indican en la cláusula 28 de este pliego. Cuando los retrasos no fueran imputables al contratista y éste ofreciere cumplir sus compromisos si se le concediera prórroga, la Administración le concederá un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido a no ser que el contratista pidiese otro menor. 20.2.- Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de las cláusulas de carácter social, medioambiental y relativas a otras políticas públicas que le fueran exigibles legal o contractualmente. En caso de incumplimientos de estas cláusulas, el Director facultativo de la obra deberá informar al órgano de contratación sobre los posibles incumplimientos de dichas obligaciones y, en su caso, propondrá el inicio del procedimiento de imposición de penalidades o de resolución del contrato, de conformidad con el artículo 27.2 de la LCPSREx. 20.3.- RECEPCIÓN DE LAS OBRAS. Dentro del plazo que se determine en la apartado 16 del CRC o en su defecto, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización de la totalidad del objeto del contrato, se constatará por la Administración la terminación de la totalidad de las obras mediante un acto formal y positivo de recepción o conformidad, extendiéndose a tal efecto un Acta, donde se dejará expresa constancia de la correcta…
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Otro confianza alta
Responsabilidad por vicios ocultos de la construcción: el contratista responderá durante el plazo de quince años a contar desde la recepción de la obra sin reservas de los daños y perjuicios derivados de ruina o de defectos que afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales
Ver citas del pliego (1)
…Asimismo, el contratista responderá durante dicho plazo de los daños materiales causados en la obra por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad de la construcción, contados desde la fecha de recepción de la obra sin reservas o desde la subsanación de estas.
PCAP · pág. 38Fragmento #71189 Ver contexto
38 Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, el contratista responderá de los daños y perjuicios que se manifiesten durante el plazo de quince años a contar desde la fecha de la recepción. Asimismo, el contratista responderá durante dicho plazo de los daños materiales causados en la obra por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad de la construcción, contados desde la fecha de recepción de la obra sin reservas o desde la subsanación de estas. Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista. 19.2.- La responsabilidad por trabajos defectuosos o mal ejecutados a que hace referencia el apartado anterior no decae por el hecho de que estos defectos hayan sido conocidos por representantes de la Administración. La recepción del objeto del contrato no exonera al contratista o a los funcionarios con facultades de dirección de los defectos e improvisaciones en que hayan podido incurrir. 19.3.- De advertirse por la Dirección facultativa, vicios o defec tos en el trabajo o en parte del trabajo realizado, podrá rechazar motivadamente los…
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Otro confianza alta
Cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social: acreditación obligatoria mediante certificación positiva administrativa del órgano competente, alta y recibo de IAE o exención, y certificación de no existencia de deudas tributarias expedida por la Comunidad Autónoma de Extremadura
Ver citas del pliego (1)
…Además será necesario, a efecto de que quede constancia de la no existencia de deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de Extremadura, Certificación Administrativa expedida por el órgano competente de la misma. – Obligaciones de Seguridad Social.
PCAP · pág. 19Fragmento #71170 Ver contexto
…con lo dispuesto en la cláusula 10.3 del presente pliego y del apartado 12 del CRC. G. Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: – Obligaciones Tributarias. Las circunstancias expresadas en el artículo 13 del RGLCAP se acreditarán mediante certificación administrativa expedida por el órgano competente (en la cual se hará constar el carácter positivo o negativo de la misma) , excepto la circunstancia referida en el artículo 13.1 .a), cuya acreditación se efectuará mediante la presentación del alta y, en su caso, del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o declaración responsable de estar exento del pago del mismo. Además será necesario, a efecto de que quede constancia de la no existencia de deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de Extremadura, Certificación Administrativa expedida por el órgano competente de la misma. – Obligaciones de Seguridad Social. Las circunstancias expresadas en el artículo 14 del RGLCAP , se acreditarán mediante certificación expedida por el órgano competente, en la cual deberá hacerse constar el carácter positivo o negativo de la misma. No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los citados artículos 13 y 14 del RGLCAP , se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
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Otro confianza alta
Sometimiento a la jurisdicción española: los licitadores extranjeros deben presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para todas las incidencias del contrato, con renuncia a su propio fuero jurisdiccional extranjero (artículo 140.1.f de la LCSP)
Ver citas del pliego (1)
…SOMETIMIENTO JURISDICCIÓN ESPAÑOLA En los casos en los que el contrato vaya a ejecutarse en España, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunal es Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (140.1 f) de la LCSP), siendo…
PCAP · pág. 21Fragmento #71172 Ver contexto
…caso se sustituirá por un informe de la Misión Diplomática Permanente o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA Deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la misma forma que se exige a los empresarios españoles, o bien podrán presentar certificados de clasificación o simi lares expedidos por sus Estados. Deberán acreditar su solvencia, económica, financiera y técnica o profesional en la misma forma que se exige a los empresarios españoles. SOMETIMIENTO JURISDICCIÓN ESPAÑOLA En los casos en los que el contrato vaya a ejecutarse en España, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunal es Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (140.1 f) de la LCSP), siendo suficiente con la declaración final de la parte VI del Anexo III (declaración responsable), incluido en el Sobre-Archivo 1. TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE REDACTADA EN CASTELLANO. LAS TRADUCCIONES DEBERÁN DE HACERSE EN FORMA OFICIAL (artículo 23 del RGLCAP). 8.3.- Si el órgano de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará al licitador, por medio de notificaciones a través de la PLACSP, concediéndose un plazo de tres días hábiles, desde el envío de la notificación al interesado, a efectos de subsanar o completar la documentación aportada. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán…
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Otro confianza alta
Idioma de presentación de proposiciones: toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano, debiendo las traducciones realizarse en forma oficial (artículo 23 del RGLCAP)
Ver citas del pliego (1)
…TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE REDACTADA EN CASTELLANO. LAS TRADUCCIONES DEBERÁN DE HACERSE EN FORMA OFICIAL (artículo 23 del RGLCAP). 8.3.- Si el órgano de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará al licitador, por medio de notificaciones a través de la PLACSP, concediéndose un plazo de tres días hábiles, desde el envío de la notificación al interesado, a efectos de subsanar o completar…
PCAP · pág. 21Fragmento #71172 Ver contexto
…su solvencia, económica, financiera y técnica o profesional en la misma forma que se exige a los empresarios españoles. SOMETIMIENTO JURISDICCIÓN ESPAÑOLA En los casos en los que el contrato vaya a ejecutarse en España, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunal es Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (140.1 f) de la LCSP), siendo suficiente con la declaración final de la parte VI del Anexo III (declaración responsable), incluido en el Sobre-Archivo 1. TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE REDACTADA EN CASTELLANO. LAS TRADUCCIONES DEBERÁN DE HACERSE EN FORMA OFICIAL (artículo 23 del RGLCAP). 8.3.- Si el órgano de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará al licitador, por medio de notificaciones a través de la PLACSP, concediéndose un plazo de tres días hábiles, desde el envío de la notificación al interesado, a efectos de subsanar o completar la documentación aportada. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán publicarse, el mismo día de la notificación, en el Perfil de contratante. Las correcciones o subsanaciones no serán admitidas si mediante ellas no se hace referencia a la situación del licitador en el momento anterior a la conclusión del plazo de presentación de proposiciones. 8.4.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2. a) de…
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Otro confianza alta
Penalidad económica por retirada indebida o falta de justificación: la falta de cumplimentación adecuada del requerimiento documental en plazo se entenderá como retirada de la oferta y conllevará la exigencia de una penalidad del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido
Ver citas del pliego (1)
…8.4.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2. a) de la LCSP; procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
PCAP · pág. 21Fragmento #71172 Ver contexto
…8.3.- Si el órgano de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará al licitador, por medio de notificaciones a través de la PLACSP, concediéndose un plazo de tres días hábiles, desde el envío de la notificación al interesado, a efectos de subsanar o completar la documentación aportada. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán publicarse, el mismo día de la notificación, en el Perfil de contratante. Las correcciones o subsanaciones no serán admitidas si mediante ellas no se hace referencia a la situación del licitador en el momento anterior a la conclusión del plazo de presentación de proposiciones. 8.4.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2. a) de la LCSP; procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Los mismos efectos se producirán si de la aportación de documentos se dedujera que la empresa requerida no cumple los requisitos de solvencia y capacidad. 8.5.- De todo lo actuado en los apartados anteriores se dejará constancia en el expediente. CLÁUSULA 9. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN.
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Otro confianza alta
Presentación de sobres por lotes: en caso de licitación por lotes, se presentará un (1) solo Sobre-Archivo 1 indicando los lotes licitados, un Sobre-Archivo 2 independiente por cada lote al que se oferte, y un Sobre-Archivo 3 independiente por cada lote ofertado
Ver citas del pliego (1)
… En caso de licitación por lotes del objeto de contrato: Un (1) solo sobre-archivo 1 indicando el lote o números de lotes a los que licite, para ello deberá cumplimentar de acuerdo con su oferta el apartado 25 del Anexo III «DECLARACIÓN RESPONSABLE» A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 2: Los documentos no excluyentes (*) que puede present ar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.2 de este CRC.
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de A a D deben cumplimentarse: A B C D Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1: No se establece. Si en el apartado 19.2 del CRC se establece la obli gación de indicar por el licitador la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, se debe aportar declaración en que manifieste su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de finido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontrati stas a los que se vaya a encomendar su realización. En caso de licitación por lotes del objeto de contrato: Un (1) solo sobre-archivo 1 indicando el lote o números de lotes a los que licite, para ello deberá cumplimentar de acuerdo con su oferta el apartado 25 del Anexo III «DECLARACIÓN RESPONSABLE» A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 2: Los documentos no excluyentes (*) que puede present ar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.2 de este CRC. En caso de licitación por lotes del objeto de contr ato: Se presentará un sobre-archivo 2 por cada uno de los lotes a los que presente oferta. (*) IMPORTANTE: En este sobre-archivo no se admitirá ningún dato qu e ponga de manifiesto información relevante sobre los criterios de adjudi cación de valoración automática del Sobre- Archivo 3. De concurrir dicha circunstancia, la Mes a de contratación podrá determinar la exclusión del licitador correspondiente. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 3: Los documentos que puede presentar el licitador para ser valorados conforme a los criterios y documentos recogidos en el apartado 8.1.1 de este CRC. La proposición económica se…
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Otro confianza alta
Cumplimentación de criterios de selección en la declaración responsable (Anexo III): NO procede cumplimentar las secciones A a D de la parte IV, bastando con cumplimentar la sección global alfa (α)
Ver citas del pliego (2)
…SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de A a D deben cumplimentarse: A B C D Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1:
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) : SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de A a D deben cumplimentarse: A B C D Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1: No se establece. Si en el apartado 19.2 del CRC se establece la obli gación de indicar por el licitador la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, se debe aportar declaración en que manifieste su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de finido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontrati stas a los que se vaya a encomendar su realización. En caso de licitación por lotes del objeto de contrato: Un (1) solo sobre-archivo 1 indicando el lote o números de lotes a los que licite, para ello deberá cumplimentar de acuerdo con su oferta el apartado 25 del Anexo III «DECLARACIÓN RESPONSABLE» A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO…
…En relación con los criterios de selección (sección o secciones A a D de la presente parte), el operador económico declara que: : INDICACIÓN GLOBAL RELATIVA A TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico solo debe cumplimentar esta sección (alfa “ α”), teniendo en cuenta los apartados 5, 6 y 7 del cuadro resumen de características (en adelante CRC) donde se recogen todos los requisitos que versan sobre la IDONEIDAD,…
Documento adicional · págs. 16–17Fragmento #71494 Ver contexto
16 PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN. En relación con los criterios de selección (sección o secciones A a D de la presente parte), el operador económico declara que: : INDICACIÓN GLOBAL RELATIVA A TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN. El operador económico solo debe cumplimentar esta sección (alfa “ α”), teniendo en cuenta los apartados 5, 6 y 7 del cuadro resumen de características (en adelante CRC) donde se recogen todos los requisitos que versan sobre la IDONEIDAD, SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL, SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL, omitiendo cualquier otra sección de esta parte IV, salvo que el órgano de contratación en el apartado 14 del CRC “A adjuntar en el SOBRE -ARCHIVO 1”, indique, en concreto, que secciones de A a D deben cumplimentarse de esta parte del Anexo. 58.- Cumplimiento de todos los criterios de selección: Respuesta: Cumple los criterios de selección requeridos en los apartados 5, 6 y 7 del cuadro resumen de características: [ ]SI [ ]NO A: IDONEIDAD. El operador económico solo debe cumplimentar esta sección cuando el órgano…
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Otro confianza alta
Envío y firma electrónica de ofertas: los sobres-archivos se remitirán obligatoriamente de forma telemática a través de la PLACSP, con firma electrónica avanzada de la proposición económica según el modelo del Anexo II
Ver citas del pliego (1)
11 1. La PROPOSICIÓN ECONÓMICA , en caracteres claros, según el model o correspondiente fijado en el Anexo II y deberá ir debidamente firmada (firma electrónica avanzada) por el licitador o persona que lo represente. Si fuera el licitador una unión de empresarios la oferta debe ser firmada por los representantes de las mismas.
PCAP · pág. 11Fragmento #71162 Ver contexto
11 1. La PROPOSICIÓN ECONÓMICA , en caracteres claros, según el model o correspondiente fijado en el Anexo II y deberá ir debidamente firmada (firma electrónica avanzada) por el licitador o persona que lo represente. Si fuera el licitador una unión de empresarios la oferta debe ser firmada por los representantes de las mismas. 2. Además, se adjuntará la DOCUMENTACIÓN que haya de servir PARA LA VALORACIÓN del resto DE CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA , especificados en el apartado 8.1.1 del CRC. El órgano de c ontratación deberá señalar la fórmula elegida para la valoración de la oferta económica de entre las establecidas en el CRC, eliminando las que no correspondan. 4.6.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. Los sobres -archivos se firmarán electrónicamente y, se enviarán a través del módulo de licitación electrónica de la PLACSP, dentro del plazo y hora fijados en el anuncio de licitación y en el apartado 15 del CRC, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 156 de la LCSP. En el caso de…
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Otro confianza alta
Declaración de pertenencia a grupo de empresas: declaración sobre la pertenencia a grupo empresarial según el artículo 42.1 del Código de Comercio y la concurrencia o no de otras empresas del mismo grupo a la licitación
Ver citas del pliego (2)
… No concurren a la li citación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio41. Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio (indicar nombre de las otras empresas): Preferencia en la adjudicación, en caso de empate.
Documento adicional · págs. 22–23Fragmento #71497 Ver contexto
…dispone: 67.- Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ .................. ][ .................. ] PARTE V: ACREDITACIÓN DE OTRAS CIRCUNSTANCIAS EXIGIDAS POR EL ÓRGANO ADJUDICADOR. Pertenencia a grupo empresarial. Respuesta: 68.- El operador económico al que represento (indicar a ó b): a) No pertenece a ningún grupo de empresas. b) Pertenece al grupo de empresas denominado: __________ compuesto por las siguientes empresas (indicar todas las empresas del grupo). En el caso de señalar la opción b) debe indicar: No concurren a la li citación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio41. Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio (indicar nombre de las otras empresas): Preferencia en la adjudicación, en caso de empate. Respuesta: 69.- El operador económico cumple los requisitos legales exigidos para que le sea aplicable la preferencia en la adjudicación, en caso de empate: [ ]SI [ ]NO En caso afirmativo, Indicar cuál/cuales de los siguientes criterios cumple: Empresa con más de un 2 % de trabajadores con discapacidad. - Porcentaje de trabajadores con discapacidad: ____ %. Empresa de inserción, según la Ley 44/2007, de 13 de diciembre. Empresa socialmente responsable, de conformidad con la Ley 15 /2010, de 9 de 41 Indicar el lote en caso de licitación por lotes.
…En los casos anteriores si empresas pertenecientes a un mismo grupo, en la forma en que se define al grupo de empresas en el artículo 42 del Código de C omercio, presentasen distintas proposiciones se tomará, para aplicar el régimen de identificación d e las ofertas incursas en presunción de anormalidad , aquella que fuere más baja, y ello con independenci a de que presenten su oferta en solitario o…
Documento adicional · págs. 16–17Fragmento #71397 Ver contexto
…aquellas n´ ofertas cuyas bajas cumplan la condición: | BO j− BM |≤ σ o Se calculará el valor de la baja de referencia (BR) teniendo en cuenta exclusivamente las n´ ofertas seleccionadas: BR= 1 n '⋅∑ j= 1 j=n ' BO j Siendo: BOj = Bajas de las ofertas económicas de los licita dores admitidos y seleccionados por cumplir la condición | BO j− BM |≤ σ. n´ = Número total de ofertas económicas admitidas y seleccionadas por cumplir la condición | BO j− BM |≤ σ. Si, conforme a los criterios anteriores, alguna ofe rta presentara valores anormales, se estará a lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato. En los casos anteriores si empresas pertenecientes a un mismo grupo, en la forma en que se define al grupo de empresas en el artículo 42 del Código de C omercio, presentasen distintas proposiciones se tomará, para aplicar el régimen de identificación d e las ofertas incursas en presunción de anormalidad , aquella que fuere más baja, y ello con independenci a de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal, produciéndose la aplicación de los efecto s derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas anormales a las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo. 8.2.2.- EN RELACIÓN CON EL RESTO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. No se establecen. 9.- MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación por Resolución de 14 de julio de 2026 está compuesta por: TITULARES: Presidenta: Ana María López Martín, Jefa de Servicio de Gestió n y Régimen Jurídico de Contratación Administrativa de la Secretaría General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y…
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Otro confianza alta
Designación de Delegado de Obra: en la memoria técnica descriptiva se exigirá designar al técnico titulado que el contratista propone como Delegado de obra
Ver citas del pliego (1)
…En este documento se designará al técnico titulado que el contratista propone como Delegado de obra. - La descripción de todas las actividades importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos. - La relación de las fuentes de suministro de materia les y validación de las mismas, con declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa v igente (certificados) de la fabricación de los…
Documento adicional · pág. 10Fragmento #71392 Ver contexto
10 Expondrá las características de los medios técnicos , haciendo referencia en su caso a las prescripcion es técnicas que sean de obligado cumplimiento. La Memoria deberá contener, al menos: - Un resumen de los medios personales y materiales qu e estiman necesarios para ejecutar el contrato. La relación de medios personales vendrá referida exclusivamente a perfiles profesionales, indicando categoría y formación de las personas a a dscribir a la ejecución del contrato. En este documento se designará al técnico titulado que el contratista propone como Delegado de obra. - La descripción de todas las actividades importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos. - La relación de las fuentes de suministro de materia les y validación de las mismas, con declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa v igente (certificados) de la fabricación de los distintos materiales a emplear en obra, dada la obligatoriedad de tales certificados. - El análisis de las necesidades de acopios y de instalaciones auxiliares. - El análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos. - Desvíos provisionales y reposiciones de servicios c on sus medidas de señalización y seguridad previstas. - Las zonas previstas para préstamos y vertederos. El programa de organización del trabajo se redactará de acuerdo con las siguientes instrucciones: - El licitador realizará una planificación de la obra teniendo en cuenta los equipos humanos y materiales ofertados adscritos a cada una de las ac tividades descritas en la Memoria, debiendo…
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Otro confianza alta
Compromiso de constitución en Unión Temporal de Empresas (UTE): los licitadores agrupados deben presentar compromiso formal en documento privado con nombres, porcentajes de participación y designación de apoderado o representante único con poderes bastantes ante la Administración (Anexo VI)
Ver citas del pliego (3)
…Los empresarios que deseen concurrir a la licitación integrados en una unión temporal deberán indicar en documento privado los nombres y circunstancias de l os empresarios que la suscribe n, la participación de cada uno de ellos , así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión t emporal, caso de resultar adjudicatarios del contrato, nombrando un representante o apoderado único de la unión que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la…
PCAP · pág. 10Fragmento #71161 Ver contexto
10 documentos que tengan una difusión restringida y, en ningún caso, a documentos que sean públicamente accesibles. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. En caso de discrepancia entre lo indicado en el propio documento y lo manifestado por el licitador en el Anexo III, prevalecerá lo que se declare en este último. De no haber indicado nada en esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter. 2. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS, en su caso. Los empresarios que deseen concurrir a la licitación integrados en una unión temporal deberán indicar en documento privado los nombres y circunstancias de l os empresarios que la suscribe n, la participación de cada uno de ellos , así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión t emporal, caso de resultar adjudicatarios del contrato, nombrando un representante o apoderado único de la unión que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todo s ante la Administración (artículo 69 de la LCSP y 24 del RGLCAP) . El citado documento deberá estar firmado por los rep resentantes de cada una de las e mpresas componentes de la Unión, según el modelo establecido en el Anexo VI del presente pliego. 3. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS, si procede. En el caso de que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.2 de la LCSP, se hubiera establecido en el apartado 7 del CRC, la exigencia de adscripción de medios personales y/o materiales a la ejecución del contrato, se deberá aportar el modelo de compromiso del Anexo V. 4. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA GARANTÍA PROVISIONAL. En el procedimiento de…
…LCSP y 24 del RGLCAP). Así mismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante la Administración y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante la Administración para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
PCAP · pág. 5Fragmento #71156 Ver contexto
…Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP. Podrán igualmente contratar con la Administración las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, pero sí que los empresarios integrados en ella indiquen sus nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatario (artículo 69 de la LCSP y 24 del RGLCAP). Así mismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante la Administración y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante la Administración para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Si durante la tramitación de estos procedimientos y antes de la formalización se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en el PCAP para poder participar en el procedimiento…
… Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) :
Documento adicional · págs. 18–19Fragmento #71398 Ver contexto
…asume el órgano de contratación, por su especial naturaleza, régimen de pagos o condiciones del cumplimiento del contrato: (hasta 5% del precio final ofertado por el licitador, excluido el IVA) LOTE Nª 1 GARANTÍA DEFINITIVA EX – 310 – PK 6+140 . 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. LOTE Nª 2 GARANTÍA DEFINITIVA PK 6+140 – EX 107 1 por 100 del precio final ofertado, IVA excluido. 13.- PROGRAMA DE TRABAJO. Obligación de presentar un programa de trabajo: SI X NO Plazo de presentación: TREINTA (30) DÍAS NATURALES, desde la formalización del contrato. 14.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: Declaración responsable contenida en el Anexo III , así como el compromiso de constitución de unión temporal (Anexo VI) , cuando procedan. 19 Cumplimentar las secciones de A a D de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) : SI NO X En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ” criterios de selección ” del Anexo III (declaración responsable) , omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de A a D deben cumplimentarse: A B C D Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1: No se establece. Si en el apartado 19.2 del CRC se establece la obli gación de indicar por el licitador la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, se debe aportar declaración en que manifieste su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de finido por referencia a las condiciones de…
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Otro confianza alta
Mantenimiento y adscripción obligatoria de medios durante la ejecución: el adjudicatario ejecutará el contrato con los mismos medios aportados para acreditar su solvencia, no pudiendo sustituirlos salvo por causas imprevisibles y previa autorización administrativa con medios equivalentes
Ver citas del pliego (1)
…Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración. El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este pliego, podrá exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia se comprometan a dedicar o…
PCAP · pág. 7Fragmento #71158 Ver contexto
…que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. En ambos casos habrá que estar a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP. No obstante, se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, si así se establece en el apartado 20.1 del CRC con indicación de los trabajos a los que se refiera. En caso de resultar adjudicatario, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración. El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este pliego, podrá exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, que deberán concretar en su oferta (artículo 76.2 de la LCSP), según el modelo establecido en el Anexo V. Estos compromisos se integrarán en el contrato, debiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 211.1. f) de la LCSP, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.1 de la LCSP y artículo 16 de la LCPSREx, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. En los supuestos en los que los licitadores concurran bajo la forma de Unión T emporal de Empresas o promesa de…
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Otro confianza alta
Capacidad de obrar vinculada al objeto estatutario: las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias si las prestaciones del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad fijados en sus estatutos o reglas fundacionales
Ver citas del pliego (1)
…En el caso de las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En relación con las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP.
PCAP · pág. 5Fragmento #71156 Ver contexto
5 Solo podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional , o se encuentren debidamente clasificadas en los casos en que así lo permita la LCSP. Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato (apartado 6 del CRC). En el caso de las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En relación con las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP. Podrán igualmente contratar con la Administración las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, pero sí que los empresarios integrados en ella indiquen sus nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatario (artículo 69 de la LCSP y 24 del RGLCAP). Así mismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante la Administración y nombrar un representante o apoderado único de la…
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Solvencia técnica confianza alta
Lote 1: Para empresas exentas de la exigencia de clasificación (artículo 78 de la LCSP), relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, siendo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato: 6.065.169,89 €, acreditada mediante certificados de buena ejecución
Ver citas del pliego (1)
7 Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, según Lote, de esta manera: Lote 1: 6.065.169,89 € Lote 2: 5.863.883,58 €. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certif icados de buena ejecución;
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
7 Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, según Lote, de esta manera: Lote 1: 6.065.169,89 € Lote 2: 5.863.883,58 €. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certif icados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejec ución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directa mente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Los empresarios extranjeros de países miembros de l a Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica en la misma forma que se exige a los empresarios…
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Solvencia técnica confianza alta
Lote 2: Para empresas exentas de la exigencia de clasificación (artículo 78 de la LCSP), relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, siendo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato: 5.863.883,58 €, acreditada mediante certificados de buena ejecución
Ver citas del pliego (1)
7 Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, según Lote, de esta manera: Lote 1: 6.065.169,89 € Lote 2: 5.863.883,58 €. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certif icados de buena ejecución;
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
7 Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, según Lote, de esta manera: Lote 1: 6.065.169,89 € Lote 2: 5.863.883,58 €. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certif icados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejec ución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directa mente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Los empresarios extranjeros de países miembros de l a Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica en la misma forma que se exige a los empresarios…
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Solvencia técnica confianza alta
Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 88.2 de la LCSP: NO procede (marcado NO)
Ver citas del pliego (2)
… Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 88.2 de la LCSP: SI NO X 5.3.- Presentación de certificados expedidos por or ganismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 93 y 94 de la LCSP): SI NO X 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
…de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que s e cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Los empresarios extranjeros del resto de países lo acreditarán en la misma forma que se exige a los empresarios españoles. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 88.2 de la LCSP: SI NO X 5.3.- Presentación de certificados expedidos por or ganismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 93 y 94 de la LCSP): SI NO X 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO. Procede: SI □ NO X 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Procede: SI NO X 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. Tramitación anticipada: SI X NO En caso de tramitación anticipada conforme al artíc ulo 117.2 de la LCSP, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad en que vaya a ejecutarse el contrato. 8 Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: abierto. IMPORTANTE: La apertura del Sobre-Archivo 1 se realizará en la primera sesión de la Mesa de contratación. En el caso de que ninguna empresa tuviera que realizar subsanaciones, y por tanto todas fuesen admitidas en la…
…En el apartado 5.2, cuarto punto del CRC, se indicará de forma diferenciada, para los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros , la acreditación de la solvencia técnica cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 88.2 de la LCSP.
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras, en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación en el ap artado 5.2 , primer punto del CRC, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de los documentos indicados en el apartado 5 .2, segundo punto del CRC, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP. En el apartado 5.2, cuarto punto del CRC, se indicará de forma diferenciada, para los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros , la acreditación de la solvencia técnica cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 88.2 de la LCSP. Con carácter general, los licitadores estarán exentos de la obligación de acreditar la solvencia económica y financiera y, la solvencia técnica y profesional, en los contratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades , independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una
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Solvencia técnica confianza alta
Presentación de certificados expedidos por organismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 93 y 94 de la LCSP): NO procede (marcado NO)
Ver citas del pliego (4)
…SI NO X 5.3.- Presentación de certificados expedidos por or ganismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 93 y 94 de la LCSP): SI NO X 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO. Procede: SI □ NO X 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Procede: SI NO X 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
…directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que s e cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Los empresarios extranjeros del resto de países lo acreditarán en la misma forma que se exige a los empresarios españoles. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 88.2 de la LCSP: SI NO X 5.3.- Presentación de certificados expedidos por or ganismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 93 y 94 de la LCSP): SI NO X 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO. Procede: SI □ NO X 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Procede: SI NO X 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. Tramitación anticipada: SI X NO En caso de tramitación anticipada conforme al artíc ulo 117.2 de la LCSP, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad en que vaya a ejecutarse el contrato. 8 Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: abierto. IMPORTANTE: La apertura del Sobre-Archivo 1 se realizará en la primera sesión de la Mesa de contratación. En el caso de que ninguna empresa tuviera que realizar subsanaciones, y por tanto todas fuesen admitidas en la licitación, se procederá, en el acto de esta primera sesión, a la apertura del Sobre- Archivo 2 ó 3 según proceda. 8.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.…
…La documentación acreditativa, si procede, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (artículo 76.2 de la LCSP) , de la forma indicada en el apartado 7 del CRC. F. Garantías: Documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 10.2 del p resente pliego y del apartado 11 del CRC.
PCAP · pág. 19Fragmento #71170 Ver contexto
…compromiso (artículo 75.2 de la LCSP) por escrito de dichas entidades, que demuestre que dispone efectivamente para la ejecución del contrato de la solvencia y medios declarados, para lo cual se empleará el modelo de declaración del Anexo VII. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán justificar documentalmente los apartados A, B, C, D, G y H. D. Habilitación empresarial o profesional. En el caso que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial o profesional de acuerdo con el apartado 6 del CRC, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma en la forma indicada en dicho apartado del CRC. E. Adscripción de medios personales y materiales. La documentación acreditativa, si procede, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (artículo 76.2 de la LCSP) , de la forma indicada en el apartado 7 del CRC. F. Garantías: Documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 10.2 del p resente pliego y del apartado 11 del CRC. En el caso de que proceda , d ocumentación acreditativa de ha ber constituido la garantía complementaria, cuando el órgano de contratación haya establecido para casos especiales que, además de la garantía definitiva, a que se refiere el párrafo anterio r, se preste una complementaria, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 10.3 del presente pliego y del apartado 12 del CRC. G. Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: – Obligaciones Tributarias. Las circunstancias expresadas en el artículo 13 del RGLCAP se acreditarán mediante certificación administrativa expedida por el órgano competente (en la cual se hará constar el carácter…
…En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes u otras pruebas de medidas equivalentes, si así se prevé en el apartado 5.3 del CRC, que acrediten que el licitador cumple determinadas normas de garantía de la calidad o de gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, que operarán como…
PCAP · pág. 7Fragmento #71158 Ver contexto
…a efectos de valorar si reúnen los requisitos mínimos exigidos en el correspondiente apartado del CRC. Si concurrieran varios licitadores en unión temporal la clasificación de esta será la resultante de su acumulación, de conformidad con el artículo 69.6 de la LCSP y el artículo 52 del RGLCAP . En todo caso, todas las empresas que concurran agrupadas deben estar clasificadas como empresa de obras, sin perjuicio de lo previsto para empresas que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo conforme al artículo 69.5 de la LCSP. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y gestión medioambiental. En los contratos sujetos a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir la presentación de certificados expedidos por organismos independientes u otras pruebas de medidas equivalentes, si así se prevé en el apartado 5.3 del CRC, que acrediten que el licitador cumple determinadas normas de garantía de la calidad o de gestión medioambiental, conforme a lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación. CLÁUSULA 4. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. 4.1.- De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 131.2 y 156 de la LCSP, el procedimiento de adjudicación será el Procedimiento abierto. 4.2.- PUBLICIDAD. De conformidad con el artículo 63 de la LCSP, a efectos de asegurar la transparencia y acceso público a la actividad contractual a través de la documentación necesaria a tales efectos, como los pliegos de cláusulas administrativas particulares, los anuncios de licitación y demás documentación e información a que el precitado artículo 63 hace referencia, la forma de acceso…
…Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: Respuesta: 62.- ¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que cumple las normas de aseguramiento de la calidad requeridas, en particular en materia de accesibilidad para personas con discapacidad? 63.- Si la respuesta es negativa , sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre el sistema de…
Documento adicional · págs. 22–23Fragmento #71497 Ver contexto
…electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ .................. ][ .................. ] D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL. El operador económico debe cumplimentar esta sección cuando el órgano de contratación así lo indique en el apartado 14 del CRC “ A adjuntar en el SOBRE - ARCHIVO 1 ” y, únicamente cuando el contrato este sujeto a regulación armonizada y se exija la aplicación de sistemas de aseguramiento de la calidad o normas de gestión medioambiental (apartado 5.3 del CRC). Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental: Respuesta: 62.- ¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que cumple las normas de aseguramiento de la calidad requeridas, en particular en materia de accesibilidad para personas con discapacidad? 63.- Si la respuesta es negativa , sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre el sistema de aseguramiento de la calidad se dispone. 64.- Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: [ ]SI [ ]NO [ ................ ] [ ................. ] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [ ................ ][ .................. ][ .................. ] 65.- ¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que aplica los sistemas o normas de gestión medioambiental requeridos? 66.- Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de…
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Solvencia técnica confianza alta
Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato: NO procede (marcado NO)
Ver citas del pliego (3)
…SI NO X 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO. Procede: SI □ NO X 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Procede: SI NO X 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. Tramitación anticipada:
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
…que s e cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Los empresarios extranjeros del resto de países lo acreditarán en la misma forma que se exige a los empresarios españoles. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 88.2 de la LCSP: SI NO X 5.3.- Presentación de certificados expedidos por or ganismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 93 y 94 de la LCSP): SI NO X 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO. Procede: SI □ NO X 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Procede: SI NO X 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. Tramitación anticipada: SI X NO En caso de tramitación anticipada conforme al artíc ulo 117.2 de la LCSP, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad en que vaya a ejecutarse el contrato. 8 Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: abierto. IMPORTANTE: La apertura del Sobre-Archivo 1 se realizará en la primera sesión de la Mesa de contratación. En el caso de que ninguna empresa tuviera que realizar subsanaciones, y por tanto todas fuesen admitidas en la licitación, se procederá, en el acto de esta primera sesión, a la apertura del Sobre- Archivo 2 ó 3 según proceda. 8.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 8.1.1.- CRITERIOS DE…
…Habilitación empresarial o profesional. En el caso que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial o profesional de acuerdo con el apartado 6 del CRC, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma en la forma indicada en dicho apartado del CRC. E. Adscripción de medios personales y materiales.
PCAP · pág. 19Fragmento #71170 Ver contexto
…equivalentes indicados en el apartado 5.3 del CRC, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación. Integración de la solvencia con medios externos: si el licitador recurre a otras empresas para acreditar la solvencia, deberá aportar el compromiso (artículo 75.2 de la LCSP) por escrito de dichas entidades, que demuestre que dispone efectivamente para la ejecución del contrato de la solvencia y medios declarados, para lo cual se empleará el modelo de declaración del Anexo VII. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán justificar documentalmente los apartados A, B, C, D, G y H. D. Habilitación empresarial o profesional. En el caso que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial o profesional de acuerdo con el apartado 6 del CRC, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma en la forma indicada en dicho apartado del CRC. E. Adscripción de medios personales y materiales. La documentación acreditativa, si procede, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (artículo 76.2 de la LCSP) , de la forma indicada en el apartado 7 del CRC. F. Garantías: Documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 10.2 del p resente pliego y del apartado 11 del CRC. En el caso de que proceda , d ocumentación acreditativa de ha ber constituido la garantía complementaria, cuando el órgano de contratación haya establecido para casos especiales que, además de la garantía definitiva, a que se refiere el…
…Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato (apartado 6 del CRC). En el caso de las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
PCAP · pág. 5Fragmento #71156 Ver contexto
5 Solo podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional , o se encuentren debidamente clasificadas en los casos en que así lo permita la LCSP. Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato (apartado 6 del CRC). En el caso de las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. En relación con las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP. Podrán igualmente contratar con la Administración las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, pero sí que los empresarios integrados en ella indiquen sus nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso…
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Solvencia técnica confianza alta
Compromiso de adscripción de medios personales o materiales como requisito de solvencia (artículo 76.2 de la LCSP): NO procede (marcado NO)
Ver citas del pliego (4)
… Procede: SI □ NO X 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Procede: SI NO X 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. Tramitación anticipada: SI X NO En caso de tramitación anticipada conforme al artíc ulo 117.2 de la LCSP, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad en que vaya a ejecutarse el contrato.
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
…ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Los empresarios extranjeros del resto de países lo acreditarán en la misma forma que se exige a los empresarios españoles. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 88.2 de la LCSP: SI NO X 5.3.- Presentación de certificados expedidos por or ganismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental (artículos 93 y 94 de la LCSP): SI NO X 6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL PRECISA PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO. Procede: SI □ NO X 7.- ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES. Procede: SI NO X 8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. Tramitación anticipada: SI X NO En caso de tramitación anticipada conforme al artíc ulo 117.2 de la LCSP, la adjudicación quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la anualidad en que vaya a ejecutarse el contrato. 8 Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: abierto. IMPORTANTE: La apertura del Sobre-Archivo 1 se realizará en la primera sesión de la Mesa de contratación. En el caso de que ninguna empresa tuviera que realizar subsanaciones, y por tanto todas fuesen admitidas en la licitación, se procederá, en el acto de esta primera sesión, a la apertura del Sobre- Archivo 2 ó 3 según proceda. 8.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 8.1.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN ES AUTOMÁTICA: HASTA 75 PUNTOS. 1.- Evaluación de la oferta económica: Hasta 60 puntos. 1.1.- Puntuación máxima y mínima aplicable al criterio precio. Puntuación (P eco ) 60 puntos 1.2.-Fórmulas matemáticas…
…Adscripción de medios personales y materiales. La documentación acreditativa, si procede, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (artículo 76.2 de la LCSP) , de la forma indicada en el apartado 7 del CRC. F.
PCAP · pág. 19Fragmento #71170 Ver contexto
…para acreditar la solvencia, deberá aportar el compromiso (artículo 75.2 de la LCSP) por escrito de dichas entidades, que demuestre que dispone efectivamente para la ejecución del contrato de la solvencia y medios declarados, para lo cual se empleará el modelo de declaración del Anexo VII. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán justificar documentalmente los apartados A, B, C, D, G y H. D. Habilitación empresarial o profesional. En el caso que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial o profesional de acuerdo con el apartado 6 del CRC, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma en la forma indicada en dicho apartado del CRC. E. Adscripción de medios personales y materiales. La documentación acreditativa, si procede, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (artículo 76.2 de la LCSP) , de la forma indicada en el apartado 7 del CRC. F. Garantías: Documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 10.2 del p resente pliego y del apartado 11 del CRC. En el caso de que proceda , d ocumentación acreditativa de ha ber constituido la garantía complementaria, cuando el órgano de contratación haya establecido para casos especiales que, además de la garantía definitiva, a que se refiere el párrafo anterio r, se preste una complementaria, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 10.3 del presente pliego y del apartado 12 del CRC. G. Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: –…
…El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este pliego, podrá exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, que deberán concretar en su oferta (artículo 76.2 de la LCSP), según el modelo establecido en el Anexo V.
PCAP · pág. 7Fragmento #71158 Ver contexto
…en el artículo 75 de la LCSP. No obstante, se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, si así se establece en el apartado 20.1 del CRC con indicación de los trabajos a los que se refiera. En caso de resultar adjudicatario, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración. El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este pliego, podrá exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, que deberán concretar en su oferta (artículo 76.2 de la LCSP), según el modelo establecido en el Anexo V. Estos compromisos se integrarán en el contrato, debiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 211.1. f) de la LCSP, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.1 de la LCSP y artículo 16 de la LCPSREx, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. En los supuestos en los que los licitadores concurran bajo la forma de Unión T emporal de Empresas o promesa de constitución de la misma, de resultar adjudicatarios, la solvencia acreditada por cada uno de sus miembros se acumulará a la de los restantes, a efectos de valorar si reúnen los requisitos mínimos…
…3. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS, si procede. En el caso de que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.2 de la LCSP, se hubiera establecido en el apartado 7 del CRC, la exigencia de adscripción de medios personales y/o materiales a la ejecución del contrato, se deberá aportar el modelo de compromiso del Anexo V. 4. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA GARANTÍA PROVISIONAL.
PCAP · pág. 10Fragmento #71161 Ver contexto
…una unión temporal deberán indicar en documento privado los nombres y circunstancias de l os empresarios que la suscribe n, la participación de cada uno de ellos , así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión t emporal, caso de resultar adjudicatarios del contrato, nombrando un representante o apoderado único de la unión que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todo s ante la Administración (artículo 69 de la LCSP y 24 del RGLCAP) . El citado documento deberá estar firmado por los rep resentantes de cada una de las e mpresas componentes de la Unión, según el modelo establecido en el Anexo VI del presente pliego. 3. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS, si procede. En el caso de que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.2 de la LCSP, se hubiera establecido en el apartado 7 del CRC, la exigencia de adscripción de medios personales y/o materiales a la ejecución del contrato, se deberá aportar el modelo de compromiso del Anexo V. 4. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA GARANTÍA PROVISIONAL. En el procedimiento de contratación no procederá la exigencia de garantía provisional, salvo cuando de forma excepcional el órgano de contratación, por motivos de interés público , lo considere necesario y lo justifique motivadamente en el expediente. La garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en la cláusula 10 del presente pliego. En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal. Las circunstancias relativas a la capacidad,…
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Solvencia técnica confianza alta
Integración de la solvencia técnica con medios externos: si el licitador recurre a otras entidades para acreditar su solvencia, deberá aportar compromiso por escrito de dichas entidades (artículo 75.2 de la LCSP) demostrando que dispondrá efectivamente de los medios para la ejecución, mediante el modelo de declaración del Anexo VII
Ver citas del pliego (2)
…Integración de la solvencia con medios externos: si el licitador recurre a otras empresas para acreditar la solvencia, deberá aportar el compromiso (artículo 75.2 de la LCSP) por escrito de dichas entidades, que demuestre que dispone efectivamente para la ejecución del contrato de la solvencia y medios declarados, para lo cual se empleará el modelo de declaración del Anexo VII.
PCAP · pág. 19Fragmento #71170 Ver contexto
19 los contratos sujetos a regulación armonizada, el licitador deberá aportar los certificados u otras pruebas de medidas equivalentes indicados en el apartado 5.3 del CRC, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación. Integración de la solvencia con medios externos: si el licitador recurre a otras empresas para acreditar la solvencia, deberá aportar el compromiso (artículo 75.2 de la LCSP) por escrito de dichas entidades, que demuestre que dispone efectivamente para la ejecución del contrato de la solvencia y medios declarados, para lo cual se empleará el modelo de declaración del Anexo VII. La empresa o empresas a las que recurre el licitador deberán justificar documentalmente los apartados A, B, C, D, G y H. D. Habilitación empresarial o profesional. En el caso que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial o profesional de acuerdo con el apartado 6 del CRC, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma en la forma indicada en dicho apartado del CRC. E. Adscripción de medios personales y materiales. La documentación acreditativa, si procede, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (artículo 76.2 de la LCSP) , de la forma indicada en el apartado 7 del CRC. F.…
…En caso de resultar adjudicatario, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración. El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este…
PCAP · pág. 7Fragmento #71158 Ver contexto
…por escrito de dichas entidades. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 de la LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. En ambos casos habrá que estar a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP. No obstante, se podrá exigir que determinadas partes o trabajos, en atención a su especial naturaleza, sean ejecutadas directamente por el propio licitador o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por un participante en la misma, si así se establece en el apartado 20.1 del CRC con indicación de los trabajos a los que se refiera. En caso de resultar adjudicatario, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración. El órgano de contratación, cuando así lo haya hecho constar en el apartado 7 del CRC que acompaña a este pliego, podrá exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, que deberán concretar en su oferta (artículo 76.2 de la LCSP), según el modelo establecido en el Anexo V. Estos compromisos se integrarán en el contrato, debiendo los pliegos o el documento contractual, atribuirles el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 211.1. f) de la LCSP, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.1 de la LCSP y artículo 16 de la LCPSREx, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. En los…
Lectura automática de los pliegos publicados, con la cita del fragmento de origen en cada requisito. Ante cualquier discrepancia prevalece el documento oficial.
Cómo se convierte el cuadro de criterios de un pliego en el índice de la memoria técnica, con un ejemplo real: modelo y ejemplo de memoria técnica.
Hechos del expediente, con su cita
20 datos clave: 10 localizados, 3 sin localizar, 7 sin leer. Cada dato lleva la frase del pliego de la que sale, o la ficha oficial cuando es un dato del anuncio.
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Objeto del contrato Ficha oficial (PLACSP)
Obras de construcción de la Ronda Sur De Badajoz. Tramo II: EX310 a EX107 .2 LOTES OBR160426003.
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Órgano de contratación Ficha oficial (PLACSP)
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
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Procedimiento Ficha oficial (PLACSP)
Abierto
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Tramitación Ficha oficial (PLACSP)
Ordinaria
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CPV Ficha oficial (PLACSP)
45233120
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Valor estimado del contrato Ficha oficial (PLACSP)
36.923.239,07 €
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Fecha límite de presentación Ficha oficial (PLACSP)
07/10/2026 15:00
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Criterios de adjudicación
Evaluación de la oferta económica (criterio cuantificable de forma automática): hasta 60 puntos, calculada mediante la Fórmula C acordada por el Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de 27 de noviembre de 2025 y 8 más ver
Ver citas del pliego (2)
…1.2.-Fórmulas matemáticas a utilizar para valorar el criterio precio. Fórmula C: (Acordada por el Pleno de la junta Consultiva de Co ntratación Administrativa de 27 de noviembre de 202 5, informada por la Intervención General con fecha 26 de enero de 2026 y por la Abogacía General con fech a 30 de enero de 2026) Para determinar la puntuación económica de una oferta (P i) se procederá del siguiente modo:
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
…ejecutarse el contrato. 8 Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: abierto. IMPORTANTE: La apertura del Sobre-Archivo 1 se realizará en la primera sesión de la Mesa de contratación. En el caso de que ninguna empresa tuviera que realizar subsanaciones, y por tanto todas fuesen admitidas en la licitación, se procederá, en el acto de esta primera sesión, a la apertura del Sobre- Archivo 2 ó 3 según proceda. 8.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 8.1.1.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN ES AUTOMÁTICA: HASTA 75 PUNTOS. 1.- Evaluación de la oferta económica: Hasta 60 puntos. 1.1.- Puntuación máxima y mínima aplicable al criterio precio. Puntuación (P eco ) 60 puntos 1.2.-Fórmulas matemáticas a utilizar para valorar el criterio precio. Fórmula C: (Acordada por el Pleno de la junta Consultiva de Co ntratación Administrativa de 27 de noviembre de 202 5, informada por la Intervención General con fecha 26 de enero de 2026 y por la Abogacía General con fech a 30 de enero de 2026) Para determinar la puntuación económica de una oferta (P i) se procederá del siguiente modo: En función de la proposición económica, las ofertas se puntuarán entre 0 y 60 puntos de acuerdo con lo s criterios que a continuación se indican: Donde: P i = Puntuación a calcular para la oferta i-ésima. Peco = Puntuación máxima destinada al criterio precio = 60 puntos. Bi = Baja de la oferta económica i-ésima. Medida en % con relación al presupuesto base de licitación (IVA excluido) Bmáx = “Baja máxima”. En caso de que ningún B i supere el umbral para considerarlas anormalmente b ajas, B máx coincidirá con ese umbral, el cual será calculado una vez conocidas las proposiciones económicas. Si alguna/s oferta/s Fórmula A Fórmula B Fórmula C X
…Anexos II.A «MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA » y II.BIS «MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA» debidamente cumplimentado. 8.1.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN D EPENDE DE UN JUICIO DE VALOR: HASTA 25 PUNTOS. La distribución de la puntuación se hará de manera proporcional en todos los aspectos de valoración, atribuyendo la puntuación en consideración el conte nido sustancial de la documentación que en cada…
Documento adicional · pág. 9Fragmento #71391 Ver contexto
…La validación de los controles adicionales se reali zará por parte de la Dirección Facultativa durante la ejecución de la obra. Se entregará recopilación de los ensayos realizados en la Recepción de la obra. La valoración de este criterio se realizará hasta 5 puntos a la mejor oferta y proporcionalmente al re sto (regla de proporcionalidad directa), fijándose un l ímite máximo del 2 %, es decir, en el PPT se marca la obligatoriedad de gastar un 1% en los ensayos neces arios para el control de calidad, luego la ampliaci ón máxima será del 1% adicional para alcanzar el 2% final. Documentación técnica a presentar para la valoració n de los criterios establecidos en este apartado: Anexos II.A «MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA » y II.BIS «MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA» debidamente cumplimentado. 8.1.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA VALORACIÓN D EPENDE DE UN JUICIO DE VALOR: HASTA 25 PUNTOS. La distribución de la puntuación se hará de manera proporcional en todos los aspectos de valoración, atribuyendo la puntuación en consideración el conte nido sustancial de la documentación que en cada criterio se relaciona, valorándose las especialidades y peculiaridades diferenciales de cada oferta, a sí como su coherencia, viabilidad o adecuación al objeto del contrato, así como a la normativa aplicable. 1.1 Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo: hasta 20 puntos La memoria descriptiva será la base para explicitar el contenido del Programa de Trabajo. Describirá los procesos de ejecución de las activid ades más significativas de la obra, enumerando los procesos constructivos y los elementos que incorporarán los mismos. Reflejará la planificación de las actuaciones neces arias ordenándolas tanto desde un punto de vista fí sico como temporal.
Ver los 6 hechos restantes
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Criterios de desempate
Criterios de preferencia en la adjudicación en caso de empate: preferencia para empresas con más de un 2% de trabajadores con discapacidad, empresas de inserción (Ley 44/2007, de 13 de diciembre) o empresas socialmente responsables (Ley 15/2010, de 9 de diciembre, de Extremadura) ver
Ver citas del pliego (1)
…- Porcentaje de trabajadores con discapacidad: ____ %. Empresa de inserción, según la Ley 44/2007, de 13 de diciembre. Empresa socialmente responsable, de conformidad con la Ley 15 /2010, de 9 de 41 Indicar el lote en caso de licitación por lotes.
Documento adicional · págs. 22–23Fragmento #71497 Ver contexto
…otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio41. Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio (indicar nombre de las otras empresas): Preferencia en la adjudicación, en caso de empate. Respuesta: 69.- El operador económico cumple los requisitos legales exigidos para que le sea aplicable la preferencia en la adjudicación, en caso de empate: [ ]SI [ ]NO En caso afirmativo, Indicar cuál/cuales de los siguientes criterios cumple: Empresa con más de un 2 % de trabajadores con discapacidad. - Porcentaje de trabajadores con discapacidad: ____ %. Empresa de inserción, según la Ley 44/2007, de 13 de diciembre. Empresa socialmente responsable, de conformidad con la Ley 15 /2010, de 9 de 41 Indicar el lote en caso de licitación por lotes.
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Clasificación empresarial
Lote 1: Clasificación obligatoria del contratista de obras en el Grupo A (Desmontes y vaciados), Subgrupo 2 (Explanaciones), Categoría 5 y 5 más ver
Ver citas del pliego (3)
…5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera:
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO EX – 310 – PK 6+140 . 18.773.123,23 € -Costes directos:15.262.70 1,81€ -Costes indirectos: 7.452.777,30 € 3.942.355,88 € 22.715.479,11 € 18.773.123,23 € LOTE Nº 2 PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN PRESUPUEST O BASE LICITACIÓN, DESGLOSAD O EN: IVA IMPORTE TOTAL VALOR ESTIMADO PK 6+140 – EX 107 18.150.115,84 € -Costes directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el…
…Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC.
PCAP · pág. 6Fragmento #71157 Ver contexto
…en las infracciones graves y muy graves” de las materias reguladas en la mencionada Ley, “la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y la prohibición para celebrar contratos con las Administraciones Públicas, durante un plazo de hasta dos años en las infracciones graves y hasta cinco años en las muy graves”. 3.3.- SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN. T odos los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determinen por el órgano de contratación en el apartado 5 del CRC, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 83 y del 86 al 95 de la LCSP y su normativa de desarrollo. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obra s en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría/s de clasificación correspondiente al contrato, atendiendo para ello al/a los código/s CPV/S del contrato (apartado 1 CRC), y a lo establecido en el apartado 5.1 del CRC. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros , el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras, en el/los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cuando por una razón válida, el licitador no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación en el ap artado 5.2 , primer punto del CRC, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio…
…CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de…
PCAP · pág. 18Fragmento #71169 Ver contexto
…según el tipo de persona jurídica de que se trate. B. Documentos que acrediten, en su caso, la representación: Copia auténtica o legitimada notarialmente del DNI /NIE o documento equivalente si no tuviera nacionalidad española del firmante de la proposición económica, así como del poder bastante para obligar a la empresa por la que licita. C. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los licitadores , para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros, deberán acreditar su solvencia mediante su clasificación como contratista en el/los Grupo/s, Subgrupo/s, y Categoría/s mínimas de clasificación especificados en el apartado 5.1 del CRC. En el caso de no ser requisito obligatorio la clasificación (contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros), los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación (en su caso, como contratista de obras , en el /los grupo/s, subgrupo/s, y categoría /s de clasificación correspondiente al contrato –apartado 5.1 del CRC) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el apartado 5.2 del CRC. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental: si así se prevé en el CRC, motivadamente, al amparo de lo previsto en los artículos 93 y 94 de la LCSP, en
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Solvencia económica exigida
Lote 1: Para empresas exentas de la exigencia de clasificación (artículo 78 de la LCSP), volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior al 50% del valor anual medio: 4.332.259,21 €. Se acreditará mediante cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente, o libros d… y 3 más ver
Ver citas del pliego (1)
…5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas…
Documento adicional · págs. 5–6Fragmento #71389 Ver contexto
…directos:14.756. 191,74 € -Costes indirectos:7.205. 448,43 € 3.811.524,33 € 21.961.640,17 € 18.150.115,84 € 6 Sistema de determinación del precio: UNIDADES DE OBRA. 4.- CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI X NO □ 5.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. 5.1.- Clasificación del contratista: Exigible: SI x NO Lote 1: EX – 310 – PK 6+140 . GRUPO/S: SUBGRUPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 G 4 5 Lote 2: PK 6+140 – EX 107 . GRUPO/S: SUBGR UPO/S: CATEGORÍA/S: A 2 5 B 3 5 Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: 5.2.- Solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Volumen anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos por importe igual o superior 50% valor anual medio, según Lote, de esta manera: Lote 1: 4.332.259,21 € Lote 2: 4.188.488,27 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medi o de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercanti l. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: No se establecen. Acreditación de la solvencia…
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Solvencia técnica exigida
Lote 1: Para empresas exentas de la exigencia de clasificación (artículo 78 de la LCSP), relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, siendo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato: 6.065.169,89 €, acredita… y 6 más ver
Ver citas del pliego (1)
7 Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, según Lote, de esta manera: Lote 1: 6.065.169,89 € Lote 2: 5.863.883,58 €. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certif icados de buena ejecución;
Documento adicional · págs. 7–8Fragmento #71390 Ver contexto
7 Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, según Lote, de esta manera: Lote 1: 6.065.169,89 € Lote 2: 5.863.883,58 €. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certif icados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejec ución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directa mente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Los empresarios extranjeros de países miembros de l a Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica en la misma forma que se exige a los empresarios…
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Subcontratación
Subcontratación: SI procede (marcado SI) y 3 más ver
Ver citas del pliego (1)
…19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas:
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…establece. Plazos de recepción parciales: SI NO X Dada la duración del contrato, el plazo de aviso de terminación de la ejecución del contrato al que hace referencia la cláusula 20.1 del PCAP será de: CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES. 17.- REVISIÓN DE PRECIOS. Procede SI X, de acuerdo con la justificación del órgano de contratación y conforme a lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la LCSP. Procede NO , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP. Índice oficial / Fórmula: 141 Construcción de carreteras con firmes de mezclas bituminosas: 18.- MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO: SI NO X 19.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. 19.1.- CESIÓN. Procede: SI X NO 19.2.- SUBCONTRATACIÓN. Procede: SI X NO Obligación de que los licitadores indiquen en la of erta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar: SI NO X Tareas críticas que no pueden ser objeto de subcontratación: No se establecen. Comprobación de pagos a subcontratistas o suministradores: SI X NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del…
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Condiciones especiales de ejecución
Obligación de informe previo a la finalización del contrato: la empresa adjudicataria deberá presentar con carácter previo a la finalización del contrato un informe relativo al cumplimiento de las cláusulas y condiciones especiales de ejecución de carácter social, medioambiental y otras políticas públicas ver
Ver citas del pliego (2)
…C on carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe r elativo al cumplimiento de las condiciones especial es de ejecución precedentes que le fueran exigibles legal o contractualmente.
Documento adicional · pág. 20Fragmento #71399 Ver contexto
…NO Pagos directos a los subcontratistas: SI X NO 20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.1.- Obligación de ejecutar determinadas partes o traba jos, en atención a su especial naturaleza, directamente por el propio licitador o, por un participante en la UTE: SI NO X 20.2.- Unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato: El Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda 20.3.- Indicadores objetivos para verificar el cumplimiento de las medidas concretas de la contratación pública sostenible por parte de la empresa adjudicataria: C on carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe r elativo al cumplimiento de las condiciones especial es de ejecución precedentes que le fueran exigibles legal o contractualmente.
…20.2.- Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de las cláusulas de carácter social, medioambiental y relativas a otras políticas públicas que le fueran exigibles legal o contractualmente. En caso de incumplimientos de estas cláusulas, el Director facultativo de la obra deberá informar al órgano…
PCAP · pág. 38Fragmento #71189 Ver contexto
…16 del CRC. Si llegado el fin del plazo de ejecución del contrato señalado en el apartado 1 6 del CRC el contratista no hubiera realizado la comunicación indicada en el párrafo anterior para proceder a la recepción de las obras, incurrirá automáticamente en mora, pudiendo entonces el órgano de contratación acordar la resolución del contrato o imponer las penalidades que se indican en la cláusula 28 de este pliego. Cuando los retrasos no fueran imputables al contratista y éste ofreciere cumplir sus compromisos si se le concediera prórroga, la Administración le concederá un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido a no ser que el contratista pidiese otro menor. 20.2.- Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de las cláusulas de carácter social, medioambiental y relativas a otras políticas públicas que le fueran exigibles legal o contractualmente. En caso de incumplimientos de estas cláusulas, el Director facultativo de la obra deberá informar al órgano de contratación sobre los posibles incumplimientos de dichas obligaciones y, en su caso, propondrá el inicio del procedimiento de imposición de penalidades o de resolución del contrato, de conformidad con el artículo 27.2 de la LCPSREx. 20.3.- RECEPCIÓN DE LAS OBRAS. Dentro del plazo que se determine en la apartado 16 del CRC o en su defecto, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización de la totalidad del objeto del contrato, se constatará por la Administración la terminación de la totalidad de las obras mediante un acto formal y positivo de recepción o conformidad, extendiéndose a tal efecto un Acta, donde se dejará expresa constancia de la correcta…
Sin localizar / sin leer (22)
- Fórmula de la oferta económica (dato clave) — No localizado en los pliegos leídos. Pista: Suele estar junto al criterio del precio en el PCAP o en su anexo de criterios.
- Parámetros de baja anormal (dato clave) — No localizado en los pliegos leídos. Pista: Suelen estar en la cláusula de ofertas anormalmente bajas del PCAP; si el pliego remite a la ley, rige el art. 85 RGLCAP.
- Seguros exigidos y sus límites (dato clave) — No localizado en los pliegos leídos. Pista: Suelen estar en la cláusula de solvencia económica o de obligaciones del contratista del PCAP.
- Presupuesto base de licitación (sin IVA) (dato clave) — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Plazo de ejecución (dato clave) — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Lugar de ejecución (dato clave) — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Garantía definitiva (dato clave) — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Penalidades (dato clave) — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Plazo para pedir aclaraciones (dato clave) — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Contenido de cada sobre (dato clave) — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Presupuesto base de licitación (con IVA) — La ficha oficial no lo publica.
- Vía para empresas de nueva creación — No localizado en los pliegos leídos.
- Prórrogas — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Plazo de garantía — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Revisión de precios — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Garantía provisional — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Régimen de pagos — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Costes a cargo del contratista — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Visita obligatoria — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Quién valora las ofertas — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Apertura de las ofertas — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
- Prescripciones cuantificadas — Sin leer: esta lectura del pliego no se ha hecho todavía.
Datos leídos automáticamente de los pliegos y de la ficha oficial. Ante cualquier discrepancia prevalece el documento oficial.
El veredicto sobre tu empresa
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